III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2023-14674)
Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a los programas "Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos" y "Ayudas a Ecosistemas de Innovación" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y por la que se modifica la Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87229

la financiación de los fondos Next Generation EU, entre ellos el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
Las ayudas reguladas en la presente orden se enmarcan en el componente 17 del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, denominado «Reforma institucional
y fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación», que pretende reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de
Innovación (SECTI) para adecuarlo a los estándares internacionales y permitir el
desarrollo de sus capacidades y recursos. Se propone utilizar los recursos públicos para
realizar cambios rápidos que adapten y mejoren la eficacia, la coordinación y
colaboración y transferencia entre los agentes del SECTI y la atracción del sector
privado, con gran impacto en el corto plazo sobre la recuperación económica y social del
país. El compromiso claro del país de incrementar y acelerar la inversión en I+D+i de
forma sostenible a largo plazo, hasta alcanzar la media europea en 2027, requerirá
cambios estructurales, estratégicos y de digitalización en el sistema para ser eficiente.
En este componente se marca una orientación estratégica y coordinada que permitirá la
inversión en áreas prioritarias de I+D+i y el incremento del volumen de ayudas públicas a
la innovación empresarial, en particular a las PYMEs.
Concretamente, las ayudas de la presente orden se incardinan en la inversión 5
«Transferencia de conocimiento» del componente 17 «Reforma institucional y
fortalecimiento de las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e
Innovación», concretamente, las Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos para la
realización de I+D en tecnologías prioritarias y Ayudas a Ecosistemas de Innovación
basados en las Redes de Excelencia Cervera, que se incluyen en la Decisión del
Consejo (CID), como parte de las seis acciones específicas previstas para mejorar la
transferencia del conocimiento en esta inversión.
Asimismo, las actuación Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos para la realización
de I+D en tecnologías prioritarias forma parte y contribuyen a los objetivos establecidos
en el PERTE de Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento
aprobado por el Consejo de Ministros el 14 de diciembre de 2021 así como en el PERTE
Agroalimentario aprobado por el Consejo de Ministros el 8 de febrero de 2022, mientras
que la actuación Ecosistemas de Innovación basados en las Redes de Excelencia
Cervera contribuye a las actuaciones definidas en el PERTE Aeroespacial aprobado por
el Consejo de Ministros el 22 de marzo de 2022.
Estas actuaciones no tienen asociadas una etiqueta verde ni digital en los términos
previstos por los anexos VI y VII del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia.
La implementación de las actuaciones estará terminada, a más tardar, el 30 de junio
de 2026.
Por otro lado, en cumplimiento con lo dispuesto en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241, de 12 de febrero
de 2021, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión
(2021/C 58/01), en la Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un
perjuicio significativo», así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del
Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia
de España (CID), todas las actuaciones que se deriven de la presente orden deben
respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio
DNSH, por sus siglas en inglés Do No Significant Harm). Ello incluye el cumplimiento de
las condiciones específicas previstas en el Componente 17, Inversión I5 recogidas en los
apartados 3 y 8 del documento del Componente del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.

cve: BOE-A-2023-14674
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Núm. 146