III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2023-14654)
Orden TMA/640/2023, de 6 de junio, por la que se aprueba la valoración de los terrenos y lámina de agua de la zona de servicio del puerto de Castellón y de los terrenos afectados a ayudas a la navegación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87023

Área II: aguas exteriores.
Se mantiene la configuración de zona II propuesta en la DEUP vigente del Puerto de
Castellón, aprobada mediante Orden TMA/1178/2021, de 8 de octubre, con una
superficie de 4.902,71 Ha.
Por tanto, se considera un área limitada en profundidad por una línea paralela a la
costa, a 6.350 metros y dos líneas rectas paralelas al cantil del muelle de Serrano
Lloberes, trazadas por los puntos de intersección con la costa de los límites del término
municipal de Castellón de la Plana, al norte con el de Benicásim, en la desembocadura
de la acequia de los Cubos y al sur, con el de Almazora, en la desembocadura de la
acequia de Michera. En definitiva, la zona II queda delimitada por cuatro puntos con las
siguientes coordenadas geográficas, cuyo sistema de referencia es el UTM, con
referencia al huso 31:





A – X: 247502,89; Y: 4433645,29
B – X: 252595,28; Y: 4430561,11
A – X: 249297,17; Y: 4422459,53
A – X: 243865,51; Y: 4425748,35
Terrenos afectados a ayudas a la navegación

En cuanto a la división de las áreas funcionales, los terrenos asociados a cada faro se
consideran un área independiente, valorando de manera individualizada cada una de ellas.
Faro de Nules.
Son los terrenos de dominio público asociados al faro de Nules, en el término
municipal de Nules y que se corresponden únicamente con la planta de la torre y las
escaleras de acceso.
La superficie total es de 39,49 m².
Faro de Oropesa.
Se corresponde con la superficie definida como dominio público asociado al faro de
Oropesa, en el término municipal de Oropesa del Mar. La superficie afectada a ayudas a
la navegación es de 2.352,25 m² y está formada no solo por la planta del faro, sino
también por el resto de su parcela, en la que se incluye una pequeña construcción en la
zona oeste. Sus límites coinciden con los del cierre perimetral.
Faro de Irta.
Se corresponde con los terrenos adscritos al dominio público correspondientes con el
faro de Irta, en el término municipal de Alcalá de Chivert, incluyendo no solo la torre del
faro sino también el terreno de alrededor, coincidiendo sus límites con el cierre perimetral
existente.
La superficie total es de 408,47 m².

La superficie adscrita al dominio público se corresponde con los terrenos
ocupados por el faro de Peñíscola en el término municipal de Peñíscola. Se incluye
no solo el edificio del faro, sino también los dos patios situados al este y al sureste
del mismo, así como las escaleras situadas al sur de la torre del faro, con una
superficie total de 648,4 m².
Faro de Columbretes.
Se corresponde con los terrenos de dominio público asociados al Faro de
Columbretes, situado en la isla de Columbrete Grande. La superficie total adscrita a

cve: BOE-A-2023-14654
Verificable en https://www.boe.es

Faro de Peñíscola.