I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Residuos. (BOE-A-2023-14735)
Orden TED/646/2023, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87978
– La empresa .......................................... ha realizado las adaptaciones, mejoras o
actuaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la orden, y presenta junto a
esta solicitud la documentación necesaria que así lo demuestra. (si procede por
modificaciones realizadas en las instalaciones).
Y por todo ello Solicita a (Consejería................/Departamento....................).
1) Que consten como informados por esta empresa, a modo de declaración
responsable, de cumplir con lo dispuesto en la orden ministerial para que el material
obtenido en sus instalaciones deje de ser considerado como residuo, a todos los efectos
legales, y
2) Que procedan a la revisión y actualización de la autorización actual de gestor de
residuos, conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular, y de manera específica conforme a su anexo II donde se
establecen los códigos de las operaciones de valorización de residuos.
Lugar, fecha, firma
ANEXO III
Declaración de conformidad con los criterios para determinar cuándo los residuos
termoplásticos tratados dejan de ser residuos
Declaración de conformidad para el material plástico reciclado destinado a fabricar otros
productos
Productor/Importador del material
Nombre:
Dirección:
1 Persona de contacto:
Teléfono:
Correo electrónico:
N.º de registro en el Registro de Producción y Gestión de Residuos:
Tipo de material plástico reciclado (señalar):
– PEAD (polietileno de alta densidad)
– PEBD (polietileno de baja densidad)
– PET [poli (tereftalato de etileno)]
– PP (polipropileno)
2
– PS (poliestireno)
– PVC [poli (cloruro de vinilo)]
– EPS (poliestireno expandido)
– Otros (especificar):
Contenido en componentes no plásticos (%):
3 Número de lote y cantidad (toneladas):
Este envío cumple los criterios mencionados en el artículo 3 de la orden ministerial por la que
se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a
4 tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser
residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular.
Respecto de este envío, la trazabilidad desde el origen queda garantizada desde el punto de
generación del residuo, y esto se puede demostrar y documentar, conforme al artículo 8 de la
orden ministerial por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos
5
termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de
productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular.
cve: BOE-A-2023-14735
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87978
– La empresa .......................................... ha realizado las adaptaciones, mejoras o
actuaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la orden, y presenta junto a
esta solicitud la documentación necesaria que así lo demuestra. (si procede por
modificaciones realizadas en las instalaciones).
Y por todo ello Solicita a (Consejería................/Departamento....................).
1) Que consten como informados por esta empresa, a modo de declaración
responsable, de cumplir con lo dispuesto en la orden ministerial para que el material
obtenido en sus instalaciones deje de ser considerado como residuo, a todos los efectos
legales, y
2) Que procedan a la revisión y actualización de la autorización actual de gestor de
residuos, conforme a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular, y de manera específica conforme a su anexo II donde se
establecen los códigos de las operaciones de valorización de residuos.
Lugar, fecha, firma
ANEXO III
Declaración de conformidad con los criterios para determinar cuándo los residuos
termoplásticos tratados dejan de ser residuos
Declaración de conformidad para el material plástico reciclado destinado a fabricar otros
productos
Productor/Importador del material
Nombre:
Dirección:
1 Persona de contacto:
Teléfono:
Correo electrónico:
N.º de registro en el Registro de Producción y Gestión de Residuos:
Tipo de material plástico reciclado (señalar):
– PEAD (polietileno de alta densidad)
– PEBD (polietileno de baja densidad)
– PET [poli (tereftalato de etileno)]
– PP (polipropileno)
2
– PS (poliestireno)
– PVC [poli (cloruro de vinilo)]
– EPS (poliestireno expandido)
– Otros (especificar):
Contenido en componentes no plásticos (%):
3 Número de lote y cantidad (toneladas):
Este envío cumple los criterios mencionados en el artículo 3 de la orden ministerial por la que
se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a
4 tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser
residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para
una economía circular.
Respecto de este envío, la trazabilidad desde el origen queda garantizada desde el punto de
generación del residuo, y esto se puede demostrar y documentar, conforme al artículo 8 de la
orden ministerial por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos
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termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de
productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de
residuos y suelos contaminados para una economía circular.
cve: BOE-A-2023-14735
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148