III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2023-14880)
Orden CIN/676/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco de la Línea de Fomento de Innovación desde la Demanda (Línea FID) para la Compra Pública de Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Viernes 23 de junio de 2023
Artículo 2.

Sec. III. Pág. 88799

Finalidad de las ayudas.

La finalidad de las ayudas objeto de esta Orden es el desarrollo de productos o
servicios innovadores adquiridos por parte de compradores públicos a través del
mecanismo de la Compra Pública de Innovación, con el fin de:
a) Mejorar los servicios públicos, en términos de eficacia o eficiencia.
b) Mejorar la innovación y la competitividad empresarial, atrayendo fondos para la I+D+i
empresarial mediante contratación.
c) Reforzar la comercialización de la innovación empleando al cliente público como
cliente lanzador o de referencia.
d) Estimular el emprendimiento y la innovación, particularmente de las PYME.

1. «Anticipo reembolsable FEDER»: La modalidad de ayuda de anticipo
reembolsable con el FEDER, o abreviadamente «anticipo FEDER», consiste en el
otorgamiento inicial, por el órgano concedente, de un préstamo al cero por ciento de
interés, que será amortizado de oficio con cargo a la ayuda proveniente del FEDER una
vez justificada la realización del proyecto objeto de ayuda, en los términos exigidos por la
normativa europea reguladora de dicho Fondo.
2. «Compra Pública de Innovación (CPI)»: Es una actuación administrativa de
fomento de la innovación, orientada a potenciar el desarrollo de soluciones innovadoras
desde el lado de la demanda, a través del instrumento de la contratación pública.
3. «Compra Pública Precomercial (CPP)»: La contratación pública de servicios de
investigación y desarrollo cuando el poder adjudicador o la entidad adjudicadora no se
reserve todos los resultados y beneficios del contrato exclusivamente para sí, sino que
los comparta con los prestadores en condiciones de mercado; el contrato debe ser de
duración limitada y puede incluir el desarrollo de prototipos o volúmenes limitados de los
primeros productos o servicios, en forma de series de prueba. La compra de cantidades
comerciales de productos o servicios no debe ser objeto del mismo contrato.
4. «Compra Pública de Tecnología Innovadora (CPTI)»: Es la compra de un bien o
servicio que, en el momento de la contratación se encuentra en una fase de desarrollo
muy cercano al mercado. Normalmente implica adaptación de los productos a las
necesidades del comprador.
5. «Consulta preliminar al mercado (CPM)»: Diálogo entre el poder adjudicador
interesado en desarrollar una actuación de CPI y el sector privado, que se desarrolla
durante la fase preparatoria del proyecto, con la finalidad de que el poder adjudicador
pueda obtener información sobre la capacidad del mercado y el estado del arte, y las
empresas puedan obtener información sobre los proyectos y los requisitos de las futuras
licitaciones.
6. «Contratos públicos»: los contratos onerosos celebrados por escrito entre uno o
varios operadores económicos y uno o varios poderes adjudicadores, cuyo objeto sea la
ejecución de obras, el suministro de productos o la prestación de servicios.
7. «Digitalización certificada»: Consiste en el paso de un documento de formato
papel a electrónico, pero realizándolo con los formatos digitales admitidos (ISO 19005
PDF/A, PNG, JPEG2000, Acrobat 5 PDF 1.4 o superior, TIFF 6.0 o superior) y el
software homologado por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).
Puede consultarse en http://digitalizacioncertificada.info/tag/nti/1. Y https://
www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-7866.
8. «Empresa en crisis»: con arreglo al punto 2.2 de las Directrices sobre ayudas
estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis
(2014/C 249/01) publicadas en el D.O.U.E. de 31 de julio de 2014, una empresa se
considerará en crisis si, de no mediar una intervención del Estado, su desaparición
económica a corto o medio plazo fuera casi segura.

cve: BOE-A-2023-14880
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3. Definiciones.