III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector gasista. (BOE-A-2023-14419)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las reglas del mercado organizado de gas y el contrato de adhesión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Viernes 16 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 85905

Salvo indicación expresa, todas las referencias a horarios de estas reglas de
mercado e instrucciones, se referencian al horario central europeo (CET).
1.4

Funciones del Operador del Mercado.

Compete al Operador del Mercado la organización y gestión del Mercado Organizado
de Gas, debiendo desempeñarlas funciones necesarias y adecuadas para el apropiado
funcionamiento del mismo y la gestión económica de sus servicios, respetando los

cve: BOE-A-2023-14419
Verificable en https://www.boe.es

– MITERD: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
– NGGSG: Normas de Gestión de Garantías del Sistema Gasista.
– NGTS: Normas de Gestión Técnica del Sistema Gasista Español.
– Notificación: información enviada, en su caso, por el Operador del Mercado o la
CCP al GTS, de las adquisiciones y cesiones de gas asociadas a las transacciones
efectuadas en el mercado con entrega el día de gas siguiente, o, en el mismo día para el
Producto Intradiario.
– Plataforma de Gestión de Garantías: plataforma electrónica proporcionada y
gestionada por el Gestor de Garantías por medio de la cual los agentes pueden
formalizar garantías para cubrir sus obligaciones en el mercado.
– Plataforma de negociación: plataforma de contratación electrónica, proporcionada
y gestionada por el Operador del Mercado, que posibilita la interacción entre los agentes
y el Operador del Mercado. A través de esta plataforma, los agentes pueden realizar la
negociación mediante el envío, la aceptación y, en su caso, la cancelación o modificación
de ofertas de compra y venta del producto. A efectos informativos, la «Plataforma de
Comercio», tal y como viene definida en el Reglamento (UE) n.º 312/2014, por el que se
establece un código de red sobre el balance de gas en las redes de transporte es
equivalente al concepto «plataforma de negociación» definido en estas reglas.
– Plataforma de registro y consultas: plataforma electrónica proporcionada y
gestionada por el Operador del Mercado por medio de la cual los agentes pueden
realizar las acciones de registro y actualización de datos para su participación en el
mercado, así como realizar diferentes acciones, principalmente de consulta y descarga
de información, sobre su participación en el mercado y los resultados del mismo.
– Plataforma del mercado: plataforma electrónica que se compone de la plataforma
de negociación y de la plataforma de registro y consultas.
– Prenotificación: información enviada cada día por el Operador del Mercado al GTS
de las adquisiciones y cesiones de gas asociadas a las transacciones de productos spot
llevadas a cabo en las sesiones de negociación de dicho día.
– Punto Virtual de Balance (PVB): punto de intercambio virtual de la red de
transporte donde los usuarios pueden transferir la titularidad del gas.
– REMIT: Reglamento (UE) n.º 1227/2011, de 25 de octubre de 2011, sobre la
integridad y la transparencia del mercado mayorista de la energía.
– Representante: persona jurídica que actúa en nombre y por cuenta de un agente.
En el caso de que el representante no sea agente, deberá darse de alta en el Mercado
Organizado de Gas como entidad representante.
– Saldo operativo disponible: saldo calculado por el Gestor de Garantías en los
términos establecidos en las NGGSG.
– Sesión de negociación: periodo de tiempo durante el cual los agentes pueden
interactuar en la plataforma de negociación, cuyo detalle se desarrolla en la regla
«Sesiones de negociación. Calendario y horario».
– SL-ATR: Sistema Logístico de Acceso de Terceros a la Red.
– Sujeto habilitado: sujeto que ha cumplido los requisitos exigidos por el GTS para
permitir la recepción de las notificaciones en sus transacciones.
– Transacción: transferencia de titularidad de un producto como resultado de una
oferta de compra o venta casada en el Mercado Organizado de Gas.