III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-14396)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Vigo n.º 3, por la que se suspende la inscripción de la georreferenciación de determinada finca de la promotora.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de junio de 2023

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que acredite que la porción de terreno discutida debe incluirse en la finca registral de su
titularidad, y que resulta manifiestamente incierta a la luz de los datos obrantes en el
PEPRI de (…) aprobado por el ayuntamiento de Vigo.
En consecuencia, aun tratándose de la oposición de un colindante titular registral, su
escrito de oposición no reúne los requisitos mínimos de concreción y acreditación
necesarios, pues no aporta prueba técnica o documental alguna de que estemos ante la
invasión de espacio alguno de su propiedad, ni resulta tampoco de la cartografía
catastral de la zona.
Por todo ello, ante la debilidad de la alegación formulada, junto con la inexistencia
siquiera de pronunciamientos o presunciones catastrales favorables al opositor, sino al
contrario, favorable a esta parte promotora del expediente, la calificación registral
negativa, que solamente se fundamenta en la existencia de esa oposición tan frágil
documentalmente, ha de ser revocada, y estimado el recurso.»
IV
Mediante escrito, de fecha 17 de marzo de 2023, la registradora de la Propiedad se
ratificó en su calificación, emitió informe y remitió el expediente a este Centro Directivo,
haciendo constar que se había dado traslado al notario de Vigo, don Miguel Lucas
Sánchez, autorizante del título calificado, del recurso interpuesto, con la finalidad de que,
en su caso, formulase alegaciones, del cual había tenido conocimiento el día 3 de marzo
de 2023, sin que se hayan formulado las mismas.
Fundamentos de Derecho
Vistos los artículos 9, 10, 198, 199, 200 y 202 de la Ley Hipotecaria, y las
Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 19 de
enero, 5 de abril y 28 de julio de 2022 y las en ellas citadas.
1. Mediante escritura pública se hace constar la terminación de las obras sobre la
finca matriz 78.367, que tiene una superficie de solar de 317,36 metros cuadrados y que
no tiene inscrita su georreferenciación, y se acompaña un plano topográfico que contiene
la relación de coordenadas georreferenciadas de los vértices del edificio expedido por el
arquitecto director de las obras acreditativo de que el edificio construido se adapta a la
parcela catastral, con una superficie de trescientos dieciocho metros cuadrados.
Tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, en el que
consta la oposición de los titulares de dos fincas registrales (6.319 y 10.684) la
registradora expresa que «teniendo presente el contenido de las alegaciones
formuladas, por considerar que la modificación descriptiva cuyo reflejo tabular se
sostiene, puede invadir las fincas registrales colindantes, no es posible acceder a la
petición de registración formulada».
La promotora del expediente recurre alegando, en esencia, que «no han sido
razonados objetivamente los motivos por los cuales no debe procederse a la inscripción
de la base gráfica presentada».
2. Para resolver el presente recurso, procede reiterar aquí la doctrina de este
Centro Directivo, relativa a los requisitos para la inscripción de representaciones gráficas,
resumida, por ejemplo, en la Resolución de 5 de abril de 2022, en virtud de la cual:
a) El registrador debe calificar en todo caso la existencia o no de dudas en la
identidad de la finca, que pueden referirse a que la representación gráfica de la finca
coincida en todo o parte con otra base gráfica inscrita o con el dominio público, a la
posible invasión de fincas colindantes inmatriculadas o a que se encubriese un negocio
traslativo u operaciones de modificación de entidad hipotecaria (cfr. artículos 9, 199
y 201 de la Ley Hipotecaria).
b) A tal efecto el registrador podrá utilizar, con carácter meramente auxiliar, las
representaciones gráficas disponibles, que le permitan averiguar las características

cve: BOE-A-2023-14396
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