III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-13742)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Viernes 9 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 82532
Comunicar a su jefe/a inmediato las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo
de su tarea (averías, incidencias con los usuarios, etc.).
Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus
funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Supervisor/a Residencias:
Es el personal con titulación y/o formación adecuada que, con autonomía, iniciativa y
responsabilidad, y bajo la dependencia directa de la Dirección de la Residencia,
desempeña tareas de coordinación, gestión y organización de la Residencia.
Por delegación de la Dirección de la Residencia realiza como funciones principales
las de organizar, distribuir y controlar los diferentes servicios de la Residencia, ejerciendo
el mando jerárquico sobre el personal a su cargo, coordinando los contactos entre la
Residencia, las personas usuarias y las familias de estas, gestionando el equipo a su
cargo, su reclutamiento y selección, así como la formación de nuevas incorporaciones,
reuniones de seguimiento y evaluación del desempeño.
Podrá sustituir a la Dirección de la Residencia en caso de ausencia de esta.
Dispondrá de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus
funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Coordinador/a de Enfermería:
– Organizar, distribuir y coordinar al personal que presta servicios en el área
sanitaria.
– Planificar y supervisar la actividad del personal a su cargo, distribuir las actividades
y turnos de las personas que tiene asignadas y vigilar también el buen uso y economía
de los materiales y equipos a su cargo.
– Supervisar el estado y conservación de los medicamentos, controlando la fecha de
caducidad.
– Solicitar, por escrito, al servicio de cocina las dietas de comidas que confeccionará
juntamente con el responsable de su elaboración.
– Informar a las familias de la situación sanitaria de la persona usuaria.
– Solicitar y controlar la dotación de material y equipo necesario en el área sanitaria.
– Participar en las reuniones con el resto de las profesionales que intervienen en el
seguimiento de las personas usuarias en cuanto a las necesidades sanitarias y de vida
diaria.
– Supervisar el estado sanitario de las dependencias del centro.
– Asumir las funciones delegadas por el personal médico que estén dentro del área
sanitaria y en su competencia profesional.
– Realizar las funciones administrativas de su competencia y la gestión delegada, en
el área sanitaria, en materia de compras del centro y relación con proveedores y otros
servicios externos, siguiendo las indicaciones y directrices establecidas por la dirección
del Centro.
– Vigilar el cumplimiento de la labor profesional del personal a su cargo, así como de
su higiene y uniformidad.
– Comunicar a su responsable inmediato las incidencias o anomalías observadas en
el desarrollo de su tarea.
Enfermero/a:
cve: BOE-A-2023-13742
Verificable en https://www.boe.es
Es el personal con la titulación de enfermero/a actúa con autonomía, iniciativa y
responsabilidad realiza tareas de coordinación y supervisión en el área de los servicios
sanitarios.
Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le
sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, y
competencia profesional:
Núm. 137
Viernes 9 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 82532
Comunicar a su jefe/a inmediato las incidencias o anomalías observadas en el desarrollo
de su tarea (averías, incidencias con los usuarios, etc.).
Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus
funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Supervisor/a Residencias:
Es el personal con titulación y/o formación adecuada que, con autonomía, iniciativa y
responsabilidad, y bajo la dependencia directa de la Dirección de la Residencia,
desempeña tareas de coordinación, gestión y organización de la Residencia.
Por delegación de la Dirección de la Residencia realiza como funciones principales
las de organizar, distribuir y controlar los diferentes servicios de la Residencia, ejerciendo
el mando jerárquico sobre el personal a su cargo, coordinando los contactos entre la
Residencia, las personas usuarias y las familias de estas, gestionando el equipo a su
cargo, su reclutamiento y selección, así como la formación de nuevas incorporaciones,
reuniones de seguimiento y evaluación del desempeño.
Podrá sustituir a la Dirección de la Residencia en caso de ausencia de esta.
Dispondrá de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus
funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Coordinador/a de Enfermería:
– Organizar, distribuir y coordinar al personal que presta servicios en el área
sanitaria.
– Planificar y supervisar la actividad del personal a su cargo, distribuir las actividades
y turnos de las personas que tiene asignadas y vigilar también el buen uso y economía
de los materiales y equipos a su cargo.
– Supervisar el estado y conservación de los medicamentos, controlando la fecha de
caducidad.
– Solicitar, por escrito, al servicio de cocina las dietas de comidas que confeccionará
juntamente con el responsable de su elaboración.
– Informar a las familias de la situación sanitaria de la persona usuaria.
– Solicitar y controlar la dotación de material y equipo necesario en el área sanitaria.
– Participar en las reuniones con el resto de las profesionales que intervienen en el
seguimiento de las personas usuarias en cuanto a las necesidades sanitarias y de vida
diaria.
– Supervisar el estado sanitario de las dependencias del centro.
– Asumir las funciones delegadas por el personal médico que estén dentro del área
sanitaria y en su competencia profesional.
– Realizar las funciones administrativas de su competencia y la gestión delegada, en
el área sanitaria, en materia de compras del centro y relación con proveedores y otros
servicios externos, siguiendo las indicaciones y directrices establecidas por la dirección
del Centro.
– Vigilar el cumplimiento de la labor profesional del personal a su cargo, así como de
su higiene y uniformidad.
– Comunicar a su responsable inmediato las incidencias o anomalías observadas en
el desarrollo de su tarea.
Enfermero/a:
cve: BOE-A-2023-13742
Verificable en https://www.boe.es
Es el personal con la titulación de enfermero/a actúa con autonomía, iniciativa y
responsabilidad realiza tareas de coordinación y supervisión en el área de los servicios
sanitarios.
Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le
sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, y
competencia profesional: