III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-14730)
Resolución de 9 de junio de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Aragón, para la formación de especialistas en Medicina Preventiva y Salud Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87666
tareas que habitualmente desempeñan en el dispositivo de la Unidad en el que presten
servicios.
− Los responsables de los distintos dispositivos facilitarán las tareas del jefe de
estudios, tutores, colaboradores y demás figuras docentes, que tendrán acceso a todos
los dispositivos de la Unidad.
− Los responsables de los distintos dispositivos de la Unidad se comprometen a
respetar la jornada laboral de los residentes con los límites que para la misma se
establecen en la disposición transitoria primera de la Ley 55/2003, por la que se aprueba
el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en el artículo 5 del
Real Decreto 1146/2006, por el que se regula la relación laboral especial de residencia
para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.
Compromisos del Instituto de Salud Carlos III:
a) Reservar las plazas necesarias, para los residentes de la Unidad Docente de
Medicina Preventiva y Salud Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, a fin de que
puedan realizar el Curso Superior de Salud Pública, de la Escuela Nacional de Sanidad,
como primera etapa de la especialización. Ello supondrá costear el importe de la
matrícula por cada plaza disponible, siendo dicho gasto de naturaleza ordinaria, durante
el primer año de residencia.
b) Establecer las fechas y el modo de realizar las actividades señaladas en el
presente convenio, ajustándose a los requerimientos del programa vigente para la
especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.
c) La gestión docente y administrativa del Curso Superior de Salud Pública, sin que
ello suponga ningún gasto adicional al ISCIII.
Compromisos del Departamento con competencia en materia de sanidad de Aragón:
a) Ejercer, como responsable de la formación especializada que conduce a la
obtención del título oficial de especialista, la Autoridad máxima de la Unidad, asumiendo
funciones de supervisión y control general de la misma, en coordinación con la Escuela o
Centro formativo, con la Administración General del Estado y con los demás órganos e
instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón que tengan competencias relativas a
la salud pública.
b) Notificar formalmente al ISCIII, y con plazo suficiente, el número de plazas
convocadas en Aragón cada año para la especialidad de Medicina Preventiva y Salud
Pública, así como el número final de plazas ocupadas.
c) Hacer cumplir el plan formativo de cada residente de Medicina Preventiva y
Salud Pública durante las rotaciones que se realicen, garantizando los niveles de calidad
de las mismas, facilitando la labor de todas las figuras docentes, y llevando a cabo las
evaluaciones de los residentes y de las estructuras formativas.
d) Constituir la Comisión Asesora de la Unidad y determinar su sede. A estos
efectos, se seguirán las pautas que establece la Orden SCO/581/2008.
e) Designar al Jefe de estudios de la Unidad Docente de Medicina Preventiva y
Salud Pública. El Jefe de estudios de la Unidad Docente es el responsable de la
dirección, planificación y organización de la Unidad Docente realizando asimismo
funciones de evaluación/control, docencia e investigación y de dirección y coordinación
de las actividades docentes de los tutores. Deberá ser especialista en Medicina
Preventiva y Salud Pública.
f) Impartir la formación de los residentes durante los meses en que, según el
programa oficial de la especialidad, rotan por las Unidades competentes del
Departamento de Sanidad.
Compromisos del Servicio Aragonés de Salud:
a) Suscribir el contrato de los especialistas en formación con arreglo a lo
especificado en el Real Decreto 1146/2006, por el que se regula la relación laboral
cve: BOE-A-2023-14730
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87666
tareas que habitualmente desempeñan en el dispositivo de la Unidad en el que presten
servicios.
− Los responsables de los distintos dispositivos facilitarán las tareas del jefe de
estudios, tutores, colaboradores y demás figuras docentes, que tendrán acceso a todos
los dispositivos de la Unidad.
− Los responsables de los distintos dispositivos de la Unidad se comprometen a
respetar la jornada laboral de los residentes con los límites que para la misma se
establecen en la disposición transitoria primera de la Ley 55/2003, por la que se aprueba
el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y en el artículo 5 del
Real Decreto 1146/2006, por el que se regula la relación laboral especial de residencia
para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud.
Compromisos del Instituto de Salud Carlos III:
a) Reservar las plazas necesarias, para los residentes de la Unidad Docente de
Medicina Preventiva y Salud Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, a fin de que
puedan realizar el Curso Superior de Salud Pública, de la Escuela Nacional de Sanidad,
como primera etapa de la especialización. Ello supondrá costear el importe de la
matrícula por cada plaza disponible, siendo dicho gasto de naturaleza ordinaria, durante
el primer año de residencia.
b) Establecer las fechas y el modo de realizar las actividades señaladas en el
presente convenio, ajustándose a los requerimientos del programa vigente para la
especialidad de Medicina Preventiva y Salud Pública.
c) La gestión docente y administrativa del Curso Superior de Salud Pública, sin que
ello suponga ningún gasto adicional al ISCIII.
Compromisos del Departamento con competencia en materia de sanidad de Aragón:
a) Ejercer, como responsable de la formación especializada que conduce a la
obtención del título oficial de especialista, la Autoridad máxima de la Unidad, asumiendo
funciones de supervisión y control general de la misma, en coordinación con la Escuela o
Centro formativo, con la Administración General del Estado y con los demás órganos e
instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón que tengan competencias relativas a
la salud pública.
b) Notificar formalmente al ISCIII, y con plazo suficiente, el número de plazas
convocadas en Aragón cada año para la especialidad de Medicina Preventiva y Salud
Pública, así como el número final de plazas ocupadas.
c) Hacer cumplir el plan formativo de cada residente de Medicina Preventiva y
Salud Pública durante las rotaciones que se realicen, garantizando los niveles de calidad
de las mismas, facilitando la labor de todas las figuras docentes, y llevando a cabo las
evaluaciones de los residentes y de las estructuras formativas.
d) Constituir la Comisión Asesora de la Unidad y determinar su sede. A estos
efectos, se seguirán las pautas que establece la Orden SCO/581/2008.
e) Designar al Jefe de estudios de la Unidad Docente de Medicina Preventiva y
Salud Pública. El Jefe de estudios de la Unidad Docente es el responsable de la
dirección, planificación y organización de la Unidad Docente realizando asimismo
funciones de evaluación/control, docencia e investigación y de dirección y coordinación
de las actividades docentes de los tutores. Deberá ser especialista en Medicina
Preventiva y Salud Pública.
f) Impartir la formación de los residentes durante los meses en que, según el
programa oficial de la especialidad, rotan por las Unidades competentes del
Departamento de Sanidad.
Compromisos del Servicio Aragonés de Salud:
a) Suscribir el contrato de los especialistas en formación con arreglo a lo
especificado en el Real Decreto 1146/2006, por el que se regula la relación laboral
cve: BOE-A-2023-14730
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147