I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2023-14734)
Orden HFP/645/2023, de 20 de junio, por la que se aprueba el modelo 381 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas por las fuerzas armadas de los Estados miembros de la Unión Europea afectadas a un esfuerzo en el ámbito de la política común de seguridad y defensa (art. 5.2 del reglamento aprobado por el Real Decreto 443/2023, de 13 de junio)" y se determinan la forma y procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden EHA/1729/2009, de 25 de junio, por la que se aprueba el modelo de Certificado de exención del Impuesto sobre el Valor Añadido y de los Impuestos Especiales en las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en el marco de las relaciones diplomáticas y consulares y en las destinadas a organizaciones internacionales o a las fuerzas armadas de Estados miembros que formen parte del Tratado del Atlántico Norte, distintos de España, y se aprueba el sobre de envío de autoliquidaciones del IVA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87949
Por su parte, mediante la modificación introducida en la Ley 38/1992, de 28 de
diciembre, se establece una exención en virtud de la cual los productos objeto de
Impuestos Especiales estarán exentos del pago de dichos impuestos cuando estén
destinados a ser usados por las fuerzas armadas de cualquier Estado miembro distinto
del Estado miembro en que se devengue el Impuesto Especial, para uso de dichas
fuerzas o del personal civil a su servicio, o para el abastecimiento de sus comedores o
cantinas, siempre que dichas fuerzas estén afectadas a un esfuerzo de defensa
realizado para llevar a cabo una actividad de la Unión en el ámbito de la política común
de seguridad y defensa.
Las exenciones anteriores han sido objeto de desarrollo por el Reglamento por el que
se desarrollan las exenciones fiscales relativas a las Fuerzas Armadas de los Estados
miembros de la Unión Europea afectadas a un esfuerzo de defensa en el ámbito de la
política común de seguridad y defensa y se establece el procedimiento para su
aplicación, aprobado por Real Decreto 443/2023, de 13 de junio.
En relación con las exenciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido en las
operaciones interiores e intracomunitarias, el artículo 5 del citado reglamento establece
dos procedimientos para la aplicación de estas exenciones: un procedimiento de
exención directa previa obtención del correspondiente certificado y un procedimiento de
devolución o de reembolso que requiere de la previa solicitud del beneficiario. Este
último es el desarrollado por la presente orden, conforme refleja la cita del artículo 5.2
incluida en la denominación del modelo que se aprueba.
Por otra parte, la Directiva (UE) 2021/1159 del Consejo de 13 de julio de 2021, cuya
trasposición se llevó a cabo por el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre,
modificó la Directiva 2006/112/CE introduciendo exenciones temporales relativas a las
importaciones y a determinados suministros, en respuesta a la pandemia de COVID-19.
Las circunstancias descritas hacen necesario aprobar un nuevo modelo de solicitud
de devolución y actualizar el certificado de exención del Impuesto sobre el Valor Añadido
y de los Impuestos Especiales en las entregas de bienes y prestaciones de servicios
realizadas en el marco de las relaciones diplomáticas y consulares y en las destinadas a
organizaciones internacionales o a las fuerzas armadas de Estados miembros que
formen parte del Tratado del Atlántico Norte, distintos de España, ampliando su ámbito
de aplicación.
Por lo que se refiere al nuevo certificado, es fiel reflejo del que figura en el anexo II
del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011 del Consejo, de 15 de marzo de 2011,
por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CEE
relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido tras la reciente
modificación introducida por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/432 del Consejo
de 15 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º
282/2011 en lo que respecta al certificado de exención del IVA y/o los impuestos
especiales.
Esta orden consta de cinco artículos, una disposición transitoria única, tres
disposiciones finales y dos anexos.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se
ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Esta orden cumple los principios de necesidad y eficacia jurídica por ser la norma
requerida para materializar la aplicación efectiva de estas exenciones mediante la
aprobación del modelo correspondiente de solicitud.
Se cumple también el principio de proporcionalidad al contener la regulación
necesaria para conseguir los objetivos que justifican su aprobación.
Respecto al principio de seguridad jurídica, se ha garantizado la coherencia del texto
con el resto del ordenamiento jurídico nacional y comunitario, generando un marco
normativo estable.
cve: BOE-A-2023-14734
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87949
Por su parte, mediante la modificación introducida en la Ley 38/1992, de 28 de
diciembre, se establece una exención en virtud de la cual los productos objeto de
Impuestos Especiales estarán exentos del pago de dichos impuestos cuando estén
destinados a ser usados por las fuerzas armadas de cualquier Estado miembro distinto
del Estado miembro en que se devengue el Impuesto Especial, para uso de dichas
fuerzas o del personal civil a su servicio, o para el abastecimiento de sus comedores o
cantinas, siempre que dichas fuerzas estén afectadas a un esfuerzo de defensa
realizado para llevar a cabo una actividad de la Unión en el ámbito de la política común
de seguridad y defensa.
Las exenciones anteriores han sido objeto de desarrollo por el Reglamento por el que
se desarrollan las exenciones fiscales relativas a las Fuerzas Armadas de los Estados
miembros de la Unión Europea afectadas a un esfuerzo de defensa en el ámbito de la
política común de seguridad y defensa y se establece el procedimiento para su
aplicación, aprobado por Real Decreto 443/2023, de 13 de junio.
En relación con las exenciones en el Impuesto sobre el Valor Añadido en las
operaciones interiores e intracomunitarias, el artículo 5 del citado reglamento establece
dos procedimientos para la aplicación de estas exenciones: un procedimiento de
exención directa previa obtención del correspondiente certificado y un procedimiento de
devolución o de reembolso que requiere de la previa solicitud del beneficiario. Este
último es el desarrollado por la presente orden, conforme refleja la cita del artículo 5.2
incluida en la denominación del modelo que se aprueba.
Por otra parte, la Directiva (UE) 2021/1159 del Consejo de 13 de julio de 2021, cuya
trasposición se llevó a cabo por el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre,
modificó la Directiva 2006/112/CE introduciendo exenciones temporales relativas a las
importaciones y a determinados suministros, en respuesta a la pandemia de COVID-19.
Las circunstancias descritas hacen necesario aprobar un nuevo modelo de solicitud
de devolución y actualizar el certificado de exención del Impuesto sobre el Valor Añadido
y de los Impuestos Especiales en las entregas de bienes y prestaciones de servicios
realizadas en el marco de las relaciones diplomáticas y consulares y en las destinadas a
organizaciones internacionales o a las fuerzas armadas de Estados miembros que
formen parte del Tratado del Atlántico Norte, distintos de España, ampliando su ámbito
de aplicación.
Por lo que se refiere al nuevo certificado, es fiel reflejo del que figura en el anexo II
del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011 del Consejo, de 15 de marzo de 2011,
por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CEE
relativa al sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido tras la reciente
modificación introducida por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/432 del Consejo
de 15 de marzo de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º
282/2011 en lo que respecta al certificado de exención del IVA y/o los impuestos
especiales.
Esta orden consta de cinco artículos, una disposición transitoria única, tres
disposiciones finales y dos anexos.
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la elaboración de esta orden se
ha efectuado de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Esta orden cumple los principios de necesidad y eficacia jurídica por ser la norma
requerida para materializar la aplicación efectiva de estas exenciones mediante la
aprobación del modelo correspondiente de solicitud.
Se cumple también el principio de proporcionalidad al contener la regulación
necesaria para conseguir los objetivos que justifican su aprobación.
Respecto al principio de seguridad jurídica, se ha garantizado la coherencia del texto
con el resto del ordenamiento jurídico nacional y comunitario, generando un marco
normativo estable.
cve: BOE-A-2023-14734
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 148