V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2023-18216)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas de alta tensión denominadas "Nueva subestación Barranco de Tirajana III 220 kV y línea subterránea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, doble circuito, Barranco de Tirajana II - Barranco de Tirajana III" con número de expediente AT22/005.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de junio de 2023

Sec. V-B. Pág. 29101

titulares afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos
previstos en los artículos 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. En dicho documento se identifican las
afecciones a los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras
proyectadas.
XII.- El Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento
Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio
Climático y Planificación Territorial, establece que la Dirección General de Energía
tiene atribuidas las competencias para la concesión de autorizaciones y la
tramitación de comunicaciones previas y declaraciones responsables en materia
energética, ejerciendo exclusivamente sobre las mismas las atribuciones
sectoriales en materia de energía. Así mismo, también tiene atribuidas las
competencias para la declaración en concreto de utilidad pública de las
instalaciones energéticas a efectos de expropiación forzosa de los bienes y
derechos necesarios para su establecimiento, de la urgente ocupación de los
mismos, y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.
Propuesta de resolución
Primero.- Otorgar la autorización administrativa para la construcción de las
instalaciones contempladas en el proyecto denominado "Nueva Subestación
Barranco de Tirajana III 220 kV y Línea subterránea de transporte de energía
eléctrica a 220 kV, doble circuito, Barranco de Tirajana II – Barranco de Tirajana
III", que se tramita con el número de expediente AT-22/005, en el Término
municipal de San Bartolomé de Tirajana, de conformidad con lo establecido en el
artículo 11 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos
administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de las instalaciones
eléctricas en Canarias, aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, y
resto de normativa de aplicación.
Segundo.- Declarar de Utilidad Pública las instalaciones contempladas en el
proyecto anteriormente indicado, de conformidad con lo establecido en los artículos
55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre. En el Anexo se relacionan los bienes y titulares afectados por la
declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos previstos en los artículos
56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Tercero.- El plazo máximo para presentar la solicitud de puesta en servicio de
las instalaciones será de 24 meses, contados a partir de la notificación de la
presente resolución. Dicha solicitud se ajustará a los términos previstos en el
artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre.
Cuarto.- La ejecución de las instalaciones se ajustará estrictamente al proyecto
identificado en la presente resolución, debiendo ajustarse a lo establecido en el
Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre. Cualquier
modificación sustancial de las características de la instalación autorizada exigirá
nueva resolución de autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 45.5 de dicho Reglamento.
Quinto.- Las obras se ejecutarán de conformidad con los condicionados
técnicos emitidos por los organismos afectados, y se emite sin perjuicio de la
obtención de cualquier otra autorización exigible por la legislación vigente, cuyo

cve: BOE-B-2023-18216
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Núm. 142