III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-14334)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Ampliación de la línea de evacuación de los parques solares fotovoltaicos Vega Solar y Acequia Solar, de 50 MWp cada uno, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Madrid y Guadalajara".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Jueves 15 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 85263

En cuanto a Montes de Utilidad Pública (MUP), en el ámbito del proyecto en la
zona de Guadalajara se localiza el MUP Carravieja y Cuesta del Valle quedando
alejado de la traza evaluada. La Dirección General de Suelo de la Comunidad de
Madrid identifica afectaciones al Montes de Utilidad Pública a la altura de los TTMM
de Santorcaz y Santos de la Humosa, sin embargo, estos quedan alejados de la traza
evaluada: MUP Las Covachas, a 150 m aproximadamente de la línea eléctrica, MUP
El Robledal, a 344 metros aproximadamente de la traza, y MUP Dehesarivera y Otros,
a aproximadamente 200 metros de la traza.
En cuanto a vías pecuarias, la línea eléctrica cruza el Cordel de Santorcaz en Los
Santos de la Humosa y la Colada del Camino de Guadalajara a Santorcaz y Colada del
Llano Simón en Santorcaz. Dentro de la provincia de Guadalajara, se afecta a la Cañada
Real de las Matas a la altura de Chiloeches y a la Vereda de la Cuesta de San Cristóbal
y a la Vereda de Alamín a Iriepal, dentro del término municipal de Guadalajara. Para
evitar y corregir posibles impactos, el promotor propone que se limiten el número de
trayectos de la maquinaria optimizando las operaciones de carga y descarga de
materiales y las de traslado de residuos. Con el objetivo de que sea posible que las vías
pecuarias sean transitadas se compromete a obtener un permiso de tránsito ante la
Consejería de Desarrollo Sostenible de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
y la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del territorio y Sostenibilidad de la
Comunidad de Madrid.
c)

Análisis de efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El promotor realiza una evaluación de la vulnerabilidad del proyecto, en el marco de
la Ley 9/2018, con un enfoque de análisis cualitativo de riesgos ambientales. El promotor
concluye que todos los escenarios de riesgo (sísmico, fenómenos meteorológicos
adversos, inundaciones y avenidas, litológicos, incendios forestales, tecnológicos, y
cambio climático) derivados de los efectos del proyecto por accidentes graves o
catástrofes naturales son bajos.
La Subdirección General de Protección Civil de la Comunidad de Madrid da su
conformidad siempre y cuando se den cumplimiento y adopción a las medidas
preventivas contenidas en el Plan de Protección Civil de Emergencias por Incendios
Forestales de la Comunidad de Madrid (INFOMA) aprobado por el Decreto 59/2017, de 6
de junio, y en particular lo establecido en su anexo 2, tanto durante la fase de ejecución
de las obras con empleo de medios mecánicos y equipos de corte y soldadura, como
durante la fase de explotación de la infraestructura.
Por su parte, el Servicio de Protección ciudadana de la Delegación Provincial de
Guadalajara indica que existe conformidad a que este proyecto se realice, al no haber
riesgos que supongan un impacto significativo. Si bien, resalta la importancia de que el
proyecto se complete con una Plan de Autoprotección para la fase de explotación de las
instalaciones en el que se identifiquen y evalúen riesgos, acciones y medidas necesarias
a adoptar en caso de emergencia.
Programa de Vigilancia Ambiental.

El Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) para el proyecto tiene como objetivo la
comprobación del grado de cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras tanto
en las fases de construcción y operación, así como la evaluación de los impactos
residuales de modo que se puedan tomar medidas en caso de detectarse impactos no
previstos. Para ello, incluye indicadores y umbrales para los distintos factores
ambientales afectados, que permitan establecer el estado de los mismos y su evolución
tras la ejecución del proyecto y la aplicación de las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias en su caso.
Concretamente, el PVA incluye una diferenciación entre aquellos efectos que se
consideran como generales por estar involucrados en todas las fases de obra y otros,

cve: BOE-A-2023-14334
Verificable en https://www.boe.es

d)