III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2023-13736)
Orden HFP/576/2023, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto de Estudios Fiscales.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 82370

Una vez examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por los interesados,
el órgano instructor formulará la propuesta definitiva de adjudicación, debidamente
motivada, y la elevará a la persona titular de la Dirección General del Instituto de
Estudios Fiscales, que será el órgano competente para resolver.
Por realizarse la selección en concurrencia competitiva, y cuando se tome en cuenta
exclusivamente la documentación aportada en la solicitud, se podrá prescindir del trámite
de audiencia en función de las circunstancias concurrentes, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 24.4, párrafo tercero de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Artículo 7. Criterios de valoración.
1. La valoración y selección de los beneficiarios se realizará de conformidad con los
principios de concurrencia, objetividad, publicidad y no discriminación. Las convocatorias
de las ayudas concretarán y fijarán la ponderación o prioridad de los criterios de
valoración en función de la naturaleza de las subvenciones, ayudas, becas o premios
convocados.
2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en la valoración de los méritos y
requisitos para acceder a premios convocados por el Instituto de Estudios Fiscales,
podrán valorarse, entre otros, los siguientes criterios:
1.º En caso de tratarse de tesis doctorales o trabajos de fin de máster, calificación
emitida por el Juzgador del trabajo de investigación.
2.º Relevancia de las aportaciones teóricas o aplicadas.
3.º Interés del tema tratado para las actividades desarrolladas por el Instituto de
Estudios Fiscales.
3. Para la valoración de becas de formación de personal investigador, de formación
en Biblioteconomía y Documentación, en Tecnologías de la información y las
comunicaciones, así como en otras materias, que conceda el Instituto de Estudios
Fiscales, la convocatoria de becas especificará la puntuación máxima y cuáles de los
siguientes criterios de valoración entre otros, podrán ser aplicados en función del área al
que se vincule la beca:
1.º Expediente académico.
2.º Conocimientos de informática justificados con la correspondiente certificación.
3.º Conocimientos de idiomas, acreditados documentalmente.
4.º Cursos de ampliación de estudios en Biblioteconomía y Documentación.
5.º Conocimiento en el manejo de programas de gestión de bibliotecas acreditados
documentalmente.
6.º Cursos de posgrado relacionados con el área a la que se vincule la beca.
7.º Estancias en centros de investigación y experiencia docente relacionados con el
área de investigación al que se vincule la beca.
8.º Entrevista personal, en la que se valorarán otros aspectos, como la capacidad
de trabajo en equipo y la metodología a seguir en posibles trabajos de investigación.
4. Para la valoración y selección de las becas que conceda el Instituto de Estudios
Fiscales para la formación de funcionarios, nacionales o extranjeros, podrán ser tenidos
en cuenta, entre otros, los siguientes criterios:
1.º Experiencia profesional y conocimientos técnicos acreditados.
2.º Nivel de responsabilidad de las funciones del puesto de trabajo desempeñado a
la fecha de resolución de la convocatoria.
3.º Nivel de relación entre el curso y las funciones desarrolladas.
5. Para la valoración de becas para la preparación de pruebas selectivas de ingreso
en Cuerpos adscritos al Ministerio de Hacienda y Función Pública con funciones de

cve: BOE-A-2023-13736
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 137