I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Hacienda. (BOE-A-2023-14052)
Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Miércoles 14 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 84347

reglamentarias dictadas en aplicación y desarrollo de éstas que resulten incompatibles
con la refundición efectuada.
Esta misma habilitación se contempla en la disposición final segunda de la
Ley 2/2022, de 19 de mayo, de aplicación y desarrollo de la Ley 1/2021, de 11 de
febrero, de simplificación administrativa, estableciendo un nuevo plazo máximo de un
año desde su entrada en vigor para que el Gobierno de Aragón apruebe el texto
refundido de la Ley de Hacienda de Aragón. La elaboración de este texto refundido
responde a dicho mandato, dentro del plazo de un año fijado en la citada disposición.
De acuerdo con dicha habilitación, se ha procedido a elaborar este texto refundido,
en el que se recopilan las normas que han modificado el vigente. A la vista de estas
modificaciones, se ha procedido a ajustar la numeración de los artículos, y, por lo tanto,
las remisiones y concordancias entre ellos. Asimismo, se han actualizado las remisiones
normativas a disposiciones que ya no se encuentran en vigor e igualmente se han
introducido los cambios requeridos para la regularización, aclaración y armonización de
los textos legales refundidos, teniendo presente que la capacidad de innovación a través
de este texto puede llegar a tales supuestos, por cuanto la autorización al Gobierno de
Aragón no se circunscribe a la mera formulación de un texto único. Finalmente, se ha
revisado el texto para conseguir un uso integrador y no sexista del lenguaje, siguiendo
los criterios marcados por la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades
entre mujeres y hombres en Aragón.
En el ejercicio de esta iniciativa legislativa se ha actuado de acuerdo con los
principios de buena regulación comprendidos en el artículo 39 del texto refundido de la
Ley del Presidente y Presidenta y del Gobierno de Aragón aprobado por Decreto
Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón. Así con la aprobación de este
texto refundido se da plena satisfacción a todos ellos: necesidad, por la necesidad de
tener un texto único con todas las modificaciones legislativas incorporadas al mismo,
eficacia y proporcionalidad al tener una norma jurídica comprensiva de esta materia,
seguridad jurídica al seguirse el procedimiento reglado y adecuado a la finalidad
pretendida, eficiencia al conseguir una norma con mayor claridad al refundirse en un
mismo texto todas las innovaciones normativas y transparencia al ser objeto de
publicación en el Portal de Transparencia del Gobierno de Aragón todos los informes y
trámites realizados.
En la tramitación de esta norma se ha efectuado consulta a los Departamentos del
Gobierno de Aragón y se han evacuado los informes preceptivos de la Secretaría
General Técnica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, de la
Dirección General de Servicios Jurídicos y del Consejo Consultivo de Aragón, siguiendo
el procedimiento previsto para los Decretos Legislativos en el texto refundido de la Ley
del Presidente o Presidenta y del Gobierno de Aragón, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, de
acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Aragón, y previa deliberación del
Gobierno de Aragón en su reunión de 17 de mayo de 2023,
DISPONGO:
Aprobación del texto refundido.

Se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de
Aragón, que se inserta a continuación.
Disposición adicional única.

Remisiones.

Todas las referencias que se contengan en disposiciones legales y reglamentarias a
la Ley 4/1986, de 4 de junio, de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón o al
texto refundido aprobado por Decreto legislativo 1/2000, de 29 de junio, se entenderán
hechas al texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.

cve: BOE-A-2023-14052
Verificable en https://www.boe.es

Artículo único.