III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-13742)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal.
74 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Viernes 9 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 82534
– Asesorar a profesionales que lo necesiten sobre pautas de movilizaciones y los
tratamientos en los que tengan incidencia las técnicas fisioterapeutas.
– Asistir a las sesiones que se hagan en los centros para la revisión, el seguimiento
y la evaluación de tratamientos.
Terapeuta Ocupacional:
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el
ejercicio de su profesión.
Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le
sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o
competencia profesional:
– Participar en el plan general de actividades del centro.
– Realizar intervenciones propias de Terapia Ocupacional, como son el
entrenamiento, mantenimiento y desarrollo de las actividades de la vida diaria básicas e
instrumentales, el trabajo, la educación, el ocio y la participación social. Así como la
rehabilitación/habilitación de las personas usuarias, la recuperación y/o mantenimiento
de sus capacidades de relación con el entorno o de las actividades ocupacionales, así
como la elaboración, adaptación y entrenamiento en el uso de órtesis, prótesis y
productos de apoyo.
– Participar en las áreas de ocio y tiempos libres de las personas usuarias del
centro.
– Participar junto con el resto del equipo multidisciplinar en la evaluación y
seguimiento del proceso recuperador o asistencial de las personas usuarias del centro.
– Colaborar en las materias de su competencia (rehabilitación de las áreas de
ocupación, prescripción de productos de apoyo, adaptaciones, accesibilidad, ergonomía,
economía articular, movilización funcional e información a las familias de las personas
usuarias de las instituciones) en los programas que se realicen de formación e
información a las familias de las personas usuarias a las instituciones.
Trabajador/a Social:
– Planificar y organizar el trabajo social del centro mediante una adecuada
programación de objetivos y racionalización del trabajo.
– Atender en el proceso de ingreso y realizar la historia y ficha social de la persona
usuaria.
– Colaborar y realizar aquellos estudios encaminados a investigar los aspectos
sociales relativos a las personas usuarias.
– Ejecutar las actividades administrativas y realizar los informes sociales de las
personas usuarias y los que le sean pedidos por la dirección del centro. Facilitar
información sobre los recursos propios, ajenos y efectuar la valoración de su situación
personal, familiar y social.
– Realizar atención directa, tanto a nivel individual, grupal y comunitario.
– Fomentar la integración y participación de las personas usuarias en la vida del
centro y de su entorno.
– Participar en la preparación y puesta en marcha de programas de adaptación de
las personas usuarias al centro.
– Coordinar los grupos de trabajo y actividades de animación sociocultural.
– Participar en la comisión técnica.
cve: BOE-A-2023-13742
Verificable en https://www.boe.es
Es el personal que provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal
para el ejercicio de su profesión.
Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le
sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o
competencia profesional:
Núm. 137
Viernes 9 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 82534
– Asesorar a profesionales que lo necesiten sobre pautas de movilizaciones y los
tratamientos en los que tengan incidencia las técnicas fisioterapeutas.
– Asistir a las sesiones que se hagan en los centros para la revisión, el seguimiento
y la evaluación de tratamientos.
Terapeuta Ocupacional:
Es el personal provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal para el
ejercicio de su profesión.
Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le
sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o
competencia profesional:
– Participar en el plan general de actividades del centro.
– Realizar intervenciones propias de Terapia Ocupacional, como son el
entrenamiento, mantenimiento y desarrollo de las actividades de la vida diaria básicas e
instrumentales, el trabajo, la educación, el ocio y la participación social. Así como la
rehabilitación/habilitación de las personas usuarias, la recuperación y/o mantenimiento
de sus capacidades de relación con el entorno o de las actividades ocupacionales, así
como la elaboración, adaptación y entrenamiento en el uso de órtesis, prótesis y
productos de apoyo.
– Participar en las áreas de ocio y tiempos libres de las personas usuarias del
centro.
– Participar junto con el resto del equipo multidisciplinar en la evaluación y
seguimiento del proceso recuperador o asistencial de las personas usuarias del centro.
– Colaborar en las materias de su competencia (rehabilitación de las áreas de
ocupación, prescripción de productos de apoyo, adaptaciones, accesibilidad, ergonomía,
economía articular, movilización funcional e información a las familias de las personas
usuarias de las instituciones) en los programas que se realicen de formación e
información a las familias de las personas usuarias a las instituciones.
Trabajador/a Social:
– Planificar y organizar el trabajo social del centro mediante una adecuada
programación de objetivos y racionalización del trabajo.
– Atender en el proceso de ingreso y realizar la historia y ficha social de la persona
usuaria.
– Colaborar y realizar aquellos estudios encaminados a investigar los aspectos
sociales relativos a las personas usuarias.
– Ejecutar las actividades administrativas y realizar los informes sociales de las
personas usuarias y los que le sean pedidos por la dirección del centro. Facilitar
información sobre los recursos propios, ajenos y efectuar la valoración de su situación
personal, familiar y social.
– Realizar atención directa, tanto a nivel individual, grupal y comunitario.
– Fomentar la integración y participación de las personas usuarias en la vida del
centro y de su entorno.
– Participar en la preparación y puesta en marcha de programas de adaptación de
las personas usuarias al centro.
– Coordinar los grupos de trabajo y actividades de animación sociocultural.
– Participar en la comisión técnica.
cve: BOE-A-2023-13742
Verificable en https://www.boe.es
Es el personal que provisto de la titulación correspondiente y con capacidad legal
para el ejercicio de su profesión.
Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le
sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación o
competencia profesional: