III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-13934)
Resolución de 5 de junio de 2023, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la creación de la Cátedra Extraordinaria "Filosofía Social de la Discriminación Corporal".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Lunes 12 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 83544

c) Habilitará la sede de la Cátedra en la Facultad de Filosofía y Letras de la
Universidad de Granada, sin perjuicio de que las actividades objeto del presente
Convenio puedan realizarse en otras instalaciones propias de la Universidad, del
Inmujeres o en otro espacio que se determine, siempre de común acuerdo escrito por
ambas entidades.
d) Establecerá, en su caso, los mecanismos de reconocimiento académico de los
cursos o asignaturas impartidos en la «Cátedra Extraordinaria de Filosofía Social de la
Discriminación Corporal», en los términos previstos en la normativa que resulte de
aplicación.
e) Difundirá la participación y colaboración de Inmujeres en todas las actividades
que se realicen en el marco de la Cátedra, por los medios que ambas partes acuerden.
f) Otorgará reconocimiento institucional a Inmujeres.
2.

Compromisos de Inmujeres:

a) Colaborará con las actividades que desarrolle el programa de la Cátedra, con
una aportación económica de sesenta mil euros (60.000 euros), distribuida en 3
anualidades (2023-2025), para su financiación, en la que se incluirá el abono de los
gastos de dirección, subdirección, secretaría, gestión, administración, ponencias,
elaboración materiales didácticos y audiovisuales, impartición y elaboración de lecciones,
encuestas, estudios, elaboración de informes, organización de conferencias, seminarios
y congresos, y todos aquellos otros necesarios para la realización de las actividades del
presente convenio que no correspondan a la Universidad de Granada.
b) Prestará asistencia técnica en las fases de desarrollo y ejecución de las
actividades de la Cátedra, colaborando con su personal.
c) Prestará asesoramiento a la Dirección de la Cátedra y a la comisión mixta de
seguimiento cuando sea requerido por éstas.
d) Cooperará en materia de gestión del uso compartido de espacios para la
realización de las actividades de la Cátedra.
e) Facilitará información sobre recursos, medios y programas específicos que
puedan ser de interés para el desarrollo de las diferentes actividades.
f) Difundirá su participación y colaboración en todas las actividades que se realicen
en el marco de la Cátedra, en los soportes habituales que utilicen para sus actividades.
g) Presentará un informe anual a la comisión mixta de seguimiento de las
actuaciones realizadas en el desarrollo del presente convenio, en las fechas de
justificación establecidas en la cláusula sexta del presente convenio.
Tercera. Programa de actividades de la cátedra.
El programa de actividades de la Cátedra abordará las siguientes actuaciones:

a. Organización de jornadas de divulgación técnica y tecnológica.
b. Promoción de encuentros nacionales e internacionales.
c. Publicaciones sobre temas de interés en el ámbito de la Cátedra.
d. Divulgación de las actividades de la Cátedra.
d) Estudios específicos.
e) Actividades de investigación y trasferencia de resultados de investigación.
Cuarta.

Estructura de la cátedra.

La Cátedra contará con una Comisión Mixta de Seguimiento que nombrará la
persona titular de la Dirección de la misma entre el personal docente e investigador de la

cve: BOE-A-2023-13934
Verificable en https://www.boe.es

a) El desarrollo de cursos y seminarios.
b) Formación especializada.
c) Actividades de difusión: