I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2023-13670)
Ley 3/2023, de 17 de febrero, de Menorca reserva de biosfera.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137
Viernes 9 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 82114
tradicionales, la canción popular, los procesos y las técnicas artesanas o la gastronomía,
de acuerdo con lo que prevé la Ley 18/2019, de 8 de abril, de salvaguarda del patrimonio
cultural inmaterial.
2. Queda salvaguardada la toponimia menorquina, como manifestación muy
significativa del patrimonio cultural inmaterial y por su utilidad como herramienta de
información geográfica. Los poderes públicos velarán por su mantenimiento y
fomentarán su recogida y tratamiento.
CAPÍTULO IX
Educación e investigación para la sostenibilidad
Educación para la sostenibilidad.
1. Con el objetivo de avanzar en la educación para la sostenibilidad, entendida como
un proceso permanente y participativo de aprendizaje y de fomento del sentido ético y cívico
de la corresponsabilidad ambiental y de lealtad hacia las generaciones futuras, la
administración educativa y el Consejo Insular de Menorca colaborarán con la finalidad de
facilitar la formación permanente del profesorado que imparte docencia en los centros
educativos de Menorca y la integración en el proyecto educativo de los centros docentes de
Menorca de los conocimientos, las competencias, las actitudes y los valores referidos a
cualquier de los principios que deben inspirar la protección, la ordenación y la gestión de
Menorca como reserva de biosfera relacionados en el artículo 5 de esta ley, y ponerlos en
relación con los respectivos objetivos de desarrollo sostenible, con independencia de los
proyectos ambientales concretos que puedan ejecutar.
2. La previsión del apartado anterior lo es sin perjuicio de la posible adhesión del
centro educativo respectivo al correspondiente programa insular o interinsular de centros
educativos sostenibles, de las actividades no formales ofrecidas por los organismos y las
instituciones públicas y privadas correspondientes, así como de la aplicación de las
previsiones sobre educación, formación, capacidad y ocupación sobre el cambio
climático establecidas en la legislación estatal y autonómica sobre cambio climático y
transición energética.
3. La administración educativa, en colaboración con el Consejo Insular de Menorca,
estudiará la creación de un módulo específico sobre Menorca Reserva de Biosfera en los
ciclos formativos más relacionados con la sostenibilidad impartidos en los centros de
formación profesional de Menorca, como por ejemplo cocina y gastronomía, hostelería y
turismo, jardinería, producción agroecológica, producción agropecuaria o conducción de
actividades físico-deportivas en el medio natural. Asimismo, estudiará la viabilidad de
implantar ciclos formativos y cursos de formación para personas adultas sobre oficios
tradicionales como los de mampostero, aperador o calafate.
4. La administración educativa y el Consejo Insular de Menorca colaborarán
igualmente con los colegios y las asociaciones profesionales para mejorar la formación
de los profesionales de la educación en materia de sostenibilidad.
5. A los efectos de la colaboración prevista en los apartados 1, 3 y 4 de este
artículo podrán suscribirse los protocolos y los convenios necesarios.
6. Las administraciones públicas competentes habilitarán anualmente los recursos
económicos necesarios para incentivar la educación para la sostenibilidad en los centros
escolares y para llevar a cabo la educación sostenible de tiempo libre.
Artículo 46. Liderazgo del Instituto Menorquín de Estudios en la investigación de
excelencia sobre Menorca Reserva de Biosfera.
Sin perjuicio de las demás funciones que tiene encomendadas, el Instituto Menorquín de
Estudios liderará la investigación de excelencia sobre Menorca Reserva de Biosfera, puesta
al servicio del desarrollo sostenible de Menorca y de la atracción de talento, que genere un
conocimiento que permita interactuar y aportar soluciones a las administraciones y a la
cve: BOE-A-2023-13670
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 45.
Núm. 137
Viernes 9 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 82114
tradicionales, la canción popular, los procesos y las técnicas artesanas o la gastronomía,
de acuerdo con lo que prevé la Ley 18/2019, de 8 de abril, de salvaguarda del patrimonio
cultural inmaterial.
2. Queda salvaguardada la toponimia menorquina, como manifestación muy
significativa del patrimonio cultural inmaterial y por su utilidad como herramienta de
información geográfica. Los poderes públicos velarán por su mantenimiento y
fomentarán su recogida y tratamiento.
CAPÍTULO IX
Educación e investigación para la sostenibilidad
Educación para la sostenibilidad.
1. Con el objetivo de avanzar en la educación para la sostenibilidad, entendida como
un proceso permanente y participativo de aprendizaje y de fomento del sentido ético y cívico
de la corresponsabilidad ambiental y de lealtad hacia las generaciones futuras, la
administración educativa y el Consejo Insular de Menorca colaborarán con la finalidad de
facilitar la formación permanente del profesorado que imparte docencia en los centros
educativos de Menorca y la integración en el proyecto educativo de los centros docentes de
Menorca de los conocimientos, las competencias, las actitudes y los valores referidos a
cualquier de los principios que deben inspirar la protección, la ordenación y la gestión de
Menorca como reserva de biosfera relacionados en el artículo 5 de esta ley, y ponerlos en
relación con los respectivos objetivos de desarrollo sostenible, con independencia de los
proyectos ambientales concretos que puedan ejecutar.
2. La previsión del apartado anterior lo es sin perjuicio de la posible adhesión del
centro educativo respectivo al correspondiente programa insular o interinsular de centros
educativos sostenibles, de las actividades no formales ofrecidas por los organismos y las
instituciones públicas y privadas correspondientes, así como de la aplicación de las
previsiones sobre educación, formación, capacidad y ocupación sobre el cambio
climático establecidas en la legislación estatal y autonómica sobre cambio climático y
transición energética.
3. La administración educativa, en colaboración con el Consejo Insular de Menorca,
estudiará la creación de un módulo específico sobre Menorca Reserva de Biosfera en los
ciclos formativos más relacionados con la sostenibilidad impartidos en los centros de
formación profesional de Menorca, como por ejemplo cocina y gastronomía, hostelería y
turismo, jardinería, producción agroecológica, producción agropecuaria o conducción de
actividades físico-deportivas en el medio natural. Asimismo, estudiará la viabilidad de
implantar ciclos formativos y cursos de formación para personas adultas sobre oficios
tradicionales como los de mampostero, aperador o calafate.
4. La administración educativa y el Consejo Insular de Menorca colaborarán
igualmente con los colegios y las asociaciones profesionales para mejorar la formación
de los profesionales de la educación en materia de sostenibilidad.
5. A los efectos de la colaboración prevista en los apartados 1, 3 y 4 de este
artículo podrán suscribirse los protocolos y los convenios necesarios.
6. Las administraciones públicas competentes habilitarán anualmente los recursos
económicos necesarios para incentivar la educación para la sostenibilidad en los centros
escolares y para llevar a cabo la educación sostenible de tiempo libre.
Artículo 46. Liderazgo del Instituto Menorquín de Estudios en la investigación de
excelencia sobre Menorca Reserva de Biosfera.
Sin perjuicio de las demás funciones que tiene encomendadas, el Instituto Menorquín de
Estudios liderará la investigación de excelencia sobre Menorca Reserva de Biosfera, puesta
al servicio del desarrollo sostenible de Menorca y de la atracción de talento, que genere un
conocimiento que permita interactuar y aportar soluciones a las administraciones y a la
cve: BOE-A-2023-13670
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 45.