III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servidumbres aeronáuticas. (BOE-A-2023-14198)
Real Decreto 520/2023, de 13 de junio, por el que se modifican las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Girona (Girona).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Miércoles 14 de junio de 2023
Segundo.
Sec. III. Pág. 84673
Clasificación del aeropuerto.
El aeropuerto de Girona se clasifica como aeródromo de letra de clave «B» a efectos
de aplicación de las servidumbres indicadas en el apartado anterior en cumplimiento de
lo que dispone el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.
Tercero. Coordenadas y cotas del punto de referencia, umbrales e instalaciones
radioeléctricas.
Las coordenadas y cotas del punto de referencia (PR), de los umbrales y de las
instalaciones radioeléctricas, utilizadas a efectos del cálculo de las servidumbres
aeronáuticas, se determinan en coordenadas geográficas ETRS89, con origen en el
meridiano de Greenwich, y sus elevaciones en metros sobre el nivel medio del mar en
Alicante.
A tales efectos se considera:
a)
Punto de referencia para el cálculo de las servidumbres de aeródromo.
El punto de referencia queda determinado por las coordenadas geográficas
siguientes: latitud Norte, 41° 54’ 19,110’’; longitud Este 02° 45’ 43,880’’. La altitud del
punto de referencia es de 136 metros.
La elevación utilizada como referencia para el cálculo de la superficie horizontal
interna se corresponde con la elevación del punto de referencia (PR).
b)
Pista de vuelo.
La pista de vuelo 01/19 tiene una longitud de 2.400 metros por 45 de anchura, y
queda definida por las coordenadas de sus umbrales y extremos de pista:
Umbral 01: latitud Norte 41° 53’ 41,690’’; longitud Este 02° 45’ 29,730’’;
altitud 123,0 metros.
Extremo de pista 01: latitud Norte 41° 54’ 56,520’’; longitud Este 02° 45’ 58,030’’;
altitud 143,0 metros.
Umbral 19: latitud Norte 41° 54’ 51,560’’; longitud Este 02° 45’ 56,160’’;
altitud 143,0 metros.
Extremo de pista 19: latitud Norte 41° 53’ 41,690’’; longitud Este 02° 45’ 29,730’’;
altitud 123,0 metros.
La pista dispone de Zonas Libres de Obstáculos (CWY) cuyas dimensiones son
de 60x150 metros.
Las cotas más altas de las Zonas Libres de Obstáculos coinciden con las cotas de
los extremos de pista correspondiente.
1.ª Centro de emisores y receptores VHF/UHF (TWR LEGE): latitud
Norte 41° 53’ 57,548’’; longitud Este 02° 45’ 53,669’’; altitud 156,3 metros. Ubicado en el
término municipal de Vilobí d’Onyar.
2.ª Radiogoniómetro VHF (VDF LEGE): latitud Norte 41° 53’ 57,548’’; longitud
Este 02° 45’ 53,669’’; altitud 156,3 metros. Ubicado en el término municipal de Vilobí
d’Onyar.
3.ª Centro de emisores VHF/UHF (EMI eeGER): latitud Norte 41° 54’ 20,596’’;
longitud Este 02° 46’ 10,864’’; altitud 159,0 metros. Ubicado en el término municipal de
Vilobí d’Onyar.
4.ª Equipo localizador del sistema de aterrizaje instrumental (LOC IGN): latitud
Norte 41° 53’ 32,294’’; longitud Este 02° 45’ 26,177’’; altitud 121,8 metros. Ubicado en el
término municipal de Vilobí d’Onyar.
cve: BOE-A-2023-14198
Verificable en https://www.boe.es
c) Las instalaciones radioeléctricas de este aeródromo son las que a continuación
se relacionan:
Núm. 141
Miércoles 14 de junio de 2023
Segundo.
Sec. III. Pág. 84673
Clasificación del aeropuerto.
El aeropuerto de Girona se clasifica como aeródromo de letra de clave «B» a efectos
de aplicación de las servidumbres indicadas en el apartado anterior en cumplimiento de
lo que dispone el Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.
Tercero. Coordenadas y cotas del punto de referencia, umbrales e instalaciones
radioeléctricas.
Las coordenadas y cotas del punto de referencia (PR), de los umbrales y de las
instalaciones radioeléctricas, utilizadas a efectos del cálculo de las servidumbres
aeronáuticas, se determinan en coordenadas geográficas ETRS89, con origen en el
meridiano de Greenwich, y sus elevaciones en metros sobre el nivel medio del mar en
Alicante.
A tales efectos se considera:
a)
Punto de referencia para el cálculo de las servidumbres de aeródromo.
El punto de referencia queda determinado por las coordenadas geográficas
siguientes: latitud Norte, 41° 54’ 19,110’’; longitud Este 02° 45’ 43,880’’. La altitud del
punto de referencia es de 136 metros.
La elevación utilizada como referencia para el cálculo de la superficie horizontal
interna se corresponde con la elevación del punto de referencia (PR).
b)
Pista de vuelo.
La pista de vuelo 01/19 tiene una longitud de 2.400 metros por 45 de anchura, y
queda definida por las coordenadas de sus umbrales y extremos de pista:
Umbral 01: latitud Norte 41° 53’ 41,690’’; longitud Este 02° 45’ 29,730’’;
altitud 123,0 metros.
Extremo de pista 01: latitud Norte 41° 54’ 56,520’’; longitud Este 02° 45’ 58,030’’;
altitud 143,0 metros.
Umbral 19: latitud Norte 41° 54’ 51,560’’; longitud Este 02° 45’ 56,160’’;
altitud 143,0 metros.
Extremo de pista 19: latitud Norte 41° 53’ 41,690’’; longitud Este 02° 45’ 29,730’’;
altitud 123,0 metros.
La pista dispone de Zonas Libres de Obstáculos (CWY) cuyas dimensiones son
de 60x150 metros.
Las cotas más altas de las Zonas Libres de Obstáculos coinciden con las cotas de
los extremos de pista correspondiente.
1.ª Centro de emisores y receptores VHF/UHF (TWR LEGE): latitud
Norte 41° 53’ 57,548’’; longitud Este 02° 45’ 53,669’’; altitud 156,3 metros. Ubicado en el
término municipal de Vilobí d’Onyar.
2.ª Radiogoniómetro VHF (VDF LEGE): latitud Norte 41° 53’ 57,548’’; longitud
Este 02° 45’ 53,669’’; altitud 156,3 metros. Ubicado en el término municipal de Vilobí
d’Onyar.
3.ª Centro de emisores VHF/UHF (EMI eeGER): latitud Norte 41° 54’ 20,596’’;
longitud Este 02° 46’ 10,864’’; altitud 159,0 metros. Ubicado en el término municipal de
Vilobí d’Onyar.
4.ª Equipo localizador del sistema de aterrizaje instrumental (LOC IGN): latitud
Norte 41° 53’ 32,294’’; longitud Este 02° 45’ 26,177’’; altitud 121,8 metros. Ubicado en el
término municipal de Vilobí d’Onyar.
cve: BOE-A-2023-14198
Verificable en https://www.boe.es
c) Las instalaciones radioeléctricas de este aeródromo son las que a continuación
se relacionan: