I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Especies amenazadas. (BOE-A-2023-13967)
Decreto-ley 1/2023, de 30 de enero, de medidas extraordinarias y urgentes para la protección de la lagartija pitiusa (Podarcis pityusensis) y la lagartija balear (Podarcis lilfordi) y para la prevención y lucha contra las especies de la familia Colubridae sensu lato.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 83955

predadores introducidos que, en muchos casos, ha tenido como consecuencia una
disminución de las poblaciones de las especies nativas, e incluso su extinción.
Actualmente, la introducción de especies invasoras es especialmente preocupante
debido al incremento del comercio, de las comunicaciones y del turismo, que facilitan la
entrada intencionada o accidental de numerosas especies de animales y plantas
alóctonas; algunas de ellas se establecen en el medio natural y pueden convertirse en
invasoras.
Las especies invasoras son una de las mayores amenazas para la biodiversidad en
todo el mundo. Según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza
(International Union for Conservation of Nature), las invasiones biológicas son la
segunda causa de desaparición de especies a nivel mundial. La introducción de estas
especies invasoras genera crecientes problemas económicos, ecológicos e incluso de
salud pública en todo el planeta. Por ello, en la actualidad, su control es una de las líneas
prioritarias de actuación para la conservación del medio natural.
La gravedad de este factor queda reflejada en varios textos de referencia
internacional, como son el Convenio de Conservación de la Diversidad Biológica
(Naciones Unidas, 1992), ratificado por España en 1993, que prevé en su artículo 8.h)
que «cada parte contratante, en la medida de sus posibilidades, debe impedir que se
introduzcan, debe controlar o erradicar las especies exóticas que amenazan a los
ecosistemas, los hábitats o las especies»; o la Estrategia Europea sobre Especies
Exóticas Invasoras, elaborada por el Consejo de Europa en 2004, en la que se propone
la prohibición de introducción de especies no nativas en el medio natural, el
establecimiento de medidas preventivas y la puesta en marcha de programas para
controlar las medidas que deben ser adoptadas por los Estados miembros.
En el ámbito de la Unión Europea, la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves
silvestres y la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la
conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, prevén que los
Estados miembros deben regular la introducción de especies no autóctonas dentro de su
territorio. Esta problemática y la necesidad de una respuesta urgente a nivel comunitario
también se ha tratado en otros documentos, como la «Comunicación de la Comisión al
Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de
las Regiones hacia una Estrategia de la UE sobre especies invasoras», de 3 de
diciembre de 2008, o posteriormente con la aprobación del Reglamento (UE)
núm. 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre
la prevención y gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras.
Más recientemente, la denominada Estrategia de la UE sobre biodiversidad 2030
[Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030. Reintegrar la naturaleza en
nuestras vidas. Comunicación de la Comisión europea de 20 de mayo de 2020COM(2020) 380 final] también identifica a las especies exóticas invasoras como una de
las principales causas de la pérdida de biodiversidad y establece una serie de objetivos y
compromisos a alcanzar de aquí al año 2030.
Este fenómeno se agrava al hablar de hábitats y ecosistemas especialmente
vulnerables como son los medios insulares; en estos casos, las particulares condiciones
ecológicas bajo las que han evolucionado los organismos insulares provoca que el
impacto negativo de las invasiones biológicas y la introducción de especies alóctonas
sea aún mayor que en los continentes, siendo el principal factor de extinción de especies
de vertebrados.
III
Es importante mencionar la gran inquietud que ha despertado en la opinión pública
de las Illes Balears la presencia de especies invasoras, de la que son indicadoras las
iniciativas parlamentarias y de los consejos insulares sobre la materia y las numerosas y
reiteradas noticias publicadas en los medios de comunicación, así como la implicación

cve: BOE-A-2023-13967
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