III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-13793)
Resolución de 2 de junio de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Barcelona y Barcelona Cicle de l'Aigua, SA, para el seguimiento e investigación científica a largo plazo de la acidificación marina y el cambio climático en el mar Mediterráneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Sábado 10 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 82929

Por parte del Ayuntamiento de Barcelona:
– Prestar la colaboración necesaria para la adquisición y correcta instalación de la
estación mediante la transferencia del importe de 200.000 euros, asignado a este
proyecto a través de los presupuestos participativos, al CSIC-ICM para el desarrollo del
proyecto, así como proporcionar los permisos necesarios para operar en el litoral de
Barcelona.
– Supervisar la ejecución del proyecto durante la vigencia de este convenio,
mediante Barcelona Cicle de l’Aigua, SA, asociando las actividades ordinarias que
BCASA presta en los servicios relacionados directa e indirectamente con el ciclo del
agua, las playas, el litoral y el medio ambiente. Las funciones concretas a desarrollar por
BCASA se especifican en el Anexo denominado «Expediente: 22XC0391», que se
encuentra adjunto al presente documento.
– Difundir los resultados a través de sus canales de difusión habituales y,
especialmente, enviar la información del proyecto a todos los agentes que deseen utilizar
estos datos.
Tercera. Disponibilidad de los datos y propiedad de los resultados.
La titularidad de los instrumentos y de los datos obtenidos corresponderá al CSIC,
sin perjuicio de su uso por parte del Ayuntamiento de Barcelona para la consecución de
sus propios fines.
Los datos obtenidos se pondrán a disposición de las administraciones, comunidad
científica y público en general que deseen utilizarlos. El CSIC pondrá a disposición del
Ayuntamiento de Barcelona los datos en formato electrónico. Una versión de los datos
estará alojada en los servidores del CSIC.
En toda publicación relacionada con este convenio, así como en las acciones de
comunicación y prensa que se lleven a cabo por las partes, se hará constar
expresamente el apoyo recibido de ambas instituciones.
Cuarta.

Protección de datos.

Las partes se comprometen a tratar los datos de carácter personal a que, en su caso,
tengan acceso o sean objeto de cesión en el marco de aplicación del presente convenio,
de conformidad con lo que dispone el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de
Protección de Datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa aplicable en
materia de protección de datos.

Las partes se comprometen a mantenerse recíprocamente informadas, tanto de los
avances científico-técnicos alcanzados, como de cualquier otro resultado que sea
relevante para la consecución del buen fin del proyecto.
Asimismo, cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún aspecto,
las informaciones científicas, técnicas o comerciales pertenecientes a las otras partes a
las que hayan podido tener acceso en el desarrollo de las actuaciones realizadas al
amparo del presente convenio, incluido todo el personal participante en los trabajos
objeto del mismo, salvo que:
a) La información recibida sea de dominio público.
b) La parte receptora pueda demostrar que conocía previamente la información
recibida.

cve: BOE-A-2023-13793
Verificable en https://www.boe.es

Quinta. Confidencialidad.