I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Juego. (BOE-A-2023-13803)
Ley 9/2023, de 3 de abril, de modificación de la ley 8/2014, de 1 de agosto, del juego y las apuestas de las Illes Balears.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 83001

Disposición final primera. Entrada en vigor.
La presente ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Butlletí
Oficial de les Illes Balears».
Disposición final segunda. Modificación de la Ley 4/2023, de 27 de febrero, de
prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears.
El artículo 97.4 de la Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de
carácter económico de las Illes Balears, pasa a tener la siguiente redacción:
«4. Puede ser beneficiaria cualquier persona con expediente abierto en los
servicios sociales comunitarios o en los servicios de la administración impulsora de
la prestación. En este último caso, la administración impulsora enviará la
información a los servicios sociales comunitarios.»
Disposición final tercera. Modificación de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de
presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el
año 2023.
1. El apartado 1 del artículo 23 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de
presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el
año 2023, queda modificado de la manera siguiente:
«1. Los importes que, en concepto de carrera administrativa o profesional,
tiene que percibir el personal al servicio de la sanidad pública de las Illes Balears,
el personal funcionario docente, el personal funcionario y laboral de servicios
generales, el personal funcionario propio del Consejo Consultivo de las Illes
Balears y el personal funcionario y laboral de la Agencia Tributaria de las Illes
Balears, se tiene que regir por lo que disponen los acuerdos a que hacen
referencia los apartados 1, 2 y 3 del artículo 23 de la Ley 14/2018, de 28 de
diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes
Balears para el año 2019, incluidas las modificaciones de estos acuerdos
aprobadas por los órganos competentes y publicadas en el Butlletí Oficial de les
Illes Balears, y el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Educación de la comunidad
autónoma de las Illes Balears de 27 de febrero de 2023, sin que a estos importes
se les tenga que aplicar la variación retributiva interanual a que hacen referencia el
primer párrafo de la letra a) del artículo 12.1 y la disposición adicional primera de
esta ley mientras tenguin la naturaleza de pagos por anticipado, de acuerdo con el
apartado 3 de la disposición transitoria quinta de la Ley 3/2007, de 27 de marzo,
de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y de acuerdo
con la disposición transitoria primera de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de
educación de las Illes Balears.»
2. El apartado 2 del artículo 30 de la Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de
presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el
año 2023, queda modificado de la manera siguiente:
«2. Las retribuciones y las cotizaciones a la Seguridad Social del personal
docente de la enseñanza concertada (incluidos los liberados sindicales y
patronales) se tienen que financiar hasta un límite máximo de una jornada
completa ordinaria, que, a pesar de estar integrada por horas lectivas y horas
complementarias, se referencia en base a la realización de veinticuatro horas
lectivas semanales por docente, con independencia de que este límite se logre
solo en un centro concertado o con la suma de las jornadas efectuadas en
diferentes centros concertados.

cve: BOE-A-2023-13803
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 139