I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Hacienda. (BOE-A-2023-14052)
Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Miércoles 14 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 84348
Si las referencias se expresaran con indicación de la numeración de un determinado
artículo en la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón o en el texto
refundido aprobado por Decreto legislativo 1/2000, de 29 de junio, se entenderán
sustituidas por la numeración que corresponda a dicho artículo en el texto refundido de la
Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición derogatoria.
Derogación normativa.
Quedan derogados el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Aragón aprobado por Decreto legislativo 1/2000, de 29 de junio; el
artículo 17 de la Ley 13/2009, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias de la
Comunidad Autónoma de Aragón; el artículo 34 de la Ley 3/2012, de 8 de marzo, de
Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón; el artículo 28
de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la
Comunidad Autónoma de Aragón; el artículo primero del Decreto-ley 3/2018, de 13 de
julio, del Gobierno de Aragón, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto
dependientes de financiación externa; la Disposición final primera de la Ley 1/2021,
de 11 de febrero, de simplificación administrativa; la Disposición final segunda de la
Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público
Autonómico de Aragón y el artículo 13 de la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y
desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.
Disposición final primera.
Desarrollo reglamentario.
Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones reglamentarias
necesarias para el desarrollo y ejecución de este texto refundido de la Ley de Hacienda
de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
Este Decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
Zaragoza, 17 de mayo de 2023.–El Presidente del Gobierno de Aragón, Javier
Lambán Montañés.–El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Carlos Pérez
Anadón.
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ARAGÓN
TÍTULO PRELIMINAR
Principios generales
CAPÍTULO I
Artículo 1.
Régimen jurídico.
1. La administración y contabilidad de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Aragón se regirán por lo dispuesto en esta Ley, por las leyes especiales en la materia y
por los preceptos contenidos en la Ley de Presupuestos para cada ejercicio económico.
2. En defecto de norma directamente aplicable, regirán las de derecho
administrativo propias de la Comunidad Autónoma y, en defecto de éstas, las específicas
que sobre la materia constituyan parte del derecho estatal.
cve: BOE-A-2023-14052
Verificable en https://www.boe.es
Principios generales
Núm. 141
Miércoles 14 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 84348
Si las referencias se expresaran con indicación de la numeración de un determinado
artículo en la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón o en el texto
refundido aprobado por Decreto legislativo 1/2000, de 29 de junio, se entenderán
sustituidas por la numeración que corresponda a dicho artículo en el texto refundido de la
Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición derogatoria.
Derogación normativa.
Quedan derogados el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad
Autónoma de Aragón aprobado por Decreto legislativo 1/2000, de 29 de junio; el
artículo 17 de la Ley 13/2009, de 30 de diciembre, de Medidas Tributarias de la
Comunidad Autónoma de Aragón; el artículo 34 de la Ley 3/2012, de 8 de marzo, de
Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón; el artículo 28
de la Ley 10/2012, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la
Comunidad Autónoma de Aragón; el artículo primero del Decreto-ley 3/2018, de 13 de
julio, del Gobierno de Aragón, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto
dependientes de financiación externa; la Disposición final primera de la Ley 1/2021,
de 11 de febrero, de simplificación administrativa; la Disposición final segunda de la
Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público
Autonómico de Aragón y el artículo 13 de la Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y
desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa.
Disposición final primera.
Desarrollo reglamentario.
Se faculta al Gobierno de Aragón para dictar las disposiciones reglamentarias
necesarias para el desarrollo y ejecución de este texto refundido de la Ley de Hacienda
de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
Este Decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón entrará en vigor el día siguiente al de
su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
Zaragoza, 17 de mayo de 2023.–El Presidente del Gobierno de Aragón, Javier
Lambán Montañés.–El Consejero de Hacienda y Administración Pública, Carlos Pérez
Anadón.
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE HACIENDA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ARAGÓN
TÍTULO PRELIMINAR
Principios generales
CAPÍTULO I
Artículo 1.
Régimen jurídico.
1. La administración y contabilidad de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Aragón se regirán por lo dispuesto en esta Ley, por las leyes especiales en la materia y
por los preceptos contenidos en la Ley de Presupuestos para cada ejercicio económico.
2. En defecto de norma directamente aplicable, regirán las de derecho
administrativo propias de la Comunidad Autónoma y, en defecto de éstas, las específicas
que sobre la materia constituyan parte del derecho estatal.
cve: BOE-A-2023-14052
Verificable en https://www.boe.es
Principios generales