III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14335)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos "Estacas de Trueba", 50,40 MW y "Merindades", de 50,40 MW, y de su infraestructura de evacuación, en Merindad de Valdeporres y Valle de Valdebezana (Burgos)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Jueves 15 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 85275

El promotor elige la alternativa 3B por su menor efecto sobre todos los elementos
ambientales por el número más bajo de aerogeneradores. Alega que no produce
afección directa a espacios naturales protegidos, menor afección a la hidrología, a la
vegetación y menor impacto visual.
En relación a la infraestructura de evacuación del PE Merindades, se consideraron
las siguientes:
– Alternativa 1 (seleccionada): Línea aérea de 132 kV y con una longitud
de 13,07 km. Discurre por los TT.MM. de Merindad de Valdeporres y Valle de
Valdebezana. Incluye el desmantelamiento parcial de la línea de 66 kV del PE Coterejón
y su unificación con la línea de evacuación del presente proyecto.
– Alternativa 2: Línea aérea de 132 kV y con una longitud de 12,38 km. Discurre por
los mismos TT.MM. que la alternativa 1, con un recorrido muy similar a la alternativa 1.
– Alternativa 3: Línea aérea de 132 kV y con una longitud de 12,75 km. De nuevo,
discurre por los mismos TT.MM., con un recorrido muy similar a las alternativas
anteriores.
El promotor apoya su elección de la alternativa 1 sobre la base de afección reducida
en todos los elementos ambientales, ya que no se haya sobre espacios naturales
protegidos, se proyecta en paralelo a otras estructuras existentes e incluye la
compactación con la línea existente del PE Coterejón.
Ninguna de las alternativas descritas por el promotor contempla la ubicación de las SET.
Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

Atmósfera y clima: Los municipios afectados por los PE Estacas de Trueba y
Merindades se enmarcan en climas denominados Atlántico y Oceánico Verano Seco. En
cuanto a la calidad del aire, los Estudios de Impacto Ambiental (EsIA) de los PE indican
que, a grandes rasgos, puede clasificarse como buena.
Durante la fase de obras, se producirán afecciones derivadas de los movimientos de
tierras, excavaciones y tránsito de vehículos, que conllevan la emisión de polvo y
partículas en suspensión, además de gases contaminantes como CO2, SOx y NOx. Las
obras también provocarán ruidos y vibraciones con niveles elevados. Durante la
actividad de los PE, podría producirse la emisión de gases por la eventual pérdida de
SF6 en las subestaciones. Se indica que el volumen de estas emisiones sería mínimo y
las fugas de gas serían detectadas. El funcionamiento de los aerogeneradores generará
ruido que disminuirá la calidad ambiental de la zona. El EsIA indica que los
aerogeneradores se sitúan a más de 800 m de núcleos habitados.
El promotor propone una serie de medidas para mitigar las afecciones por la emisión
de polvo y partículas, como el riego de los caminos y de la vegetación, la limitación de la
velocidad de los vehículos a 30 km/h, y el cubrimiento con lonas de materiales y acopios,
entre otras. Para mitigar la producción de gases, ruidos y olores, se realizará un
mantenimiento preventivo y regular de la maquinaria, los motores de las máquinas
permanecerán apagados mientras estas no estén en funcionamiento, y se controlará
periódicamente el consumo de SF6 de los interruptores de las SET, entre otros.
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos indica que al menos los
aerogeneradores situados en el cerro de la Maza sobre la parcela 553 del polígono 47 de
Merindad de Valdeporres, y los situados en la parcela 1098 del polígono 9 de Valle de
Valdebezana, se encuentran dentro del criterio de exclusión del Decreto
Legislativo 2/2022 de 23 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para la
agilización de la gestión de fondos europeos y el impulso de actividad económica de la
Comunidad de Castilla y León, que determina que no serán autorizables los terrenos
ubicados a menos de 1.000 m de núcleos urbanos.
Geología y suelo: Los aerogeneradores se sitúan sobre las unidades «calizas
arcillosas con intercalaciones de margas», «calizas y dolomías», «arenas y areniscas
conglomeríticas con estratificación cruzada», «calizas, calcarenitas y calizas arcillosas en

cve: BOE-A-2023-14335
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b.