III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-14822)
Resolución de 12 de junio de 2023, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Universidad del País Vasco, para el desarrollo de un programa de cooperación educativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88566
Séptima. Compromisos del CENIEH.
El CENIEH designará un Tutor o Tutora Profesional que desarrolle las funciones de
guía, supervisor/a y asesor/a del estudiante mientras realice las prácticas en dicha
UPV/EHU, responsabilizándose de la formación de cada alumno y de la valoración de su
estancia. Además facilitará al Tutor Académico de la UPV/EHU el informe de
aprovechamiento de las prácticas a su finalización sobre la actividad realizada.
El CENIEH deberá facilitar a los alumnos los medios e instalaciones oportunas para
poder desarrollar el plan de trabajo de las prácticas.
Adicionalmente el CENIEH deberá hacer observar las medidas de seguridad e
higiene establecidas en sus instalaciones e informar y hacer cumplir y respetar al
alumnado dichas medidas.
Octava. Derechos y deberes de los estudiantes.
Los estudiantes en formación/prácticas deberán:
a) Cumplir las normas de régimen interno del CENIEH y seguir las instrucciones
que reciban de sus responsables.
b) Adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden, inherentes a su
línea de formación.
c) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
d) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
o actuaciones o información interna que pudiera tener conocimiento por razón de las
prácticas durante su estancia e inclusive una vez finalizadas éstas.
e) En el caso de que esté previsto, entregar la memoria final al tutor académico en
el plazo previsto, a fin de poder superar las prácticas externas curriculares y la
correspondiente mención favorable en las prácticas extracurriculares.
El alumnado tiene derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener un certificado final emitido por el CENIEH de las actividades realizadas,
del nivel de aprovechamiento alcanzado, duración y lugar del periodo de prácticas.
Anexos para determinar cada práctica.
Para la incorporación de cualquier alumno a este Convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas (CENIEH, alumno y la UPV/EHU),
materializado con la firma del correspondiente anexo de formalización de la práctica, que
se incorporará a este Convenio, y en el que se refleje las condiciones específicas de la
práctica a seguir por el alumno.
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el programa formativo (objetivos y
actividades), el tipo de práctica, el número de créditos fijados en el plan de estudio (si se
trata de prácticas curriculares), el proyecto formativo (objetivos y actividades) las fechas
de comienzo y finalización, el lugar, los tutores, el horario, y en su caso otras condiciones
específicas de dicha formación práctica. En dicho documento se detallarán los derechos
y deberes de los estudiantes y de los tutores. En dicho documento se recogerá asimismo
la aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este Convenio y
se detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente Convenio, el CENIEH comunicará por escrito a la UPV/EHU
cualquier incidencia o modificación en las fechas de inicio o cese, horario u otras
circunstancias que se produzca en cada práctica que se realice en relación con lo
acordado en su anexo correspondiente.
cve: BOE-A-2023-14822
Verificable en https://www.boe.es
Novena.
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88566
Séptima. Compromisos del CENIEH.
El CENIEH designará un Tutor o Tutora Profesional que desarrolle las funciones de
guía, supervisor/a y asesor/a del estudiante mientras realice las prácticas en dicha
UPV/EHU, responsabilizándose de la formación de cada alumno y de la valoración de su
estancia. Además facilitará al Tutor Académico de la UPV/EHU el informe de
aprovechamiento de las prácticas a su finalización sobre la actividad realizada.
El CENIEH deberá facilitar a los alumnos los medios e instalaciones oportunas para
poder desarrollar el plan de trabajo de las prácticas.
Adicionalmente el CENIEH deberá hacer observar las medidas de seguridad e
higiene establecidas en sus instalaciones e informar y hacer cumplir y respetar al
alumnado dichas medidas.
Octava. Derechos y deberes de los estudiantes.
Los estudiantes en formación/prácticas deberán:
a) Cumplir las normas de régimen interno del CENIEH y seguir las instrucciones
que reciban de sus responsables.
b) Adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden, inherentes a su
línea de formación.
c) Cumplir las normas de prevención de riesgos laborales.
d) Mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos
o actuaciones o información interna que pudiera tener conocimiento por razón de las
prácticas durante su estancia e inclusive una vez finalizadas éstas.
e) En el caso de que esté previsto, entregar la memoria final al tutor académico en
el plazo previsto, a fin de poder superar las prácticas externas curriculares y la
correspondiente mención favorable en las prácticas extracurriculares.
El alumnado tiene derecho a:
a) Desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario estipulado.
b) Obtener un certificado final emitido por el CENIEH de las actividades realizadas,
del nivel de aprovechamiento alcanzado, duración y lugar del periodo de prácticas.
Anexos para determinar cada práctica.
Para la incorporación de cualquier alumno a este Convenio es necesario el previo y
común acuerdo de las tres partes implicadas (CENIEH, alumno y la UPV/EHU),
materializado con la firma del correspondiente anexo de formalización de la práctica, que
se incorporará a este Convenio, y en el que se refleje las condiciones específicas de la
práctica a seguir por el alumno.
En cada anexo se detallará el nombre del alumno, el programa formativo (objetivos y
actividades), el tipo de práctica, el número de créditos fijados en el plan de estudio (si se
trata de prácticas curriculares), el proyecto formativo (objetivos y actividades) las fechas
de comienzo y finalización, el lugar, los tutores, el horario, y en su caso otras condiciones
específicas de dicha formación práctica. En dicho documento se detallarán los derechos
y deberes de los estudiantes y de los tutores. En dicho documento se recogerá asimismo
la aceptación por parte del alumno de las condiciones establecidas en este Convenio y
se detallarán los derechos y deberes de los estudiantes y de los tutores.
Con la finalidad de mantener actualizado en todo momento el registro de alumnos
participantes en el presente Convenio, el CENIEH comunicará por escrito a la UPV/EHU
cualquier incidencia o modificación en las fechas de inicio o cese, horario u otras
circunstancias que se produzca en cada práctica que se realice en relación con lo
acordado en su anexo correspondiente.
cve: BOE-A-2023-14822
Verificable en https://www.boe.es
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