III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-14204)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Supermercados Carrefour.
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 84745

Mando, configurado como la facultad de supervisión y ordenación de tareas así como
la capacidad de interpretación de las funciones ejecutadas por el grupo de personas
trabajadoras sobre los que se ejerce mando y el número de integrantes del mismo.
Responsabilidad, apreciada en términos de la mayor o menor autonomía en la
ejecución de las funciones, el nivel de influencia sobre los resultados y la relevancia de la
gestión sobre los recursos humanos, técnicos y productivos.
Complejidad, entendida como la suma de los factores anteriores que inciden sobre
las funciones desarrolladas o puesto de trabajo desempeñado.
3.2 Sistema de clasificación. Cada Grupo profesional está integrado por aquellas
funciones y tareas que presentan una base profesional homogénea dentro de la
organización del trabajo. Los trabajadores se encuadrarán en los Grupos profesionales
previstos a continuación.
Contenido de los Grupos profesionales.
La siguiente definición de los grupos profesionales se ajusta a criterios y sistemas
que, basados en un análisis correlacional entre sesgos de género, puestos de trabajo,
criterios de encuadramiento y retribuciones, tienen como objeto garantizar la ausencia de
discriminación, tanto directa como indirecta, entre mujeres y hombres, cumpliendo con lo
previsto en el artículo 28.1 del Estatuto de los Trabajadores
Grupo profesional I: Mandos.
Se integra en este Grupo profesional el personal que ejecuta trabajos que suponen la
realización de tareas complejas y heterogéneas, con objetivos generales definidos y alto
grado de exigencia en autonomía, iniciativa y responsabilidad. Gestiona y supervisa los
recursos humanos a su cargo orientándolos hacia el logro de los objetivos, y ejerce
funciones de responsabilidad sobre organizaciones complejas en cuanto a la
consecución de resultados, implantación y gestión en general, informando acerca de las
normas de seguridad y velando por su cumplimiento.
Actividades. En este Grupo profesional se incluyen todas las actividades que, por
analogía, son asimilables a las siguientes:
Transmisión y control del cumplimiento de las políticas generales de la empresa.
Asignación de recursos de gestión.
Establecimiento y traslado de procedimientos generales de gestión.
Diseño de estrategias.
Control y dirección de las operaciones de trabajo.
Confección, custodia y reporte de la documentación de gestión.
Capacitación del personal.
Control y elaboración de los ratios de gestión de la sección, establecimiento o
plataforma.
Gestión de tiempos de trabajo.
Gestión y coordinación de equipos.
Desarrollo de estrategias.
Grupo profesional II: Personal Técnico y Gestor de Equipos.
Se integra en este Grupo profesional el personal con titulación a nivel de escuela
superior o de grado medio o facultades, complementadas con estudios específicos, y
aquellas otras con formación teórica, o adquiridas en la práctica, hasta un nivel
equivalente a titulado medio o similar. Realizan con un alto grado de autonomía
actividades complejas con objetivos definidos y concretos con absoluta autonomía, ya
que con el superior evalúan el resultado final, previamente concretado en los objetivos
generales, pero no así los métodos los cuales son decididos autónomamente. Todo ello
comporta una gran aportación de los conocimientos personales técnicos, necesitando
identificar la información que requiere el desempeño del trabajo, y ejecutar acciones que

cve: BOE-A-2023-14204
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 141