III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2023-13934)
Resolución de 5 de junio de 2023, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la creación de la Cátedra Extraordinaria "Filosofía Social de la Discriminación Corporal".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Lunes 12 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 83543
estableciéndose como tipo de convenio de los recogidos en el artículo 47.2.a) de la
Ley 40/2015, y en la Normativa para la creación de cátedras y aulas institucionales y de
empresa de la Universidad de Granada aprobada por el Consejo de Gobierno, en sesión
extraordinaria de 15 de diciembre de 2017.
VIII. Que se atiende a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
cumpliendo con los requisitos de validez y eficacia recogidos en su artículo 48,
determinándose, entre otras cuestiones, que la suscripción de este convenio no supone
la cesión de la titularidad de la competencia, y que su suscripción mejora la eficiencia de
la gestión pública y la utilización conjunta de medios y servicios públicos contribuyendo a
la realización de actividades de utilidad pública.
Igualmente, se establece que los compromisos adquiridos deben ser financieramente
sostenibles, por tanto, para la realización del objeto de este convenio, debe existir crédito
adecuado y suficiente en los presupuestos del periodo 2023-2025 del Instituto de las
Mujeres, así como la garantía de la capacidad financiera sobre los compromisos
asumidos por la Universidad de Granada para el mismo período 2023-2025.
Así, las aportaciones de ambas partes para los ejercicios 2023, 2024 y 2025 quedan
condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en cada uno de estos
años en los términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y
complementarios, deciden unir sus esfuerzos y acuerdan suscribir el presente convenio a
fin de mejorar sus respectivos cometidos, para lo cual formalizan el presente documento
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Este convenio tiene por objeto la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Filosofía
Social de la Discriminación Corporal» (en adelante la Cátedra), de acuerdo con lo
establecido en la Normativa para la creación de cátedras y aulas institucionales y de
empresa de la Universidad de Granada aprobada por el Consejo de Gobierno, en sesión
extraordinaria de 15 de diciembre de 2017.
La Cátedra ha de entenderse como foro para la ejecución de actividades docentes,
académicas e investigadoras afectas a un campo del conocimiento como es la
identificación de la discriminación, tanto en hombres como mujeres, relacionadas con el
aspecto físico en los diferentes ámbitos de la vida política, civil, laboral, económica,
social y cultural, entre el Instituto de las Mujeres y la Universidad de Granada.
Segunda.
Compromisos de la Universidad de Granada:
a) Realizará la aportación en especie al presente convenio, que está estimada
en 60.000 euros, distribuida en tres anualidades (2023-2025). Dicha aportación se
materializa con la puesta a disposición de la Cátedra Extraordinaria «Filosofía Social de
la Discriminación Corporal» de la infraestructura necesaria de todo orden para su
realización, en la que incluirá aulas y salas adecuadas, espacios web, personal técnico y
de apoyo, realización de los actos protocolarios e institucionales, materiales didácticos e
informativos, material informático y audiovisual y otros que se precise, con el desglose
establecido en el anexo I de este Convenio.
b) El Departamento de Filosofía I de la Facultad de Filosofía y Letras de la
Universidad de Granada será el responsable de la gestión económica de los fondos de la
Cátedra, así como de la ejecución y justificación de los gastos, de acuerdo con las
normas y procedimientos propios y la normativa general vigente.
cve: BOE-A-2023-13934
Verificable en https://www.boe.es
1.
Compromisos de las partes.
Núm. 139
Lunes 12 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 83543
estableciéndose como tipo de convenio de los recogidos en el artículo 47.2.a) de la
Ley 40/2015, y en la Normativa para la creación de cátedras y aulas institucionales y de
empresa de la Universidad de Granada aprobada por el Consejo de Gobierno, en sesión
extraordinaria de 15 de diciembre de 2017.
VIII. Que se atiende a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
cumpliendo con los requisitos de validez y eficacia recogidos en su artículo 48,
determinándose, entre otras cuestiones, que la suscripción de este convenio no supone
la cesión de la titularidad de la competencia, y que su suscripción mejora la eficiencia de
la gestión pública y la utilización conjunta de medios y servicios públicos contribuyendo a
la realización de actividades de utilidad pública.
Igualmente, se establece que los compromisos adquiridos deben ser financieramente
sostenibles, por tanto, para la realización del objeto de este convenio, debe existir crédito
adecuado y suficiente en los presupuestos del periodo 2023-2025 del Instituto de las
Mujeres, así como la garantía de la capacidad financiera sobre los compromisos
asumidos por la Universidad de Granada para el mismo período 2023-2025.
Así, las aportaciones de ambas partes para los ejercicios 2023, 2024 y 2025 quedan
condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en cada uno de estos
años en los términos previstos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General
Presupuestaria.
Ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y
complementarios, deciden unir sus esfuerzos y acuerdan suscribir el presente convenio a
fin de mejorar sus respectivos cometidos, para lo cual formalizan el presente documento
con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
Este convenio tiene por objeto la creación de la «Cátedra Extraordinaria de Filosofía
Social de la Discriminación Corporal» (en adelante la Cátedra), de acuerdo con lo
establecido en la Normativa para la creación de cátedras y aulas institucionales y de
empresa de la Universidad de Granada aprobada por el Consejo de Gobierno, en sesión
extraordinaria de 15 de diciembre de 2017.
La Cátedra ha de entenderse como foro para la ejecución de actividades docentes,
académicas e investigadoras afectas a un campo del conocimiento como es la
identificación de la discriminación, tanto en hombres como mujeres, relacionadas con el
aspecto físico en los diferentes ámbitos de la vida política, civil, laboral, económica,
social y cultural, entre el Instituto de las Mujeres y la Universidad de Granada.
Segunda.
Compromisos de la Universidad de Granada:
a) Realizará la aportación en especie al presente convenio, que está estimada
en 60.000 euros, distribuida en tres anualidades (2023-2025). Dicha aportación se
materializa con la puesta a disposición de la Cátedra Extraordinaria «Filosofía Social de
la Discriminación Corporal» de la infraestructura necesaria de todo orden para su
realización, en la que incluirá aulas y salas adecuadas, espacios web, personal técnico y
de apoyo, realización de los actos protocolarios e institucionales, materiales didácticos e
informativos, material informático y audiovisual y otros que se precise, con el desglose
establecido en el anexo I de este Convenio.
b) El Departamento de Filosofía I de la Facultad de Filosofía y Letras de la
Universidad de Granada será el responsable de la gestión económica de los fondos de la
Cátedra, así como de la ejecución y justificación de los gastos, de acuerdo con las
normas y procedimientos propios y la normativa general vigente.
cve: BOE-A-2023-13934
Verificable en https://www.boe.es
1.
Compromisos de las partes.