III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2023-14674)
Orden CIN/644/2023, de 16 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a los programas "Ayudas Cervera a Centros Tecnológicos" y "Ayudas a Ecosistemas de Innovación" del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia; y por la que se modifica la Orden CIN/373/2022, de 26 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas, por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., a proyectos de I+D y nuevos proyectos empresariales del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87245

6. En lo no previsto expresamente en estas bases reguladoras o en la convocatoria,
el funcionamiento de la comisión de evaluación se regirá por lo establecido en la
sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Artículo 21.

Criterios de evaluación de solicitudes.

Los criterios de valoración y su ponderación para los distintos tipos de actuaciones
que se convoquen al amparo de la presente orden son los siguientes, con las
concreciones que se determinen en las convocatorias:
1.

Programas Estratégicos de I+D+i de ayudas Cervera a Centros Tecnológicos.
PROGRAMA ESTRATÉGICO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

Criterio

Explicación

Puntuación

Umbral

0-40

28

0-20

14

0-20

14

0-20

14

100

70

Objetivos estratégicos de investigación y desarrollo y viabilidad del programa estratégico.
1

Se valorará, en relación con la tecnología Cervera seleccionada, la excelencia de los centros en la tecnología
Cervera, el fortalecimiento previsto en las capacidades de investigación y desarrollo tras el proyecto, el impacto
en la colaboración con empresas y el impacto socioeconómico del plan comparando la situación actual con la
futura tras la colaboración, así como la adecuación de los medios materiales y económicos y la gobernanza y la
planificación temporal de la estrategia.
Actividades de formación e incorporación de recursos humanos.

2

Se valorará, en relación con la tecnología Cervera seleccionada, el incremento con datos cualitativos y
cuantitativos fácilmente certificable y la calidad de las actuaciones de formación predoctoral, posdoctoral y de
personal técnico, la atracción de talento nacional e internacional, así como las actuaciones encaminadas a
fomentar la igualdad de género y la integración de personas con discapacidad comparando la situación actual
con la futura tras la finalización del proyecto.
Internacionalización.

3

Se valorará, en relación con la tecnología Cervera seleccionada, el incremento o mejora con datos cualitativos y
cuantitativos fácilmente certificable de la movilización de empresas en proyectos internacionales, la
participación en el Programa Marco de I+D+i o en el Espacio Europeo de Investigación, la participación en
redes y colaboraciones internacionales con centros de investigación y universidades, así como en sociedades y
foros internacionales. Comparar la situación actual con la futura.
Explotación y difusión de resultados.
Se valorará, en relación con la tecnología Cervera seleccionada, la transferencia de tecnología, la generación
de patentes y otras formas de protección de la propiedad industrial e intelectual a y dinamización de la inversión
empresarial, la generación de spin-off y la difusión de actividades de la agrupación. Comparar la situación actual
con la futura tras la finalización del proyecto con datos cualitativos y cuantitativos fácilmente certificables.
Total.

Una solicitud solo podrá ser propuesta para financiación si cumple las siguientes
condiciones:
Puntuación total superior a 70 puntos en la valoración del programa estratégico de
investigación y desarrollo, siempre que haya superado los umbrales establecidos en los
criterios de evaluación establecidos en la tabla anterior.

cve: BOE-A-2023-14674
Verificable en https://www.boe.es

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