III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-14822)
Resolución de 12 de junio de 2023, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universidad del País Vasco, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Jueves 22 de junio de 2023
Decimotercera.

Sec. III. Pág. 88568

Normativa sobre protección de datos.

Las partes de común acuerdo establecen y se comprometen, en cuanto a los datos
de carácter personal facilitados para la firma del presente documento o para la relación
que surge del mismo, que la única finalidad de dichos datos será la de gestionar la
relación surgida y la de facilitar el desarrollo del objeto del presente Convenio, no
pudiéndose emplear los mismos para finalidad distinta de aquella para la que fueron
proporcionados. El incumplimiento de lo estipulado en este apartado, dará lugar a la
responsabilidad correspondiente de la parte incumplidora, sin perjuicio de la sanción a la
que su actuación pudiese dar lugar.
La legitimación del tratamiento de los datos es la ejecución del presente Convenio y
los datos proporcionados se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con
las exigencias legales. No se cederán datos a terceros, salvo para la ejecución de este
Convenio u obligación legal, y las partes tienen derecho a presentar reclamación ante la
Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es). Para el ejercicio de los
derechos de acceso, rectificación o supresión, limitación de su tratamiento, portabilidad
y/u oposición podrán dirigirse a los responsables del tratamiento descritos en el
encabezamiento del presente Convenio (Delegado de Protección de Datos del CENIEH:
protecciondedatos@cenieh.es; Delegado de Protección de Datos de la UPV/EHU:
dpd@ehu.eus).
La UPV/EHU expresamente manifiesta y garantiza que ha obtenido el
correspondiente consentimiento inequívoco de cada uno de los titulares de los datos de
carácter personal, para poder comunicar sus datos para llevar a cabo la tramitación de
las prácticas individuales y para el correcto desarrollo del contenido de la formación
práctica que se concretará en los mismos y, en su caso, para realizar la correspondiente
evaluación. De igual forma, el CENIEH manifiesta y garantiza que los datos de carácter
personal que le sean cedidos, sólo serán usados para los fines antes descritos.
Cuando la ejecución de este convenio implique el acceso por parte de la persona en
prácticas a información confidencial y datos de carácter personal de los que sea
responsable el CENIEH, aquél deberá seguir las políticas de protección de datos,
instrucciones y medidas de seguridad del centro que le será entregada cuando se
incorpore, además de guardar secreto respecto al resto de la información que puedan
conocer como consecuencia de la realización de las mismas.
Decimocuarta.

Titularidad de los resultados.

Las partes se comprometen a cumplir la legislación vigente en materia de propiedad
intelectual y titularidad de los resultados que se puedan conseguir en ejecución de las
actividades objeto de este convenio.
Decimoquinta.

Confidencialidad.

El estudiante en prácticas asumirá la obligación de guardar el secreto profesional
sobre cualquier información interna del CENIEH a la que tenga acceso durante su
estancia y una vez finalizada ésta. El CENIEH podrá solicitar la firma de un acuerdo de
confidencialidad al estudiante en prácticas.
Vigencia y régimen de Modificación del Convenio.

El convenio surtirá efectos según lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público una vez inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
al que se refiere la disposición adicional séptima de la citada ley, y publicado en el
«Boletín Oficial del Estado».
El convenio entrará en vigor tras la inscripción y publicación mencionadas en el
párrafo anterior y su duración será de cuatro años, prorrogable por acuerdo unánime de
los firmantes, por un período adicional de hasta cuatro años más mediante una adenda

cve: BOE-A-2023-14822
Verificable en https://www.boe.es

Decimosexta.