III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2023-13907)
Resolución 420/38227/2023, de 2 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Aragón, para el desarrollo de acciones conjuntas en materia de formación profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Lunes 12 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 83411

operadas en el puesto de trabajo, así como al desarrollo de planes y acciones formativas
tendentes a favorecer la empleabilidad.
Séptimo.
Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el
artículo 39.2 que la Formación Profesional, en el sistema educativo, tiene por finalidad
preparar al alumnado para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación
a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, contribuir a
su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática y pacífica, y permitir
su progresión en el sistema educativo, en el marco del aprendizaje a lo largo de la vida.
Octavo.
Que el Estatuto de Autonomía de Aragón indica, en su artículo 73, que corresponde
a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida en enseñanza en toda
su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que en todo caso incluye
la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su
programación, inspección y evaluación. La competencia en materia de enseñanza no
universitaria corresponde al Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo
al Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, que en su artículo 1
establece las competencias que corresponden al Departamento de Educación, Cultura y
Deporte entre las cuales se encuentra en su apartado 2 r) «El desarrollo de un sistema
integrado de Cualificaciones y Formación Profesional que promueva la incorporación de
los ciudadanos a la formación a lo largo de la vida». En el artículo 10, punto 1 de la
misma norma se indica que corresponden la Dirección General de Innovación y
Formación Profesional, de acuerdo con su apartado ñ) «El desarrollo de acciones
relativas al Plan Aragonés de Formación Profesional encomendadas al Departamento, la
definición de la red de centros y enseñanzas de Formación Profesional y deportivas», y
según su apartado q, «La coordinación de las actuaciones dirigidas a la creación y
consolidación de los sistemas integrados de Cualificaciones y Formación Profesional y
de orientación profesional en Aragón previstos en la Ley 2/2019, de 21 de febrero, de
Aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón».
Noveno.
Que es propósito de ambas partes seguir estableciendo acuerdos concretos de
colaboración mutua en el ámbito de la formación profesional, así como cualquier otra
actividad, colaboración o intercambio que sea de común utilidad, y de manera particular
los que contribuyan a la integración y promoción socio laboral de los militares de tropa y
marinería al finalizar el compromiso con las Fuerzas Armadas.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de
Defensa y el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón,
para el desarrollo de actividades que complementen la formación, promoción y
adecuación específica de los militares profesionales a puestos de trabajo en el ámbito
laboral civil, para continuar con su vida laboral activa al abandonar las Fuerzas Armadas
(FAS), en especial para los militares profesionales de tropa y marinería con una relación
de servicios de carácter temporal y los reservistas de especial disponibilidad (RED).

cve: BOE-A-2023-13907
Verificable en https://www.boe.es

Primera.