III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14726)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "Ersa", con una potencia de 49,46 MWp/44,2 MWn, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Huesca».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87588
(5) Se deberán considerar los posibles impactos sobre las aguas subterráneas,
para ellos se estudiará la localización de acuíferos, las zonas de recarga y surgencia, la
calidad de las aguas e inventario de vertidos y la evolución estacional de los niveles
freáticos y determinación de los flujos subterráneos.
(6) Se deberá remitir a la Confederación Hidrográfica del Ebro los planos
correspondientes a la ejecución del cruce de la línea de evacuación bajo el barranco
innominado descrito en el informe de dicha Confederación de fecha 30 de junio de 2022.
(7) Las actuaciones en cauces precisas para el mantenimiento de la línea eléctrica
deberán respetar el trazado, fisonomía y estructura del cauce, sin realizar obra alguna y
retirando los residuos generados.
(8) Se deberá garantizar en todo momento el drenaje superficial de las aguas hacia
los cauces, manteniendo los márgenes limpios.
(9) Durante los movimientos de tierras, se deberán establecer las medidas
necesarias para la retención de sólidos previa a la evacuación de las aguas de
escorrentía superficial, así como otras posibles medidas para reducir al mínimo el riesgo
de contaminación de las aguas superficiales.
(10) Para la limpieza y mantenimiento de los paneles solamente se utilizará agua,
sin otros productos químicos. El suministro de agua necesario para las plantas no se
podrá obtener por extracción de aguas subterráneas.
(11) Respecto de los posibles residuos líquidos peligrosos que se generen con
motivo de la actuación, se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la
contaminación del agua, estableciendo áreas específicas acondicionadas, delimitadas e
impermeables para llevar a cabo las actividades que puedan causar más riesgo, como
puede ser el cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados. Las aguas
procedentes de la escorrentía de estas zonas impermeabilizadas deberán ser recogidas
y gestionadas adecuadamente para evitar la contaminación del dominio público
hidráulico.
(1) Previo a la realización de las obras, se realizará una prospección botánica de la
zona de estudio, verificando que no existe ninguna especie incluida en el Catálogo de
Especies Amenazadas de Aragón. En caso de existencia de alguna especie en la zona,
se delimitará y acordonará convenientemente el área para evitar afecciones sobre ella, y
se comunicará al órgano competente para que establezca las medidas que considere
oportunas.
(2) Previo al inicio de las obras se realizará un jalonamiento alrededor de las zonas
con presencia de hábitats de interés comunitario, prestando especial atención al trazado
de la línea de evacuación. Asimismo, el replanteo de dicho trazado se ajustará para
minimizar los impactos producidos sobre los hábitats de interés comunitarios, evitando
en la medida de lo posible la afección a pies arbóreos de Quercus sp. y arborecentes de
Juniperus sp.
(3) La vegetación arbórea existente en la zona de instalación del proyecto, tanto en
el borde como en el interior de las parcelas, debe respetarse.
(4) No se podrán utilizar como zonas de acopio, ni transitar maquinaria de ningún
tipo, ni instalaciones o superficies auxiliares sobre las áreas ocupadas por los HIC o
cualquier zona encharcada o de elevada humedad edáfica.
(5) Teniendo en cuenta las medidas preventivas, correctoras y complementarias
indicadas por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental:
– En la gestión de la vegetación en el interior de la planta fotovoltaica se debería
mantener una cobertura vegetal completa y adecuada para favorecer la creación de un
biotopo lo más parecido posible al hábitat del entorno, de forma que pueda albergar
comunidades florísticas y faunísticas propias de los terrenos existentes en la zona. De
esta manera, se evitaría el decapado del suelo, y la corta o destrucción de especies de
cve: BOE-A-2023-14726
Verificable en https://www.boe.es
Vegetación, flora e HICs:
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87588
(5) Se deberán considerar los posibles impactos sobre las aguas subterráneas,
para ellos se estudiará la localización de acuíferos, las zonas de recarga y surgencia, la
calidad de las aguas e inventario de vertidos y la evolución estacional de los niveles
freáticos y determinación de los flujos subterráneos.
(6) Se deberá remitir a la Confederación Hidrográfica del Ebro los planos
correspondientes a la ejecución del cruce de la línea de evacuación bajo el barranco
innominado descrito en el informe de dicha Confederación de fecha 30 de junio de 2022.
(7) Las actuaciones en cauces precisas para el mantenimiento de la línea eléctrica
deberán respetar el trazado, fisonomía y estructura del cauce, sin realizar obra alguna y
retirando los residuos generados.
(8) Se deberá garantizar en todo momento el drenaje superficial de las aguas hacia
los cauces, manteniendo los márgenes limpios.
(9) Durante los movimientos de tierras, se deberán establecer las medidas
necesarias para la retención de sólidos previa a la evacuación de las aguas de
escorrentía superficial, así como otras posibles medidas para reducir al mínimo el riesgo
de contaminación de las aguas superficiales.
(10) Para la limpieza y mantenimiento de los paneles solamente se utilizará agua,
sin otros productos químicos. El suministro de agua necesario para las plantas no se
podrá obtener por extracción de aguas subterráneas.
(11) Respecto de los posibles residuos líquidos peligrosos que se generen con
motivo de la actuación, se adoptarán las medidas adecuadas para evitar la
contaminación del agua, estableciendo áreas específicas acondicionadas, delimitadas e
impermeables para llevar a cabo las actividades que puedan causar más riesgo, como
puede ser el cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados. Las aguas
procedentes de la escorrentía de estas zonas impermeabilizadas deberán ser recogidas
y gestionadas adecuadamente para evitar la contaminación del dominio público
hidráulico.
(1) Previo a la realización de las obras, se realizará una prospección botánica de la
zona de estudio, verificando que no existe ninguna especie incluida en el Catálogo de
Especies Amenazadas de Aragón. En caso de existencia de alguna especie en la zona,
se delimitará y acordonará convenientemente el área para evitar afecciones sobre ella, y
se comunicará al órgano competente para que establezca las medidas que considere
oportunas.
(2) Previo al inicio de las obras se realizará un jalonamiento alrededor de las zonas
con presencia de hábitats de interés comunitario, prestando especial atención al trazado
de la línea de evacuación. Asimismo, el replanteo de dicho trazado se ajustará para
minimizar los impactos producidos sobre los hábitats de interés comunitarios, evitando
en la medida de lo posible la afección a pies arbóreos de Quercus sp. y arborecentes de
Juniperus sp.
(3) La vegetación arbórea existente en la zona de instalación del proyecto, tanto en
el borde como en el interior de las parcelas, debe respetarse.
(4) No se podrán utilizar como zonas de acopio, ni transitar maquinaria de ningún
tipo, ni instalaciones o superficies auxiliares sobre las áreas ocupadas por los HIC o
cualquier zona encharcada o de elevada humedad edáfica.
(5) Teniendo en cuenta las medidas preventivas, correctoras y complementarias
indicadas por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental:
– En la gestión de la vegetación en el interior de la planta fotovoltaica se debería
mantener una cobertura vegetal completa y adecuada para favorecer la creación de un
biotopo lo más parecido posible al hábitat del entorno, de forma que pueda albergar
comunidades florísticas y faunísticas propias de los terrenos existentes en la zona. De
esta manera, se evitaría el decapado del suelo, y la corta o destrucción de especies de
cve: BOE-A-2023-14726
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