III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Sector gasista. (BOE-A-2023-14419)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las reglas del mercado organizado de gas y el contrato de adhesión.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
4.6
Sec. III. Pág. 85929
Anulación de transacciones.
El Operador del Mercado se reserva la posibilidad de anular transacciones bajo
alguna de las siguientes condiciones:
1. En caso de error técnico en la plataforma de mercado o fallo notorio en la misma
que provoquen que la transacción se haya casado incumpliendo las presentes reglas. En
este caso, el Operador del Mercado podrá anular las transacciones sin avisar
previamente a las partes involucradas, siempre dentro del día de negociación de la
transacción.
Una vez solucionado el error en la plataforma de mercado, y tan pronto como sea
posible, se notificará a los agentes involucrados en la cancelación, y se informará al
resto de agentes a través de dicha plataforma.
2. A petición de los agentes. Las condiciones técnicas y administrativas para poder
tramitar dicha anulación, así como su coste, vendrán detallados en una instrucción de
mercado.
En este último caso, tras la recepción de una solicitud válida de anulación de una
transacción se procederá a notificar a la contraparte para determinar si acepta la
anulación de la transacción. En caso afirmativo, el Operador del Mercado anulará la
transacción; en caso negativo, quedará a discreción del Operador del Mercado la
cancelación de la misma, en los términos que se establezca por Instrucción de Mercado.
4.7
4.7.1
Prenotificaciones y notificaciones al GTS.
Principios generales.
4.7.2
Plazos de comunicación.
Tras cada casación, MIBGAS, salvo error o incidencia, enviará al GTS las
prenotificaciones de productos spot y las notificaciones de productos intradiarios
asociados a dicha transacción.
Las notificaciones del resto de productos se enviarán una vez haya finalizado la
sesión de negociación diaria.
cve: BOE-A-2023-14419
Verificable en https://www.boe.es
Las transacciones serán notificadas al GTS, bien por el Operador del Mercado para
productos spot, bien por la CCP para productos prompt.
Así mismo, el Operador del Mercado enviará al GTS las prenotificaciones asociadas
a las transacciones de productos spot llevadas a cabo en las sesiones de negociación de
dicho día, que incluirán, para cada casación, la suma de todas las cantidades de energía
correspondientes a las transacciones de compra y de venta con entrega en cada día de
gas, para cada sujeto que haya actuado en el Mercado Organizado de Gas. Para los
productos de tipo Intradiario no se enviarán prenotificaciones.
El Operador del Mercado, o en su caso la CCP, enviará cada día al GTS las
notificaciones asociadas a las transacciones llevadas a cabo con entrega el día siguiente
de gas, que incluirán, para cada día, la suma de todas las energías correspondientes a
las transacciones de compra y de venta con entrega en dicho día de gas para cada
sujeto que haya actuado en el Mercado Organizado de Gas. Así mismo, el Operador del
Mercado enviará al GTS las notificaciones de productos intradiarios.
Para aquellas transacciones cuya notificación sea responsabilidad del Operador del
Mercado, la pérdida de la habilitación de un sujeto para enviar notificaciones desde el
momento del perfeccionamiento de la transacción hasta su notificación, no podrá ser
causa del rechazo de dicha notificación.
Los agentes dispondrán en la plataforma del mercado de toda la información relativa
a las prenotificaciones y notificaciones asociadas a sus transacciones que han sido
comunicadas por el Operador del Mercado al GTS, a efectos de su comprobación y
verificación.
Núm. 143
Viernes 16 de junio de 2023
4.6
Sec. III. Pág. 85929
Anulación de transacciones.
El Operador del Mercado se reserva la posibilidad de anular transacciones bajo
alguna de las siguientes condiciones:
1. En caso de error técnico en la plataforma de mercado o fallo notorio en la misma
que provoquen que la transacción se haya casado incumpliendo las presentes reglas. En
este caso, el Operador del Mercado podrá anular las transacciones sin avisar
previamente a las partes involucradas, siempre dentro del día de negociación de la
transacción.
Una vez solucionado el error en la plataforma de mercado, y tan pronto como sea
posible, se notificará a los agentes involucrados en la cancelación, y se informará al
resto de agentes a través de dicha plataforma.
2. A petición de los agentes. Las condiciones técnicas y administrativas para poder
tramitar dicha anulación, así como su coste, vendrán detallados en una instrucción de
mercado.
En este último caso, tras la recepción de una solicitud válida de anulación de una
transacción se procederá a notificar a la contraparte para determinar si acepta la
anulación de la transacción. En caso afirmativo, el Operador del Mercado anulará la
transacción; en caso negativo, quedará a discreción del Operador del Mercado la
cancelación de la misma, en los términos que se establezca por Instrucción de Mercado.
4.7
4.7.1
Prenotificaciones y notificaciones al GTS.
Principios generales.
4.7.2
Plazos de comunicación.
Tras cada casación, MIBGAS, salvo error o incidencia, enviará al GTS las
prenotificaciones de productos spot y las notificaciones de productos intradiarios
asociados a dicha transacción.
Las notificaciones del resto de productos se enviarán una vez haya finalizado la
sesión de negociación diaria.
cve: BOE-A-2023-14419
Verificable en https://www.boe.es
Las transacciones serán notificadas al GTS, bien por el Operador del Mercado para
productos spot, bien por la CCP para productos prompt.
Así mismo, el Operador del Mercado enviará al GTS las prenotificaciones asociadas
a las transacciones de productos spot llevadas a cabo en las sesiones de negociación de
dicho día, que incluirán, para cada casación, la suma de todas las cantidades de energía
correspondientes a las transacciones de compra y de venta con entrega en cada día de
gas, para cada sujeto que haya actuado en el Mercado Organizado de Gas. Para los
productos de tipo Intradiario no se enviarán prenotificaciones.
El Operador del Mercado, o en su caso la CCP, enviará cada día al GTS las
notificaciones asociadas a las transacciones llevadas a cabo con entrega el día siguiente
de gas, que incluirán, para cada día, la suma de todas las energías correspondientes a
las transacciones de compra y de venta con entrega en dicho día de gas para cada
sujeto que haya actuado en el Mercado Organizado de Gas. Así mismo, el Operador del
Mercado enviará al GTS las notificaciones de productos intradiarios.
Para aquellas transacciones cuya notificación sea responsabilidad del Operador del
Mercado, la pérdida de la habilitación de un sujeto para enviar notificaciones desde el
momento del perfeccionamiento de la transacción hasta su notificación, no podrá ser
causa del rechazo de dicha notificación.
Los agentes dispondrán en la plataforma del mercado de toda la información relativa
a las prenotificaciones y notificaciones asociadas a sus transacciones que han sido
comunicadas por el Operador del Mercado al GTS, a efectos de su comprobación y
verificación.