III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2023-14880)
Orden CIN/676/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco de la Línea de Fomento de Innovación desde la Demanda (Línea FID) para la Compra Pública de Innovación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Viernes 23 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 88798

dedicado a las comunicaciones y el capítulo sexto establece las reglas del procedimiento
de concesión.
Las ayudas contempladas en esta orden pueden ser cofinanciadas con Fondos
Estructurales y de Inversión Europeos (en adelante, FEIE), especialmente por el Fondo
Europeo de Desarrollo Regional (en adelante, FEDER).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en
adelante Ley 39/2015, de 1 de octubre), la presente orden se ajusta a los principios de
buena regulación. A este respecto, la norma se ajusta a los principios de necesidad y
eficiencia, existiendo fundadas razones de interés general para su aprobación, habida
cuenta de la importancia de las ayudas públicas estatales en el marco de la Línea de
Fomento de Innovación desde la Demanda («Línea FID») para la Compra Pública de
Innovación (CPI) y la contribución de esta al progreso económico y social. Se atiene,
igualmente, al principio de proporcionalidad, habiéndose utilizado de forma precisa el
instrumento jurídico previsto por el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
y con el contenido regulatorio exigido en el apartado 3 de dicho artículo. Se garantiza el
principio de seguridad jurídica, ya que la norma es coherente con el resto del
ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea, genera un marco normativo
estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilita su conocimiento y
comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de los gestores de
las ayudas y de los potenciales beneficiarios de las mismas. Se respeta el principio de
transparencia, toda vez que la norma será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» y en la sede electrónica correspondiente.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley General de Subvenciones,
esta orden ha sido objeto de los informes de la Abogacía del Estado en el departamento,
de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado,
así como de la Secretaría General Técnica del departamento.
En su virtud, dispongo:
TÍTULO I
Disposiciones comunes
CAPÍTULO I
Disposiciones generales

1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de la
concesión de las ayudas para la ejecución y apoyo de operaciones de Compra Pública
de Innovación (en adelante, CPI) que impulsen y promocionen actividades de I+D+i
lideradas por las empresas.
2. Asimismo, tiene por objeto establecer reglas de financiación a través de
préstamos y anticipos reembolsables, en su caso cofinanciados con cargo al FEDER, de
acuerdo con lo establecido en la Ley General de Subvenciones y los Reglamentos que
regulan la cofinanciación con el FEDER. De este modo los préstamos y anticipos
reembolsables que se otorguen al amparo de esta norma, se regirán por la presente
Orden, y en lo que no se establezca en la misma, se regirá por las prescripciones de la
Ley General de Subvenciones y por la normativa del Derecho de la Unión Europea que
resulte de aplicación.

cve: BOE-A-2023-14880
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Objeto.