III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-13742)
Resolución de 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio marco estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal.
74 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Viernes 9 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 82531

– Colaborar y realizar aquellos estudios encaminados a investigar los aspectos
sociales relativos a las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio, por
indicación de su superior jerárquico.
– Ejecutar las actividades administrativas e informáticas inherentes a su puesto de
trabajo.
– Realizar informes de las personas usuarias, que sean solicitados.
– Realizar, cuando se estime oportuno, juntamente con la/el auxiliar, la valoración de
la situación personal, familiar y social de la persona usuaria. Facilitar información sobre
los recursos propios y ajenos, que ayuden al adecuado desarrollo del servicio que se
presta.
– Realizar visitas domiciliarias a las personas usuarias con las siguientes finalidades:
● Inicio de servicio y presentación del/la auxiliar de ayuda a domicilio.
● Seguimiento del servicio.
● Resolución de posibles incidencias.
– Comunicar a su inmediato/a superior las incidencias o anomalías observadas en el
desarrollo de sus funciones.
– Informar a las personas usuarias en colaboración con trabajadores o trabajadoras
sociales de las entidades contratantes, de aquellos aspectos que se consideren
oportunos.
– Fomentar, directamente o a través del/la auxiliar, la integración y participación de
las personas usuarias del servicio de ayuda a domicilio de todos aquellos servicios y
programas encaminados a su bienestar social o calidad de vida.
– Participar con el equipo multiprofesional de la empresa en la elaboración de las
orientaciones o la atención que necesiten las personas usuarias.
– Cuando se le encomiende, seleccionará los recursos humanos en base a la
política establecida en la empresa.
– Organización y supervisión del trabajo del/la ayudante de coordinación.
– Participación en la formación continuada de auxiliares y diseño de cursos en
materia de servicios sociales, en la medida que se establezcan en los planes de
formación de las respectivas empresas y del sector.
Dispondrán de la titulación requerida y/o experiencia para el desarrollo de sus
funciones en función de lo regulado en la normativa vigente.
Coordinador/a TAD:

– Supervisión de la calidad del servicio de su equipo.
– Planificación, organización y gestión del equipo a su cargo incluyendo: formación
de nuevas incorporaciones, reuniones de seguimiento, atención a cuestiones personales,
evaluación del desempeño.
– Resolución de incidencias del día a día.
– Remitir las llamadas de seguimiento.
– Contactar con la persona usuaria, y/o familia al objeto de explicar las condiciones
del servicio, concertar primeras citas, evaluar el servicio y resolver incidencias o quejas.
– Mantener las relaciones con las Administraciones.
– Elaboración y supervisión de las rutas realizadas.
– Recogida y actualización de datos de las personas usuarias que deben constar en
el expediente y puesta en marcha de los recursos o equipos necesarios para el servicio.

cve: BOE-A-2023-13742
Verificable en https://www.boe.es

Es el personal teniendo la titulación y/o formación adecuada se ocupa de la
coordinación y control del servicio entre la empresa, las personas usuarias, sus clientes y
los recursos de la zona de trabajo asignada, asumiendo la interlocución con técnicos/as
de las entidades públicas o privadas.
Desarrollará las funciones que se detallan a continuación, así como aquellas que le
sean solicitadas y que tengan relación con las mismas y/o con su titulación, o
competencia profesional: