III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-14779)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Huesca n.º 2, por la que se califica negativamente un acta de manifestaciones y pretendida subsanación de los defectos señalados en anteriores notas negativas relativas a una agrupación de fincas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88344
Por todo lo expuesto, acuerdo
Suspender la práctica de la inscripción solicitada, en tanto no se acrediten y aclaren
los datos expresados en las notas de calificación de referencia, defectos que considero
subsanables.
Contra la presente calificación (…)
Huesca, 9 de febrero de 2023. La registradora (firma ilegible) Fd.º Belén Madrazo
Meléndez.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don F. J. S. C., en nombre y representación y
como administrador único de la mercantil «Fimbas, S.A.», interpuso recurso el día 13 de
marzo de 2023 mediante escrito en los siguientes términos:
«Que, contra dicha decisión que considera no ajustada a derecho, dentro del plazo
hábil al efecto, interpone recurso potestativo gubernativo que encuentra apoyo en los
siguientes:
Hechos
Primero. Fimbas, S.A. es propietaria de 76 fincas rústicas en término del Panza no,
Ayuntamiento de Casbas de Huesca, que aparecen todas ellas registradas a su nombre
desde el 15 de febrero de 1977.
Durante el tiempo transcurrido desde la fecha de su inscripción a nombre de la aquí
recurrente, su derecho sobre las citadas fincas no ha sido discutido en ningún momento.
Segundo. Con la finalidad de unir en una sola finca la totalidad de las arriba
mencionadas, con fecha 24 de mayo de 2021 otorgó escritura de agrupación de las 76
fincas registrales, con inmediata segregación posterior y en el mismo documento público
de una única finca independiente que contiene el Bien de Interés Cultural (BIC)
declarado por el Gobierno de Aragón el día 2 de marzo de 2002, mediante Orden
publicada en el BOA del día 27 siguiente, e integrante del Arte rupestre del arco
mediterráneo de la península Ibérica (…)
Con fecha 28 de mayo de 2021, presentó a inscripción –bajo asiento 472 del
Tomo 30.º del Diario de Operaciones del Registro de la Propiedad y Mercantil N.º 2 de
Huesca– la referida escritura; inscripción que fue suspendida el 15 de junio de 2021 en
base a los defectos incluidos en la oportuna Nota. La comunicación de dicha suspensión
fue efectuada el día 23 siguiente, procediéndose a la retirada del documento con la
consiguiente prórroga del asiento (…)
Durante la vigencia del asiento, el 31 de agosto de 2021, se devolvió al Registro el
documento del asiento 472 antes citado en unión de escritura de aclaración y
complemento de 25 de agosto anterior, que fue asentada con el número 731 del
Tomo 30.º del Diario, aclaratoria y complementaria de la primeramente relacionada (…)
Tras la aportación al Registro de varias certificaciones catastrales; tras consultas
evacuadas por éste tanto con la Gerencia del Catastro como con la Confederación
Hidrográfica del Ebro y después de tramitarse por la Gerencia del Catastro expediente
de subsanación de discrepancias instado con respecto a una de las fincas objeto de
agrupación –seguido con número 06962703.971 22–, que fue finalmente desestimado,
se emitió por el Registro Nota de calificación de 26 de abril de 2022 en la que acordó
“suspender la inscripción de la agrupación solicitada y en consecuencia la posterior
segregación mientras no quede determinada con claridad cuáles sean las
representaciones gráficas catastrales que deban ser incorporadas y que sobre ellas no
exista oposición alguna” (sic) (…)
Tercero. La razón de esta nueva suspensión, no fue otra que la respuesta dada por
la Confederación Hidrográfica del Ebro –en fecha 14 de marzo de 2022– a la consulta
del Registro que se ha señalado en el numeral precedente que, tras hacer una referencia
genérica a los posibles cauces de dominio público que recorren la finca, reconociendo
cve: BOE-A-2023-14779
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88344
Por todo lo expuesto, acuerdo
Suspender la práctica de la inscripción solicitada, en tanto no se acrediten y aclaren
los datos expresados en las notas de calificación de referencia, defectos que considero
subsanables.
Contra la presente calificación (…)
Huesca, 9 de febrero de 2023. La registradora (firma ilegible) Fd.º Belén Madrazo
Meléndez.»
III
Contra la anterior nota de calificación, don F. J. S. C., en nombre y representación y
como administrador único de la mercantil «Fimbas, S.A.», interpuso recurso el día 13 de
marzo de 2023 mediante escrito en los siguientes términos:
«Que, contra dicha decisión que considera no ajustada a derecho, dentro del plazo
hábil al efecto, interpone recurso potestativo gubernativo que encuentra apoyo en los
siguientes:
Hechos
Primero. Fimbas, S.A. es propietaria de 76 fincas rústicas en término del Panza no,
Ayuntamiento de Casbas de Huesca, que aparecen todas ellas registradas a su nombre
desde el 15 de febrero de 1977.
Durante el tiempo transcurrido desde la fecha de su inscripción a nombre de la aquí
recurrente, su derecho sobre las citadas fincas no ha sido discutido en ningún momento.
Segundo. Con la finalidad de unir en una sola finca la totalidad de las arriba
mencionadas, con fecha 24 de mayo de 2021 otorgó escritura de agrupación de las 76
fincas registrales, con inmediata segregación posterior y en el mismo documento público
de una única finca independiente que contiene el Bien de Interés Cultural (BIC)
declarado por el Gobierno de Aragón el día 2 de marzo de 2002, mediante Orden
publicada en el BOA del día 27 siguiente, e integrante del Arte rupestre del arco
mediterráneo de la península Ibérica (…)
Con fecha 28 de mayo de 2021, presentó a inscripción –bajo asiento 472 del
Tomo 30.º del Diario de Operaciones del Registro de la Propiedad y Mercantil N.º 2 de
Huesca– la referida escritura; inscripción que fue suspendida el 15 de junio de 2021 en
base a los defectos incluidos en la oportuna Nota. La comunicación de dicha suspensión
fue efectuada el día 23 siguiente, procediéndose a la retirada del documento con la
consiguiente prórroga del asiento (…)
Durante la vigencia del asiento, el 31 de agosto de 2021, se devolvió al Registro el
documento del asiento 472 antes citado en unión de escritura de aclaración y
complemento de 25 de agosto anterior, que fue asentada con el número 731 del
Tomo 30.º del Diario, aclaratoria y complementaria de la primeramente relacionada (…)
Tras la aportación al Registro de varias certificaciones catastrales; tras consultas
evacuadas por éste tanto con la Gerencia del Catastro como con la Confederación
Hidrográfica del Ebro y después de tramitarse por la Gerencia del Catastro expediente
de subsanación de discrepancias instado con respecto a una de las fincas objeto de
agrupación –seguido con número 06962703.971 22–, que fue finalmente desestimado,
se emitió por el Registro Nota de calificación de 26 de abril de 2022 en la que acordó
“suspender la inscripción de la agrupación solicitada y en consecuencia la posterior
segregación mientras no quede determinada con claridad cuáles sean las
representaciones gráficas catastrales que deban ser incorporadas y que sobre ellas no
exista oposición alguna” (sic) (…)
Tercero. La razón de esta nueva suspensión, no fue otra que la respuesta dada por
la Confederación Hidrográfica del Ebro –en fecha 14 de marzo de 2022– a la consulta
del Registro que se ha señalado en el numeral precedente que, tras hacer una referencia
genérica a los posibles cauces de dominio público que recorren la finca, reconociendo
cve: BOE-A-2023-14779
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148