III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14336)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Carolina Solar PV, de 300 MWP, y V Solar 1, de 289 MWP, y sus infraestructuras de evacuación", en la provincia de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 15 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85305
Además, hay que destacar, en el ámbito de las PSFV, la Laguna de las Esteras, incluida
en el citado Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid. Asimismo,
dentro de una zona tampón de 5 km de todo el ámbito del proyecto, incluyendo las
infraestructuras de evacuación, existen otros humedales catalogados como la Laguna de San
Juan, Laguna de San Galindo, Lagunas de las Madres o la Laguna de Soto.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid, aparte de señalar la presencia de varias especies de aves del anexo I de la
Directiva 2009/147/CE en la zona de interferencia de la infraestructura de evacuación
con el Parque Regional del Sureste (ver apartado de impactos sobre fauna), indica que
existe afección significativa a los HICs prioritarios dentro del Parque, coincidente con la
ZEC, estableciendo una serie de condiciones para minimizar o evitar el impacto.
A este respecto, tal y como señala Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid, según el plan de gestión de la ZEC y la ZEPA
(Decreto 104/2014, de 3 septiembre, del Consejo de Gobierno) las presiones y
amenazas sobre las aves del anexo I y migratorias de la Directiva 2009/147/CE por la
pérdida de hábitats debida al incremento de las superficies ocupadas por usos como los
propuestos en el proyecto (que impiden la conservación de los mismos y da lugar a la
fragmentación de las poblaciones faunísticas) y la mortandad de las aves por incremento
de los tendidos eléctricos. Señala igualmente respecto al citado plan de gestión, que la
construcción de nuevas infraestructuras o modificación de las existentes, deberá tenerse
en cuenta el principio de cautela y primar la conservación y mejora de los Tipos de
Hábitats de Interés Comunitario y las Especies Red Natura 2000 en la ZEC, y las
especies de aves del anexo I y migratorias de la Directiva 2009/147/CE. Igualmente, que
se tenderá a concentrar las infraestructuras ajenas a la gestión del Espacio Protegido
fuera del ámbito del mismo salvo en caso de inexistencia de alternativa exterior viable,
por lo que este organismo señala que las nuevas infraestructuras se ajustarán en lo
posible a los corredores de infraestructuras.
Asimismo, también presentan afección a varios Corredores Ecológicos principales de
la Comunidad de Madrid como el corredor de la La Sagra (2 km de interferencia con las
LASAT), los corredores Oriental-Los Yesos (tramo de interferencia entre ambos, 1,3 km),
y el corredor del Jarama (800 m). La citada IBA «Cortados y Graveras del Jarama»
coincide en gran parte de la superficie con la RN2000 y el Parque Regional del Sureste.
Igualmente, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid señala que la traza de la LASAT se encuentra a 600 m del
humedal «El Porcal», dentro del Parque Regional del Sureste, propuesto a incluir en el
Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid, por lo que establece
un condicionado. También solicitan que, en relación a los montes preservados en virtud
de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la
Comunidad de Madrid, la compensación por pérdida de terreno forestal. No consta
respuesta de los promotores a estas cuestiones.
Por su parte, la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la
Comunidad de Madrid proponen varias alternativas de trazado que eviten la afección al
Parque del Sureste y utilicen corredores de infraestructuras existentes. Además, señala
que se deberán estudiar los valores medioambientales de la PSFV «V Solar I» en
relación al humedal catalogado como «Laguna de las Esteras».
Los promotores responden sobre la inviabilidad de las alternativas ya que, de los
modos propuestos por el organismo, la línea de evacuación pasaría junto a viviendas,
municipios y bienes arqueológicos y, además, impediría compartir trazado con el
proyecto PFot-450 AC, que ya cuenta con Declaración de Impacto Ambiental favorable
(BOE n.º 46, resolución de 13 de febrero de 2023). En relación a la laguna, los
promotores indican que en el «Plan Especial de Infraestructuras de la Comunidad de
Madrid» se solicitaba que se respetase una franja de protección de 50 m alrededor de la
laguna, la cual se ha tenido en consideración. No obstante, en el informe de la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid se exige una
reducción de las superficies de las plantas, minimizando así la afección a la laguna.
cve: BOE-A-2023-14336
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Jueves 15 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 85305
Además, hay que destacar, en el ámbito de las PSFV, la Laguna de las Esteras, incluida
en el citado Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid. Asimismo,
dentro de una zona tampón de 5 km de todo el ámbito del proyecto, incluyendo las
infraestructuras de evacuación, existen otros humedales catalogados como la Laguna de San
Juan, Laguna de San Galindo, Lagunas de las Madres o la Laguna de Soto.
La Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid, aparte de señalar la presencia de varias especies de aves del anexo I de la
Directiva 2009/147/CE en la zona de interferencia de la infraestructura de evacuación
con el Parque Regional del Sureste (ver apartado de impactos sobre fauna), indica que
existe afección significativa a los HICs prioritarios dentro del Parque, coincidente con la
ZEC, estableciendo una serie de condiciones para minimizar o evitar el impacto.
A este respecto, tal y como señala Dirección General de Biodiversidad y Recursos
Naturales de la Comunidad de Madrid, según el plan de gestión de la ZEC y la ZEPA
(Decreto 104/2014, de 3 septiembre, del Consejo de Gobierno) las presiones y
amenazas sobre las aves del anexo I y migratorias de la Directiva 2009/147/CE por la
pérdida de hábitats debida al incremento de las superficies ocupadas por usos como los
propuestos en el proyecto (que impiden la conservación de los mismos y da lugar a la
fragmentación de las poblaciones faunísticas) y la mortandad de las aves por incremento
de los tendidos eléctricos. Señala igualmente respecto al citado plan de gestión, que la
construcción de nuevas infraestructuras o modificación de las existentes, deberá tenerse
en cuenta el principio de cautela y primar la conservación y mejora de los Tipos de
Hábitats de Interés Comunitario y las Especies Red Natura 2000 en la ZEC, y las
especies de aves del anexo I y migratorias de la Directiva 2009/147/CE. Igualmente, que
se tenderá a concentrar las infraestructuras ajenas a la gestión del Espacio Protegido
fuera del ámbito del mismo salvo en caso de inexistencia de alternativa exterior viable,
por lo que este organismo señala que las nuevas infraestructuras se ajustarán en lo
posible a los corredores de infraestructuras.
Asimismo, también presentan afección a varios Corredores Ecológicos principales de
la Comunidad de Madrid como el corredor de la La Sagra (2 km de interferencia con las
LASAT), los corredores Oriental-Los Yesos (tramo de interferencia entre ambos, 1,3 km),
y el corredor del Jarama (800 m). La citada IBA «Cortados y Graveras del Jarama»
coincide en gran parte de la superficie con la RN2000 y el Parque Regional del Sureste.
Igualmente, la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la
Comunidad de Madrid señala que la traza de la LASAT se encuentra a 600 m del
humedal «El Porcal», dentro del Parque Regional del Sureste, propuesto a incluir en el
Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid, por lo que establece
un condicionado. También solicitan que, en relación a los montes preservados en virtud
de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la
Comunidad de Madrid, la compensación por pérdida de terreno forestal. No consta
respuesta de los promotores a estas cuestiones.
Por su parte, la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la
Comunidad de Madrid proponen varias alternativas de trazado que eviten la afección al
Parque del Sureste y utilicen corredores de infraestructuras existentes. Además, señala
que se deberán estudiar los valores medioambientales de la PSFV «V Solar I» en
relación al humedal catalogado como «Laguna de las Esteras».
Los promotores responden sobre la inviabilidad de las alternativas ya que, de los
modos propuestos por el organismo, la línea de evacuación pasaría junto a viviendas,
municipios y bienes arqueológicos y, además, impediría compartir trazado con el
proyecto PFot-450 AC, que ya cuenta con Declaración de Impacto Ambiental favorable
(BOE n.º 46, resolución de 13 de febrero de 2023). En relación a la laguna, los
promotores indican que en el «Plan Especial de Infraestructuras de la Comunidad de
Madrid» se solicitaba que se respetase una franja de protección de 50 m alrededor de la
laguna, la cual se ha tenido en consideración. No obstante, en el informe de la Dirección
General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid se exige una
reducción de las superficies de las plantas, minimizando así la afección a la laguna.
cve: BOE-A-2023-14336
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Núm. 142