III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-14204)
Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Supermercados Carrefour.
51 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 84714

desarrollan, y ejerciendo funciones encaminadas a la consecución de resultados,
implantación y gestión en su área de actividad, consistente en una organización simple.
Actividades: En este Grupo profesional se incluyen todas las actividades que, por
analogía, son asimilables a las siguientes:
Desempeño de una actividad que requiere titulación superior o media.
Supervisión de los equipos de trabajo de profesionales y especialistas compartiendo
con ellos la realización práctica de sus actividades.
Grupo profesional III: Especialistas.
Se integra en este Grupo el personal que ejecuta trabajos que requieren iniciativa,
especialización, y conocimiento total (técnico y profesional) del oficio desempeñado,
responsabilizándose del trabajo efectuado siguiendo instrucciones de sus superiores. En
consecuencia, realiza también las tareas básicas del oficio o puesto desempeñado
contenidas en el Grupo IV, pero en la aplicación de sus conocimientos añade valor, por
ejemplo, en la manipulación del producto. El puesto puede implicar coordinación de otras
personas en organizaciones simples. El personal adscrito al presente grupo forma parte
del colectivo denominado plantilla base.
Actividades: En este Grupo profesional se incluyen todas las que, por analogía, son
asimilables a las siguientes:
Responsabilidad y control de la recepción de mercancías.
Diseño y exposición de producto en mostradores y murales.
Venta de productos que requieren transformación compleja.
Supervisión del correcto funcionamiento de las cámaras.
Responsabilidad y control de mermas, escandallos y realización de pedidos e
inventarios. Orientación al cliente sobre los productos.
Supervisión de la labor del personal del Grupo de Profesionales.
Responsabilidad y control del stock de mercancía asignada.
Responsabilidad y control de la cadena de frío para la conservación óptima de la
mercancía. Elaboración y análisis de informes.
Participación en la implantación y mejora de procesos.
Supervisión de la atención de reclamaciones, requerimientos de organismos públicos
y privados y departamentos internos.
Mantenimiento y reparación de maquinaria e instalación.
Grupo profesional IV: Profesionales.
Se integra en este Grupo profesional el personal que realiza tareas y/o funciones
siguiendo un método de trabajo y bajo instrucciones concretas, con un grado de
dependencia jerárquica y funcional, que pueden requerir esfuerzo físico y/o atención, y
cuya responsabilidad está limitada por una supervisión directa. El trabajo está
normalizado y estandarizado, los procedimientos uniformados y existen instrucciones
directamente aplicables, exigiéndose iniciativa o aportación personal para completar y
ajustar las normas al trabajo concreto. La información necesaria para la realización del
trabajo es obtenida de forma directa e inmediata. El puesto exige el conocimiento de las
normas de seguridad básicas inherentes al mismo. El personal adscrito al presente
grupo forma parte del colectivo denominado plantilla base.
Actividades. En este Grupo profesional se incluyen todas las actividades que, por
analogía, son asimilables a las siguientes, adaptadas en su caso a las nuevas
tecnologías y evolución de las necesidades del mercado:
Carga, descarga y recepción de mercancía.
Transporte, preparación y reparto de mercancía.
Colocación de mercancía en lineales y puntos de almacenamiento.
Cuidado y revisión de los instrumentos de trabajo y del entorno de trabajo.

cve: BOE-A-2023-14204
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 141