III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Lucha contra la corrupción. (BOE-A-2023-14032)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se implanta el Sistema interno de información, en el ámbito del Ministerio de Política Territorial.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
1.5
Sec. III. Pág. 84166
Responsable del Sistema interno de información.
1. La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e
Inspección de Servicios será la Responsable del Sistema interno de información, y de la
tramitación diligente del procedimiento de gestión de informaciones, conforme a lo
establecido en el artículo 9.1. de la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
2. La persona Responsable del Sistema interno de Información dispondrá de
medios personales y materiales suficientes para desarrollar sus funciones y no podrá
recibir instrucción alguna en el ejercicio de sus competencias. Asimismo, la persona
Responsable del Sistema tendrá la obligación de guardar secreto sobre las
informaciones que conozca con ocasión del ejercicio de sus funciones.
3. Se notificará quien es la persona física Responsable del Sistema interno de
Información, a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I), una vez
que esta se constituya, en el plazo de los 10 días hábiles siguientes, especificando, en el
caso de su cese, las razones que han justificado el mismo.
4. Asimismo, en caso de que, en la persona Responsable del Sistema interno de
información, concurriese una de las causas de abstención contempladas en el
artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o en caso de vacante, ausencia o
enfermedad, se seguirán las normas generales de aplicación en estos supuestos con
pleno respeto a las garantías y principios recogidos en esta resolución.
2.
2.1
Estrategia del sistema interno de información
Principios generales del Sistema de información.
a) Proporcionar información apropiada y clara relativa al uso de los canales
integrados en el sistema.
b) Permitir la presentación de informaciones por escrito a través de medios
electrónicos, a través de la plataforma habilitada a tal efecto y que constituya un canal
seguro y fácilmente accesible.
c) Garantizar la confidencialidad de la información y de la identidad de la persona
informante, aplicando mecanismos y medidas técnicas y funcionales de seguridad y
confidencialidad para la protección, el control de acceso solamente a personal
autorizado, la anonimización de los datos personales identificativos de las personas
informantes y de terceros, así como su custodia cifrada.
d) Asegurar que el tratamiento de datos personales se realiza de conformidad con
su normativa reguladora.
e) Permitir a la persona informante indicar sus datos de contacto a efectos de
recibir las correspondientes notificaciones.
f) Llevar un libro-registro de todas las informaciones recibidas y de las
investigaciones a que haya lugar con las garantías contempladas en el apartado 3.2.
g) Identificará a la persona Responsable del Sistema de información.
h) Establecer campos de información mínima estructurada. Contemplar los campos
mínimos de información, que permitan la clasificación de la naturaleza de la materia
normativa afectada, mantener el seguimiento del estado de la información y del escalado
a otros órganos de investigación, de manera que se puedan satisfacer los requisitos de
información y seguimiento del caso tanto a la persona informante como a la Unión
Europea.
i) Ofrecer la posibilidad de adjuntar la documentación oportuna y habilitar un medio
de subsanar errores en la misma.
j) Poner en conocimiento de la persona informante, del órgano o Administración
que, a juicio de la persona Responsable del Sistema de gestión, sería competente en los
casos en los que la denuncia fuera ajena a las competencias del Ministerio de Política
cve: BOE-A-2023-14032
Verificable en https://www.boe.es
1. El Sistema interno de información del Ministerio de Política Territorial se
fundamenta en los siguientes principios:
Núm. 140
Martes 13 de junio de 2023
1.5
Sec. III. Pág. 84166
Responsable del Sistema interno de información.
1. La persona titular de la Subdirección General de Recursos Humanos e
Inspección de Servicios será la Responsable del Sistema interno de información, y de la
tramitación diligente del procedimiento de gestión de informaciones, conforme a lo
establecido en el artículo 9.1. de la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
2. La persona Responsable del Sistema interno de Información dispondrá de
medios personales y materiales suficientes para desarrollar sus funciones y no podrá
recibir instrucción alguna en el ejercicio de sus competencias. Asimismo, la persona
Responsable del Sistema tendrá la obligación de guardar secreto sobre las
informaciones que conozca con ocasión del ejercicio de sus funciones.
3. Se notificará quien es la persona física Responsable del Sistema interno de
Información, a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I), una vez
que esta se constituya, en el plazo de los 10 días hábiles siguientes, especificando, en el
caso de su cese, las razones que han justificado el mismo.
4. Asimismo, en caso de que, en la persona Responsable del Sistema interno de
información, concurriese una de las causas de abstención contempladas en el
artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, o en caso de vacante, ausencia o
enfermedad, se seguirán las normas generales de aplicación en estos supuestos con
pleno respeto a las garantías y principios recogidos en esta resolución.
2.
2.1
Estrategia del sistema interno de información
Principios generales del Sistema de información.
a) Proporcionar información apropiada y clara relativa al uso de los canales
integrados en el sistema.
b) Permitir la presentación de informaciones por escrito a través de medios
electrónicos, a través de la plataforma habilitada a tal efecto y que constituya un canal
seguro y fácilmente accesible.
c) Garantizar la confidencialidad de la información y de la identidad de la persona
informante, aplicando mecanismos y medidas técnicas y funcionales de seguridad y
confidencialidad para la protección, el control de acceso solamente a personal
autorizado, la anonimización de los datos personales identificativos de las personas
informantes y de terceros, así como su custodia cifrada.
d) Asegurar que el tratamiento de datos personales se realiza de conformidad con
su normativa reguladora.
e) Permitir a la persona informante indicar sus datos de contacto a efectos de
recibir las correspondientes notificaciones.
f) Llevar un libro-registro de todas las informaciones recibidas y de las
investigaciones a que haya lugar con las garantías contempladas en el apartado 3.2.
g) Identificará a la persona Responsable del Sistema de información.
h) Establecer campos de información mínima estructurada. Contemplar los campos
mínimos de información, que permitan la clasificación de la naturaleza de la materia
normativa afectada, mantener el seguimiento del estado de la información y del escalado
a otros órganos de investigación, de manera que se puedan satisfacer los requisitos de
información y seguimiento del caso tanto a la persona informante como a la Unión
Europea.
i) Ofrecer la posibilidad de adjuntar la documentación oportuna y habilitar un medio
de subsanar errores en la misma.
j) Poner en conocimiento de la persona informante, del órgano o Administración
que, a juicio de la persona Responsable del Sistema de gestión, sería competente en los
casos en los que la denuncia fuera ajena a las competencias del Ministerio de Política
cve: BOE-A-2023-14032
Verificable en https://www.boe.es
1. El Sistema interno de información del Ministerio de Política Territorial se
fundamenta en los siguientes principios: