III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Convenios. (BOE-A-2023-14464)
Resolución de 14 de junio de 2023, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con la Fundación Real Instituto Elcano de Estudios Internacionales y Estratégicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Sábado 17 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 86373

(b) El acceso a los fondos de la biblioteca del Banco de España por parte de los
investigadores del Real Instituto Elcano.
(c) La organización conjunta de seminarios, conferencias y reuniones científicas.
(d) La cesión de espacios para eventos que promuevan, de forma individual o
conjunta, el Banco de España y el Real Instituto Elcano.
(e) La promoción y difusión por parte de ambas instituciones de la investigación e
iniciativas de la otra.
(f) Las actividades que se consideren instrumentales y accesorias de las anteriores.
Tercera.

Reconocimiento de la condición de patrono.

De conformidad con el acuerdo adoptado por su Patronato en sesión de fecha 15 de
diciembre de 2022, el Real Instituto Elcano se compromete a:
(a) con sujeción a la aceptación del nombramiento del Banco de España en
cualquiera de las formas legalmente previstas, realizar las actuaciones que resulten
procedentes a fin de asegurar la efectividad del nombramiento del Banco de España
como miembro de su Patronato y de su Comisión Ejecutiva;
(b) difundir y hacer constar la colaboración prestada por el Banco de España en
aquellas comunicaciones, publicaciones o actividades que desarrolle, todo ello en los
términos que se indican en la cláusula cuarta siguiente; y
(c) hacer partícipe al Banco de España de sus proyectos y actuaciones,
ofreciéndole participar activamente en las distintas iniciativas organizadas en torno a sus
actividades.
Cuarta. Difusión del convenio marco.
Ambas Partes podrán dar difusión a este convenio marco, y a la incorporación del
Banco de España al Patronato del Real Instituto Elcano, a través de sus canales de
comunicación internos y externos.
Asimismo, las Partes se comprometen a impulsar las iniciativas llevadas a cabo al
amparo del presente convenio marco mediante la incorporación de los logotipos o signos
distintivos de ambas instituciones en todos aquellos eventos, espacios, acciones y
publicaciones que pudiesen ser generados durante su período de vigencia y en los que
exista un interés especial para su presentación conjunta, señalando que se trata de una
acción entre ambas instituciones. Las piezas de difusión pública en las que aparezcan
dichos signos de ambas partes, se sujetarán a las normas de imagen y directrices
marcadas por cada una de ellas.
En ningún caso, la suscripción del presente convenio marco implicará la transmisión
de titularidad de derechos de propiedad industrial entre Real Instituto Elcano y Banco de
España respecto a sus marcas, signos distintivos o cualesquiera otros elementos
susceptibles de protección en este sentido, ni otorgará derecho alguno de intervención o
injerencia en la gestión de los mismos.

El presente convenio marco se perfeccionará en el momento de su firma y entrará en
vigor una vez se haya inscrito en el registro electrónico de convenios del Banco de
España. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
La vigencia del presente convenio marco será de cuatro (4) años. Se prorrogará por
mutuo acuerdo de las Partes antes de su finalización por un periodo de hasta cuatro (4)
años adicionales, por escrito, dentro de los dos (2) meses anteriores a su vencimiento.
Sexta.

Modificación.

El presente convenio marco podrá modificarse por común acuerdo, mediante la
formalización de la correspondiente adenda, cuando resulte necesario para la mejor

cve: BOE-A-2023-14464
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Eficacia y vigencia.