III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-14598)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Consejería, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural a favor del "Conjunto de Hornos de Magacela" en el término municipal de Magacela (Badajoz), con la categoría de lugar de interés etnológico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Lunes 19 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86813
convenientemente protegidas mediante las máximas figuras legales que ofrece la
legislación patrimonial vigente en nuestra región.
Por otra parte el artículo 8.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, determina que es
necesaria una descripción clara y precisa del bien o bienes que permita su identificación,
con sus pertenencias y accesorios así como la delimitación del entorno necesario para la
adecuada protección del bien cuando se trate de inmuebles. La zona afectada estará
constituida por el espacio, construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya
alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo.
En definitiva, se trata de llevar a cabo la incoación de expediente de declaración de
Bien de Interés Cultural, que se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada
Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
La competencia para dictar Resolución corresponde a la Consejera de Cultura,
Turismo y Deportes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Vista la propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural,
de 3 de marzo de 2023, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de
patrimonio cultural, histórico-arqueológico, monumental, artístico y científico de interés
para la región, recogidas en el artículo 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, así como
de las facultades conferidas en el Decreto 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se
modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma, y demás preceptos de general aplicación, se
formula la siguiente resolución:
Primero.
Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor del
«Conjunto de Hornos de Magacela» en el término municipal de Magacela (Badajoz), con
la categoría de lugar de interés etnológico, de acuerdo con lo descrito en los anexos,
para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.
Segundo.
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero.
Remitir la presente resolución al «Diario Oficial de Extremadura» para su publicación
y acordar la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.
Cuarto.
Notificar la presente resolución a las personas interesadas, al Ayuntamiento de
Magacela (Badajoz) y al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura
y Deporte, para que conste en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique,
al «Boletín Oficial del Estado».
Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de
información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural (avenida Valhondo, s/n. Módulo 4, planta 2.ª, 06800
Mérida, Badajoz).
Mérida, 16 de marzo de 2023.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria
Flores Redondo.
cve: BOE-A-2023-14598
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 145
Lunes 19 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86813
convenientemente protegidas mediante las máximas figuras legales que ofrece la
legislación patrimonial vigente en nuestra región.
Por otra parte el artículo 8.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, determina que es
necesaria una descripción clara y precisa del bien o bienes que permita su identificación,
con sus pertenencias y accesorios así como la delimitación del entorno necesario para la
adecuada protección del bien cuando se trate de inmuebles. La zona afectada estará
constituida por el espacio, construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya
alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo.
En definitiva, se trata de llevar a cabo la incoación de expediente de declaración de
Bien de Interés Cultural, que se regula en los artículos 7 y siguientes de la mencionada
Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
La competencia para dictar Resolución corresponde a la Consejera de Cultura,
Turismo y Deportes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Vista la propuesta del Director General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural,
de 3 de marzo de 2023, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de
patrimonio cultural, histórico-arqueológico, monumental, artístico y científico de interés
para la región, recogidas en el artículo 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, así como
de las facultades conferidas en el Decreto 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se
modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la
Administración de la Comunidad Autónoma, y demás preceptos de general aplicación, se
formula la siguiente resolución:
Primero.
Incoar expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural a favor del
«Conjunto de Hornos de Magacela» en el término municipal de Magacela (Badajoz), con
la categoría de lugar de interés etnológico, de acuerdo con lo descrito en los anexos,
para el reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño.
Segundo.
Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con la legislación en vigor.
Tercero.
Remitir la presente resolución al «Diario Oficial de Extremadura» para su publicación
y acordar la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.
Cuarto.
Notificar la presente resolución a las personas interesadas, al Ayuntamiento de
Magacela (Badajoz) y al Registro de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura
y Deporte, para que conste en su inscripción provisional y remitirla, para que se publique,
al «Boletín Oficial del Estado».
Este expediente se podrá consultar por cualquier persona durante el periodo de
información pública en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas,
Archivos y Patrimonio Cultural (avenida Valhondo, s/n. Módulo 4, planta 2.ª, 06800
Mérida, Badajoz).
Mérida, 16 de marzo de 2023.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria
Flores Redondo.
cve: BOE-A-2023-14598
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.