V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2023-17338)
Resolución de la Delegación del Gobierno en Illes Balears sobre la declaración de la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de derechos afectados por el Proyecto de remodelación del Paseo Marítimo del Puerto de Palma (Mallorca).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de junio de 2023

Sec. V-B. Pág. 27603

se encuentra implícita la necesidad de ocupación de los espacios afectados por las
obras.
La Autoridad Portuaria de Baleares, no habiéndose llegado a la extinción por
mutuo acuerdo de las concesiones descritas a cambio de una indemnización, ha
formulado relación de los derechos que, que como beneficiaria y por el momento,
considera de necesaria expropiación como beneficiaria. Ello, en virtud del artículo
102.5 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las
Administraciones Públicas y sujetándose para ello en la Ley de 16 de diciembre de
1954 de Expropiación Forzosa.
Así, previa solicitud de la Autoridad Portuaria de Baleares, la Delegada del
Gobierno en Illes Balears, de conformidad con el artículo 18 de la Ley de
Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y con los artículos 16, 17 y 18
de su reglamento de aplicación, acordó, mediante resolución de 27/09/2022,
someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por el
mencionado proyecto al objeto de que todos los interesados y/o titulares de
derechos reales o de intereses económicos sobre los bienes afectados pudiesen
presentar alegaciones en orden a subsanar y/o rectificar los posibles errores u
omisiones de la relación u oponerse por razones de fondo o forma a la necesidad
de ocupación.
A tal fin, se publicaron los correspondientes anuncios en el Boletín Oficial del
Estado de 15/10/2022, en el Boletín Oficial de Illes Balears de 13/10/2022, y
corrección de incidencia en la sección de publicación de 25/10/2022, en el Diario
de Mallorca del día 06/10/2022, y se insertó edicto en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Palma.
Como consecuencia de dicho trámite de información pública, el único titular
afectado, Alhambra, SA, presentó alegaciones en su nombre, y con el mismo
registro anexó las correspondientes a los trabajadores y proveedores de la
sociedad y de la Comunidad de Propietarios del edificio Mediterráneo, C/ Gabriel
Roca, nº 33.
Las alegaciones de Alhambra, SA, de fecha 26/10/2022 y número de registro
REGAGE22e00048172989A, hacen referencia a cuestiones diversas que
sucintamente se enumeran a continuación:
1) Las actuaciones expropiatorias tienen por objeto extinguir anticipadamente
derechos de esa sociedad, siendo la cobertura formal de las actuaciones el plan de
remodelación del paseo marítimo que ha previsto que el lugar se convierta en un
espacio adicional de reposo mediante la demolición de dicha edificación y del
puente voladizo.
2) El lugar que se pretende demoler se encuentra catalogado, como parte del
edificio Mediterráneo, en el Plan General de Palma desde el año 1998, de alto
valor patrimonial y de relevancia histórico-turística para la ciudad.
3) El proyecto de remodelación ha salido adelante de forma anómala sin
haberse realizado los trámites preceptivos de los arts. 284 y 289 del PGOU de
Palma, que exigen un informe de la Comisión de Centro Histórico y Catálogo del
ayuntamiento, ni haberse modificado el catálogo en la forma prevista en los
artículos 278.2 y 289 del PGOU.
4) Solicita que la Delegada del Gobierno intervenga ante la APB para evitar

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