I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2023-13670)
Ley 3/2023, de 17 de febrero, de Menorca reserva de biosfera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Viernes 9 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 82125

protagonismo principal en el proceso de gestación y consolidación de la declaración de
Menorca como reserva de biosfera. El Instituto Menorquín de Estudios tiene que liderar
la investigación de excelencia sobre Menorca Reserva de Biosfera en el sentido
establecido en el artículo 46 de esta ley.
2. Se reconoce el papel del Observatorio Socioambiental de Menorca (OBSAM)
como oficina técnica y laboratorio al servicio de Menorca Reserva de Biosfera. Tiene
como principales objetivos realizar el seguimiento permanente de la sostenibilidad en
todas las vertientes por medio de la obtención de indicadores fiables y realistas, prestar
asistencia científica al IME y a las instituciones públicas implicadas en la gestión de la
reserva, contribuir a la sensibilización social sobre la sostenibilidad y divulgar sus valores
y retos.
Artículo 71. Fortalecimiento de la presencia de Menorca Reserva de Biosfera en foros
nacionales e internacionales y en las redes de colaboración.
1. Menorca Reserva de Biosfera colaborará con otras reservas de biosfera y con
las diversas redes nacionales, regionales, internacionales o temáticas de reservas de
biosfera, así como también participará en la medida de lo posible en los foros que se
celebren con el fin de establecer alianzas, desarrollar colaboraciones y mecanismos de
cooperación, hacer intercambios, organizar encuentros, hacer trabajo en red, comunicar
experiencias, poner en común información y transferir el conocimiento.
2. El Consejo Insular de Menorca y la Agencia Menorca Reserva de Biosfera
pueden firmar convenios de colaboración con universidades, centros educativos y de
investigación, y otras instituciones y organismos públicos o privados para desarrollar
cualquiera de las finalidades que se señalan en el apartado anterior.
3. Menorca Reserva de Biosfera, a través de los representantes del Consejo Insular
y de la Agencia que correspondan, puede estar presente, de acuerdo con la normativa
aplicable, en las cumbres, reuniones o conferencias nacionales e internacionales que
sean de interés para el cumplimiento de los objetivos, los principios y las
determinaciones de esta ley.
TÍTULO V
La autoridad consultiva para la buena administración de Menorca como reserva de
biosfera
Artículo 72.

Naturaleza.

Se crea la Autoridad Consultiva para la buena administración de Menorca como
reserva de biosfera, un órgano permanente de consulta y asesoramiento al Consejo
Insular de Menorca y a la administración de Menorca como reserva de biosfera.
Artículo 73.

Función.

Artículo 74.

Adscripción.

1. La Autoridad Consultiva está adscrita a la Presidencia del Consejo Insular de
Menorca, que pondrá a su disposición una oficina de apoyo administrativo y asignará la
partida presupuestaria necesaria para el conjunto de la actividad de este organismo.
Asimismo, ejerce sus funciones con autonomía orgánica para garantizar su objetividad e
independencia.
2. Su presupuesto está integrado en el de la Presidencia del Consejo Insular de
Menorca, que presta la asistencia técnica, funcional y de gestión documental a este

cve: BOE-A-2023-13670
Verificable en https://www.boe.es

La función de la Autoridad Consultiva es velar por la observancia de los principios
inspiradores de la Ley de Menorca Reserva de Biosfera en los planes y programas
sectoriales en los que basa su actividad el Consejo Insular de Menorca.