III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-14596)
Decreto 42/2023, de 27 de abril, por el que se declara bien de interés cultural la Casa Cornide situada en la ciudad de A Coruña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86783
En esta privilegiada y cualificada localización urbana y después de una inversión
extraordinaria se levantó la actual casa-palacio de perfil curvilíneo en planta, único y
excepcional entre las viviendas de A Coruña, con un claro afán de notoriedad que servirá
para resaltar el rango señorial de sus propietarios, reforzado por el escudo de armas de
la familia que remata la fachada principal.
La Casa Cornide es un edificio tardobarroco de inspiración francesa, sin apenas
precedentes en Galicia, que por su calidad de diseño y constructiva y su singularidad
constituye un ejemplo único que refleja además de sus valores arquitectónicos otros
relacionados con la historia de la ciudad y los hechos de las personas que la habitaron.
El edificio está construido con sus tres fachadas abiertas a otras tantas calles
importantes (Veeduría, Damas y Porta de Aires) y configura el fondo del atrio y la portada
de la Colegiata de Santa María. Su composición y formalización recoge este carácter
envolvente resuelto en sus encuentros con las calles sin formas angulosas, con cierres
curvos que no tenían precedentes en la arquitectura tradicional gallega y son el resultado
de un proyecto arquitectónico de influencias cultas y cosmopolitas en el que confluyen
los estilos artísticos característicos de el siglo XVIII, procedentes de los trabajos en
Galicia desarrolladas por los ingenieros militares, responsables de los destacables
ejemplos construidos de la Ilustración en Galicia y que incorporaron, por razón del
encargo y uso del edificio, elementos decorativos y formales propios de la ornamentación
rococó.
III
La Casa Cornide posee un valor cultural destacado en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Galicia, por lo que según el artículo 8.2 de la LPCG resulta pertinente
proceder a su declaración como bien de interés cultural, con categoría de monumento
El artículo 87 de la LPCG establece que integran el patrimonio arquitectónico los
inmuebles y los conjuntos de estos, y las obras de arquitectura y de la ingeniería
histórica a las que se les reconozca un papel relevante en la construcción del territorio y
en su caracterización cultural y sean testimonio de una época o de los cambios en la
forma de entenderla.
Asimismo, indica que el patrimonio arquitectónico aparece integrado de forma
armónica en el territorio, formando parte de las ciudades, de los centros urbanos y
rurales tradicionales y de sus entornos naturales o construidos, así como en los espacios
territoriales que contribuyó a transformar y caracterizar.
En el artículo 88 de la LPCG se indica que se presume que concurre un significativo
valor arquitectónico, entre otros, en los edificios destinados a uso privado, de carácter
urbano, construidos con anterioridad a 1803, que configuran el carácter arquitectónico, la
fisonomía y el ambiente de los centros históricos de las ciudades.
El artículo 83 de la LPCG indica que los escudos elaborados antes de 1901 tienen la
consideración de bienes de interés cultural.
La casa de los Cornide, símbolo del poder señorial, reúne valores históricos y
arquitectónicos y sobresale por su singularidad al fusionar cierto carácter militar definido
por la robustez de su aspecto pétreo, sus elementos barrocos propios del hacer
autóctono y su carácter cosmopolita propio de la arquitectura de la primera ilustración.
Sus formas afrancesadas y próximas a la estética rococó, no tienen paralelo con
ninguna otra construcción barroca de su tipo en la escena urbana gallega, caracterizada
por el empleo de estilos más vernáculos que se limitaban a manifestar su carácter
nobiliario con la presencia de un escudo armero en su fachada principal, por el volumen
ingente de su fábrica o por la simple ordenación de sus vanos que muchas veces
convirtieron a los grandes balcones de vuelo en una exhibición de poder. Son muy pocos
los edificios gallegos que pueden identificarse con un estilo de raigambre rococó de una
manera tan evidente con la presencia de ricas barandillas de hierro forjado muy
decoradas «a lo francés», de repisas curvilíneas en sus balcones, del ritmo curvo en los
vanos y de las formas asimétricas y de rocalla, que adornan el escudo señorial que
cve: BOE-A-2023-14596
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 145
Lunes 19 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 86783
En esta privilegiada y cualificada localización urbana y después de una inversión
extraordinaria se levantó la actual casa-palacio de perfil curvilíneo en planta, único y
excepcional entre las viviendas de A Coruña, con un claro afán de notoriedad que servirá
para resaltar el rango señorial de sus propietarios, reforzado por el escudo de armas de
la familia que remata la fachada principal.
La Casa Cornide es un edificio tardobarroco de inspiración francesa, sin apenas
precedentes en Galicia, que por su calidad de diseño y constructiva y su singularidad
constituye un ejemplo único que refleja además de sus valores arquitectónicos otros
relacionados con la historia de la ciudad y los hechos de las personas que la habitaron.
El edificio está construido con sus tres fachadas abiertas a otras tantas calles
importantes (Veeduría, Damas y Porta de Aires) y configura el fondo del atrio y la portada
de la Colegiata de Santa María. Su composición y formalización recoge este carácter
envolvente resuelto en sus encuentros con las calles sin formas angulosas, con cierres
curvos que no tenían precedentes en la arquitectura tradicional gallega y son el resultado
de un proyecto arquitectónico de influencias cultas y cosmopolitas en el que confluyen
los estilos artísticos característicos de el siglo XVIII, procedentes de los trabajos en
Galicia desarrolladas por los ingenieros militares, responsables de los destacables
ejemplos construidos de la Ilustración en Galicia y que incorporaron, por razón del
encargo y uso del edificio, elementos decorativos y formales propios de la ornamentación
rococó.
III
La Casa Cornide posee un valor cultural destacado en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Galicia, por lo que según el artículo 8.2 de la LPCG resulta pertinente
proceder a su declaración como bien de interés cultural, con categoría de monumento
El artículo 87 de la LPCG establece que integran el patrimonio arquitectónico los
inmuebles y los conjuntos de estos, y las obras de arquitectura y de la ingeniería
histórica a las que se les reconozca un papel relevante en la construcción del territorio y
en su caracterización cultural y sean testimonio de una época o de los cambios en la
forma de entenderla.
Asimismo, indica que el patrimonio arquitectónico aparece integrado de forma
armónica en el territorio, formando parte de las ciudades, de los centros urbanos y
rurales tradicionales y de sus entornos naturales o construidos, así como en los espacios
territoriales que contribuyó a transformar y caracterizar.
En el artículo 88 de la LPCG se indica que se presume que concurre un significativo
valor arquitectónico, entre otros, en los edificios destinados a uso privado, de carácter
urbano, construidos con anterioridad a 1803, que configuran el carácter arquitectónico, la
fisonomía y el ambiente de los centros históricos de las ciudades.
El artículo 83 de la LPCG indica que los escudos elaborados antes de 1901 tienen la
consideración de bienes de interés cultural.
La casa de los Cornide, símbolo del poder señorial, reúne valores históricos y
arquitectónicos y sobresale por su singularidad al fusionar cierto carácter militar definido
por la robustez de su aspecto pétreo, sus elementos barrocos propios del hacer
autóctono y su carácter cosmopolita propio de la arquitectura de la primera ilustración.
Sus formas afrancesadas y próximas a la estética rococó, no tienen paralelo con
ninguna otra construcción barroca de su tipo en la escena urbana gallega, caracterizada
por el empleo de estilos más vernáculos que se limitaban a manifestar su carácter
nobiliario con la presencia de un escudo armero en su fachada principal, por el volumen
ingente de su fábrica o por la simple ordenación de sus vanos que muchas veces
convirtieron a los grandes balcones de vuelo en una exhibición de poder. Son muy pocos
los edificios gallegos que pueden identificarse con un estilo de raigambre rococó de una
manera tan evidente con la presencia de ricas barandillas de hierro forjado muy
decoradas «a lo francés», de repisas curvilíneas en sus balcones, del ritmo curvo en los
vanos y de las formas asimétricas y de rocalla, que adornan el escudo señorial que
cve: BOE-A-2023-14596
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Núm. 145