III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Ayudas. (BOE-A-2023-14458)
Orden TES/629/2023, de 14 de junio, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2023, para su gestión por las comunidades autónomas con competencias asumidas en el ámbito laboral, créditos financiados con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, destinados a la ejecución de proyectos de inversión en el marco de los componentes 19 "Plan Nacional de Competencias Digitales" y 23 "Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo" recogidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 17 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 86243

Además, la propuesta de distribución del crédito que se someta a la Conferencia
Sectorial habrá de supeditarse de forma estricta al cumplimiento de las exigencias de los
principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, por lo que con
carácter previo a la formalización de los correspondientes compromisos financieros por
parte de la Administración General del Estado, se podrán establecer en los casos en que
ello resulte justificado, reservas generales de créditos no distribuidos en el origen con el
fin de cubrir necesidades o demandas imprevistas a lo largo de la ejecución del
presupuesto.
Acordada la distribución de los créditos por la Conferencia Sectorial, corresponderá a
los órganos competentes de la Administración General del Estado u organismos de ella
dependientes la suscripción o aprobación de los instrumentos jurídicos, convenios o
resoluciones, a través de los cuales se formalicen los compromisos financieros.
En cualquier caso, la distribución de fondos que se derive de la Conferencia Sectorial
deberá supeditarse de forma estricta al cumplimiento de las exigencias de los principios
de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, recogidos en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, así como en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de febrero de 2013,
por el que se aprueban las instrucciones de aplicación del artículo 86 de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, publicado mediante Resolución de 27 de
febrero de 2013, de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Asimismo, con fecha de 31 de marzo de 2023 se procedió a realizar la comunicación
preceptiva y previa al Ministerio de Hacienda y Función Pública, que incorpora la
información relativa a la actuación a realizar, tal y como recoge el apartado quinto de la
disposición adicional primera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para 2023.
El Consejo de Ministros, en su reunión del 11 de abril de 2023, autorizó, la propuesta de
distribución territorial, según criterios objetivos, de los créditos gestionados por las
comunidades autónomas con competencias estatutariamente asumidas en el ámbito de
políticas activas de empleo, con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo
Estatal, para el ejercicio presupuestario 2023, para su sometimiento a la Conferencia
Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, para la financiación de proyectos de inversión en
el marco de los componentes 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales» y 23 «Nuevas
Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo», del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, por un importe de 231.886.000 euros.
A su vez, con fecha de 18 de abril de 2023, se autorizó, previa fiscalización, el gasto
en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal para los proyectos de inversión
en el marco de los componentes 19 «Plan Nacional de Competencias Digitales» y 23
«Nuevas Políticas Públicas para un mercado de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo»
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Finalmente, de acuerdo a lo anteriormente expuesto, la Conferencia Sectorial de
Empleo y Asuntos Laborales, en la reunión celebrada el 28 de abril de 2023, aprobó los
criterios de distribución territorial de los créditos del ejercicio 2023 destinados a la
ejecución de los proyectos de inversión en el marco de los componentes 19 «Plan
Nacional de Competencias Digitales» y 23 «Nuevas Políticas Públicas para un mercado
de trabajo dinámico, resiliente e inclusivo» del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia en la parte cuya ejecución corresponde a las comunidades autónomas.
Por todo ello, debe procederse a la distribución de las cantidades asignadas a cada
comunidad autónoma para la ejecución de las acciones antes descritas.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Objeto.
1. El objeto de esta orden es dar publicidad a los criterios objetivos de la
distribución territorial para el ejercicio económico 2023, entre las distintas comunidades
autónomas con competencias de gestión asumidas en el ámbito laboral, de los créditos
financiados mediante los recursos financieros derivados del Instrumento Europeo de

cve: BOE-A-2023-14458
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Núm. 144