III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2023-14664)
Orden TED/641/2023, de 14 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para las convocatorias del Programa de incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Martes 20 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87074
Finalmente, se encuentra acreditado el principio de eficiencia porque la iniciativa
normativa no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en
su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Asimismo, se ajusta a lo establecido en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre, con la finalidad de acometer un proceso de modernización de la
Administración pública que le proporcione las herramientas necesarias para acometer la
ejecución del Plan y la mejor gestión de fondos, impulsando la colaboración públicoprivada entre las Administraciones públicas y el sector privado.
Por ello, en la tramitación de esta Orden de Bases se han aplicado las previsiones de
los artículos 47, 60 y 61 del Real Decreto Ley 36/2020 de 30 de diciembre, habiéndose
solicitado los informes de Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada a los que
hace referencia el artículo 17.1, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Del mismo modo, resulta conforme a los estándares exigidos por la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de
septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y
contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia y la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del
riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Esta Orden de Bases se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª
y 25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica así
como del régimen minero y energético.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto y finalidad.
1. El objeto de esta Orden de Bases es establecer las bases reguladoras para la
concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de producción
de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a
partir de combustibles fósiles, a través de un Programa de Incentivos que así mismo se
aprueba, de conformidad con lo dispuesto en esta Orden de Bases, todo ello en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), dentro de su
Componente 7, Despliegue e integración de energías renovables, Inversión 1, Desarrollo
de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos
productivos.
2. Las ayudas reguladas en esta Orden de Bases tendrán como finalidad contribuir
al cumplimiento del objetivo CID 117, de la inversión 1 de la componente 7, de instalar al
menos 3.800 MW de generación renovable para el primer semestre de 2026 según el
«Anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación
de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España», de fecha 16 de
junio de 2021. Promoviendo la realización de proyectos de este tipo se contribuye a la
«descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la consecución de
los objetivos fijados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC)
2021-2030, y la Estrategia Energética a Largo Plazo 2050.
cve: BOE-A-2023-14664
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.
Núm. 146
Martes 20 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87074
Finalmente, se encuentra acreditado el principio de eficiencia porque la iniciativa
normativa no impone cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionaliza, en
su aplicación, la gestión de los recursos públicos.
Asimismo, se ajusta a lo establecido en el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre, con la finalidad de acometer un proceso de modernización de la
Administración pública que le proporcione las herramientas necesarias para acometer la
ejecución del Plan y la mejor gestión de fondos, impulsando la colaboración públicoprivada entre las Administraciones públicas y el sector privado.
Por ello, en la tramitación de esta Orden de Bases se han aplicado las previsiones de
los artículos 47, 60 y 61 del Real Decreto Ley 36/2020 de 30 de diciembre, habiéndose
solicitado los informes de Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada a los que
hace referencia el artículo 17.1, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
Del mismo modo, resulta conforme a los estándares exigidos por la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de
septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a
proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el
seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y
contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia y la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del
riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Esta Orden de Bases se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª
y 25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva
sobre bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica así
como del régimen minero y energético.
En su virtud, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Objeto y finalidad.
1. El objeto de esta Orden de Bases es establecer las bases reguladoras para la
concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de producción
de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a
partir de combustibles fósiles, a través de un Programa de Incentivos que así mismo se
aprueba, de conformidad con lo dispuesto en esta Orden de Bases, todo ello en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), dentro de su
Componente 7, Despliegue e integración de energías renovables, Inversión 1, Desarrollo
de energías renovables innovadoras, integradas en la edificación y en los procesos
productivos.
2. Las ayudas reguladas en esta Orden de Bases tendrán como finalidad contribuir
al cumplimiento del objetivo CID 117, de la inversión 1 de la componente 7, de instalar al
menos 3.800 MW de generación renovable para el primer semestre de 2026 según el
«Anexo de la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación
de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España», de fecha 16 de
junio de 2021. Promoviendo la realización de proyectos de este tipo se contribuye a la
«descarbonización» de distintos sectores de la economía, así como a la consecución de
los objetivos fijados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC)
2021-2030, y la Estrategia Energética a Largo Plazo 2050.
cve: BOE-A-2023-14664
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1.