III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-13945)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, por la que se incoa expediente para la declaración de la Villa Romana de Andayón o de La Estaca, en el concejo de Las Regueras, como bien de interés cultural.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Lunes 12 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 83588

Tercero. Vista la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre
Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.
Cuarto. En lo relativo a las competencias, es de aplicación el Decreto 13/2019,
de 24 de julio, del Presidente del Principado de Asturias, de reestructuración de las
Consejerías que integran la Administración de la Comunidad Autónoma; el
Decreto 86/2019, de 30 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica
de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo, y la Ley 6/1984, de 5 de julio,
del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de Derecho, resuelvo:
Primero.
Incoar expediente administrativo para declarar bien de interés cultural con la
categoría de zona arqueológica, la villa romana de Andayón o de La Estaca, situada en
el concejo de Las Regueras, según la descripción que consta en el anexo I de esta
resolución, que forma parte de la misma.
Segundo.
Delimitar un entorno de protección conforme a lo dispuesto en el artículo 16.2 de la
Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, según la
descripción literal y gráfica que se concreta en el anexo II de la presente resolución, que
forma parte de la misma.
Tercero.
Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la
Administración del Estado, al Ayuntamiento de Las Regueras, y se proceda a su
publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial del
Estado».
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia
del Principado de Asturias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al
de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad previa de interposición del recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiéndose simultanearse ambos
recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de
Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del
Principado de Asturias, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante,
los interesados podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen
procedente.

ANEXO I
Memoria descriptiva de villa romana de Andayón o de La Estaca
La villa romana de Andayón o de La Estaca se sitúa en el paraje llamado El
Pedregal, sito entre los pueblos de Andayón y La Estaca. Estos restos se corresponden
con la ficha n.º 12 de la Carta Arqueológica del concejo de Las Regueras, villa de
Andayón.

cve: BOE-A-2023-13945
Verificable en https://www.boe.es

Oviedo, 24 de noviembre de 2022.–La Consejera de Cultura, Política Llingüística y
Turismo, Berta Piñán Suárez.