III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Subvenciones. (BOE-A-2023-13736)
Orden HFP/576/2023, de 7 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto de Estudios Fiscales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 82366

Fiscales, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones dispongo:
Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Se aprueban las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia
competitiva, de subvenciones, ayudas, becas o premios, sometidos a la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en materia de formación e investigación
relativas a la actividad presupuestaria y fiscal de la Hacienda Pública y en materia de
asistencia y colaboración con los órganos de la Administración encargados de convocar
las pruebas de acceso para la selección de funcionarios de Cuerpos adscritos al
Ministerio de Hacienda y Función Pública con funciones de administración y gestión de la
Hacienda Pública contenidas en esta Orden.
En concreto y, entre otras, se aprueban las bases reguladoras de las becas para
titulados universitarios en materias relativas a la actividad presupuestaria y fiscal de la
Hacienda Pública, las becas de formación para funcionarios iberoamericanos, los
premios a tesis doctorales y trabajos fin de master sobre materias de Derecho financiero
y tributario y de economía pública, así como las becas para sufragar los gastos
ocasionados por la preparación de las pruebas selectivas de ingreso en los referidos
Cuerpos con la finalidad de eliminar las barreras socioeconómicas que afecten a los
principios de igualdad, mérito y capacidad y que limiten el acceso a los mismos.
Por el contrario, esta Orden no se aplicará a los eventuales premios que el Instituto
de Estudios Fiscales pueda conceder y que se otorguen sin previa solicitud del
beneficiario.
2. Las subvenciones, ayudas, becas o premios tendrán por objeto contribuir al
desarrollo e impulsar y potenciar el estudio y la investigación, así como la formación y
selección en los distintos ámbitos, al servicio de las políticas y objetivos estratégicos del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, todo ello enmarcado dentro de las líneas de
actuación del Instituto de Estudios Fiscales, y a concretar en las respectivas
convocatorias.
Artículo 2. Principios de aplicación y régimen jurídico.
1. La gestión de las subvenciones, ayudas, becas o premios reguladas en la
presente Orden se realizará de acuerdo con los principios establecidos en el artículo 8
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones:
a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad
discriminación.
b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados.
c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

y

no

Artículo 3. Beneficiarios y entidades colaboradoras.
1. Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones, ayudas,
becas o premios reguladas en esta Orden los ciudadanos españoles y extranjeros, así
como las personas jurídicas y entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras,
que se encuentren en la situación que fundamente su concesión o en las que concurran
las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y que cumplan los requisitos
establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Los beneficiarios de las subvenciones, ayudas, becas o premios no podrán
incurrir en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 14
de dicha Ley.
3. Las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras, que
habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones. A través de estas entidades colaboradoras, con

cve: BOE-A-2023-13736
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Núm. 137