III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14669)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques solares fotovoltaicos "El Árbol y La Espiga", de 50 MWp/42,6 MWn cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Toledo y Madrid».
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87188

durante la totalidad de la vida útil de la instalación proyectada. Al final de la vida útil de la
SE, se restaurará la superficie ocupada para recuperar sus condiciones iniciales.
Dado que se trata de una actuación superficial la modificación de los materiales
geológicos subyacentes es muy poco significativa en opinión del promotor. En relación
con la geomorfología y topografía, durante la fase de obras se modifica la geomorfología
original de los terrenos adaptándola a las necesidades de cada uno de los elementos
que componen la instalación, si bien dadas las características del área de implantación,
no considera las modificaciones reseñables.
Por otra parte, el promotor indica que no se produce ninguna afección a elementos
de interés geológico, inexistentes en la zona de actuación. Durante la ejecución de las
obras, además de la ocupación de superficies descrita, el EsIA señala que existe el
riesgo potencial de derrame de sustancias con la consecuente contaminación del suelo.
Asimismo, también el EsIA señala que el desbroce y la retirada del horizonte superficial
del suelo para la ocupación de las superficies necesarias en las distintas fases de la obra
conllevan el riesgo de aparición de procesos erosivos, en este caso de poca relevancia
por la escasez de pendientes del área de actuación. Además, se ha considerado en el
EsIA que utilización de maquinaria provoca la compactación del suelo, alterando sus
propiedades, además de su pérdida efectiva por erosión o por su disgregación y su
transformación en polvo en suspensión. Por ello, como fase final de la obra, se realizará
una restitución y restauración de los terrenos que por el tráfico rodado hayan podido ser
alterados, así como de los terrenos que hayan sido ocupados de forma temporal. Todas
estas medidas irán encaminadas a la recuperación de la estructura original del suelo.
En fase de explotación, con la operativa normal de las PSFV, el EsIA no considera
impactos sobre la geología, ni sobre la topografía del terreno. El uso de maquinaria,
fundamentalmente vehículos, que actúen fuera de los viales y zonas adecuadas para
ellos podrían generar ligeros fenómenos de compactación del suelo, según el promotor;
si bien, al tratarse de maquinaria no pesada, estos impactos pueden considerarse
despreciables. Por otra parte, también se ha tenido en cuenta el riesgo de derrame de
sustancias que será, en cualquier caso, menor que en fase de ejecución. No obstante,
para minimizar este impacto, las operaciones de mantenimiento de maquinaria se
realizarán preferentemente en talleres externos, y no en el interior de la PSFV.
Cabe reseñar que la reducción de superficies prevista que ha sido expuesta en
apartados anteriores de esta resolución (de unas 240 ha), redundará en la disminución
del impacto sobre este elemento del medio.
Por su parte, los organismos competentes en medio ambiente de la Junta de
Comunidades de Castilla–La Mancha y la Comunidad de Madrid realizan en sus
informes observaciones relativas a la preservación del medio edáfico generalmente
relacionadas con buenas prácticas en obra. Estas consideraciones se han tenido en
cuenta en el condicionado de esta resolución. Así, para la protección del suelo, se han
incluido en la misma las condiciones 30 y 31.
Atmósfera y cambio climático.

Según el EsIA, entre los impactos negativos que pueden aparecer durante la fase de
obra para la atmósfera, destaca la alteración de la composición y de la calidad del aire
producido por movimiento de tierra y excavaciones principalmente, así como por el
aumento de ruido ocasionados por las operaciones y el aumento de tránsito de
vehículos.
Para minimizar estos impactos el EsIA propone buenas prácticas en obra, como son
evitar el apilamiento de materiales finos en zonas desprotegidas de viento, riegos en
acopios y caminos, evitar realizar movimientos de tierra en días de fuerte viento,
cubrimiento con lonas de los camiones que transporten mercancías y limitación de la
velocidad máxima en los caminos de acceso, entre otras. En relación a la emisión de
gases, se asegura en el EsIA la realización de revisiones periódicas de la maquinaria y
mantener su documentación en regla.

cve: BOE-A-2023-14669
Verificable en https://www.boe.es

b.6)