III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Servicios mínimos. (BOE-A-2023-13748)
Orden TED/579/2023, de 7 de junio, por la que se establecen los servicios mínimos durante la huelga de los empleados de la empresa Avincis Aviation Technics, SAU, responsable del mantenimiento de varios helicópteros de extinción de incendios contratados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a la empresa Avincis Aviation España, SAU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de junio de 2023

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función a través de los helicópteros que contrata a Avincis Aviation, entre otras
empresas.
10. Todas las actividades de mantenimiento mencionadas con anterioridad, tanto de
línea como de base, han de considerarse esenciales para la comunidad, ya que las
mismas tienen por objeto el mantenimiento de la operatividad de los helicópteros de
extinción de incendios, esenciales para la protección de las personas, bienes y
patrimonio forestal afectados por los incendios forestales.
Así pues, convocada la huelga de referencia, es preciso determinar el personal
necesario que prestará los servicios mínimos y esenciales para la comunidad, todo ello
de acuerdo con el criterio que en el Real Decreto-ley 17/1977 se señala y que reiterada
jurisprudencia avala, de forma que, armonizando el interés general de la comunidad con
el derecho de huelga, permita al mayor número posible de trabajadores el ejercicio de
dicho derecho sin sacrificios desproporcionados para la comunidad, como señalan, entre
otras, las Sentencias de 8 de abril de 1981 y 24 de abril de 1986 del Tribunal
Constitucional.
En este contexto se considera que todos los mecánicos encargados del
mantenimiento de línea de los helicópteros adscritos a la campaña de verano, así como
los mecánicos encargados del tanto del mantenimiento de base como de las averías que
no puedan ser resueltas por los mecánicos encargados del mantenimiento de línea,
deben ser considerados esenciales y, por tanto, nombrados en servicios mínimos, puesto
que, las funciones que tienen encomendadas son imprescindibles para la prestación del
servicio, pudiendo quedar el mismo inoperativo si no se atienden estos servicios
mínimos. Esto supondría, en la práctica, no poder atender de una manera eficaz los
incendios forestales que pudieran surgir, puesto que, en primer lugar, se perdería
capacidad de lanzamiento de agua, al estar el helicóptero inoperativo, y, en segundo
lugar, el personal helitransportado tendría una respuesta mucho más lenta, al tener que
desplazarse en vehículo al incendio, siendo la rapidez de respuesta un factor clave tanto
en la extinción de los incendios forestales como a la hora de minimizar los impactos a la
población, sus bienes y el medioambiente.
11. El 12 de mayo de 2023, la empresa, Avincis Technics, se dirigió ante este
Departamento para que acuerde las medidas necesarias para asegurar el
funcionamiento y mantenimiento de los servicios mínimos.
En virtud de lo anterior,
Este Ministerio, como «Autoridad gubernativa», y al amparo de lo previsto en el Real
Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, dispone:
1. Declarar como servicios mínimos durante la huelga convocada a partir del
próximo día 23 de mayo, y hasta el 17 de septiembre, los correspondientes a las
actividades de mantenimiento de línea y de base (incluyendo la resolución de las
posibles averías que puedan surgir durante el transcurso de la campaña de verano) de
los helicópteros de extinción de incendios adscritos a la campaña de verano, dentro de
los contratos que la empresa Babcock Mission Critical Services España, SAU (en la
actualidad, Avincis Aviation España, SAU), tiene con MITECO. Dichos servicios mínimos
serán prestados por el personal de la empresa Babcock Mission Critical Services Fleet
Management SAU (en la actualidad, Avincis Aviation Technics, SAU).
2. En consecuencia, Avincis Technics garantizará la ejecución de las tareas de
mantenimiento necesarias para asegurar la aeronavegabilidad y operatividad diaria de
los helicópteros que prestan servicio durante la campaña de verano, lo que implica la
atención de las averías y otras incidencias que surjan durante la operación, así como la
ejecución de las tareas de mantenimiento mayor y menor que prescriba el programa de
mantenimiento de cada aeronave. En particular, se deberá atender al requisito recogido
en los pliegos de contratación relativo a la disponibilidad diaria de al menos un mecánico
con licencia B1 y habilitación correspondiente al tipo de aeronave adscrita al servicio, en
cada una de las bases de extinción, durante los días en los que se ha convocado huelga,
disponibilidad que incluye la presencia física en la base de extinción, el desplazamiento a

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Núm. 137