III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14667)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Instalaciones fotovoltaicas Barcina Garoña Vega I de 69 MWp/57,53 MWn, y Barcina Garoña Vega II, de 69 MWp y 57 MWn, y su infraestructura de evacuación en la provincia de Burgos".
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87131

El estudio de avifauna declara que se avistaron un total de 5.312 individuos en los
alrededores de la PSFV Vega I y 5.095 individuos en la PSFV Vega II. De estos, las
especies más vistas son la corneja negra, estornino negro, gorrión común y milano real,
sin embargo, en cuanto a relevancia, destacan el buitre leonado y el águila real, también
se cita el alimoche común (Neophron percnopterus) por localizarse en hábitat potencial
pero no se ha detectado la especie in situ. Por otra parte, en cuanto a especies
nocturnas destaca la lechuza común y mochuelo común.
El Estudio de Avifauna y Quirópteros considera que las especies más afectadas por
el desarrollo del proyecto son el busardo ratonero (Buteo buteo), el cernícalo vulgar
(Falco tinnunculus) y el milano real. El promotor en este estudio considera que, con la
aplicación de medidas preventivas y correctoras y un buen seguimiento del Plan de
Vigilancia Ambiental, la avifauna y quirópteros de la zona no se verán afectados.
Por otro lado, cabe destacar la presencia de dos especies de quirópteros avistados
en ambas plantas solares:
– Murciélago grande de herradura Rhinolophus ferrumequinum, vulnerable según el
CEEA.
– Murcielago pequeño de herradura Rhinolophus hipposideros de interés especial
según el CEEA.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos informa que, según el mapa de
sensibilidad ambiental de la Junta de Castilla y León, las plantas se sitúan en área de
sensibilidad alta en lo que respecta a aves planeadoras y baja para aves esteparias. En
cuanto a la fauna, destacan especies que nidifican en los Montes Obarenes como el
águila real, buitre leonado, y alimoche (Vulnerable); aunque también aparecen aves de
espacios abiertos como aguilucho pálido, aguilucho cenizo (Circus pygargus), y milano
real (en peligro de extinción) invernante. Específicamente, se conocen nidos de alimoche
en el lugar de paso de la línea de evacuación de Vega II.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos considera que la PSFV Vega II
tiene alternativas superiores a la elegida, por su ubicación en zonas con mejores
características para tal fin; éstas son zonas de suelo agrícola pero fuera de elevaciones
de paramera (zonas con más diversidad faunística). Razona también que el promotor no
ha evaluado correctamente el impacto paisajístico y ambiental para la fauna y propone el
soterramiento de las líneas de evacuación de ambas plantas solares como forma de
aminorar los impactos. Igualmente hace especial mención al nido de alimoche ubicado
en la Peña de los Altos del Portillo, indicando al promotor que deberá evitar afecciones
mediante retranqueo de vallado. Informa de otras medidas que deberán respetarse para
minimizar y compensar la afección a la fauna que se incorporan en el apartado de
condicionado de esta resolución.
El promotor indica que se ha tenido en cuenta el documento «Criterios Técnicos para
la Tramitación de la Instalación de Líneas Eléctricas de Alta Tensión para Evacuación de
Instalaciones de Producción de Energía Renovable» y que durante la ejecución de las
obras se tendrá en cuenta las observaciones in situ, incorporándolas en el proceso de
construcción. En su contestación al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos
indica que el soterramiento no es viable a nivel técnico debido al coste económico y la
dificultad de obtener permiso sobre los terrenos de la Central Nuclear, en el caso de
Vega I, y debido a las condiciones del terreno (gran pendiente y rocosidad), que
afectarían a la vegetación natural e HICs, en el caso de Vega II. El promotor acepta las
demás indicaciones y medidas propuestas en su informe.
Los impactos directos sobre la fauna son de forma simplificada: Alteración y/o
pérdida de hábitat, molestias y desplazamientos, mortalidad por atropello y mortalidad
por colisión y/o electrocución.
El promotor entre sus medidas a desarrollar plantea: hacer una inspección de
especies nidificantes, hacer un muestreo de la zona, minimizar desbroces y ocupación,
limitar la velocidad de vehículos, pavimentación de cunetas y taludes y el control y
vigilancia de las obras.

cve: BOE-A-2023-14667
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 146