I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Espacios naturales protegidos. (BOE-A-2023-13670)
Ley 3/2023, de 17 de febrero, de Menorca reserva de biosfera.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 82108

b) Prestar asesoramiento informativo sobre la implantación de medidas de ahorro y
de eficiencia energética, instalaciones de energía renovable, movilidad eléctrica,
consumo energético, contratos de suministro y otras.
c) Prestar asesoramiento legal, administrativo y técnico sobre la implantación de
instalaciones de autoconsumo.
d) Prestar asesoramiento informativo sobre convocatorias de ayudas y
subvenciones relacionadas con la implantación de instalaciones de energía renovable,
rehabilitación de edificios, eficiencia energética, movilidad libre de emisiones, lucha
contra el cambio climático y otras.
e) Abrir convocatorias de ayudas y subvenciones en instalaciones de energías
renovables estratégicas, así como complementar líneas en instalaciones de energías
renovables abiertas por otras administraciones, siempre que los beneficiarios sean
personas físicas o pequeñas empresas, preferentemente de capital local.
f) Realizar las tareas de ventanilla de tramitación de las peticiones de instalaciones
de autoconsumo y de las subvenciones de la ciudadanía ante el Consejo Insular y el
Gobierno de las Illes Balears en materia de energía y cambio climático.
g) Dar asistencia y apoyo técnico a los ayuntamientos en la tramitación de
proyectos, ayudas y subvenciones.
h) Fomentar las comunidades energéticas como formas cooperativas de producción
y consumo de energía.
i) Organizar actividades de formación en materia energética.
j) Prestar asesoramiento informativo sobre la reducción de la contaminación
lumínica.
k) Llevar a cabo actuaciones de sensibilización, divulgación y difusión, dirigidas a la
ciudadanía y a las empresas, relacionadas con la Estrategia Menorca 2030.
l) Impulsar la ejecución de proyectos relacionados con la Estrategia Menorca 2030
y presentar candidaturas a proyectos financiables.
m) Generar informes de seguimiento del cumplimiento de los objetivos de la
Estrategia Menorca 2030.
n) Llevar a cabo otras funciones que puedan contribuir a hacer efectivos los
objetivos plasmados en la Estrategia Menorca 2030 y en las correspondientes
disposiciones aplicables.
Artículo 32. Garantía del origen renovable de la energía consumida por las
administraciones de Menorca.
Las administraciones públicas y los entes del sector público de Menorca, en la
medida de lo posible y con excepción de los generadores de emergencia en servicios
esenciales, se proveerán de energía eléctrica renovable a través de instalaciones de
autoconsumo o de contratos con productores de energía renovable. Estas entidades
preverán la sustitución progresiva de los equipamientos ubicados en edificios de su
titularidad que hagan uso de energías fósiles por otros que funcionen con energías de
origen renovable.
CAPÍTULO IV
Gestión eficiente del ciclo integral del agua
Artículo 33. Objetivos referidos al buen estado de las aguas superficiales y
subterráneas.
A fin de garantizar el buen estado cualitativo y cuantitativo de las aguas superficiales
y subterráneas de la isla, las políticas de los poderes públicos, independientemente de
quien tenga las competencias en cada caso, se aplicarán de acuerdo con los objetivos

cve: BOE-A-2023-13670
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Núm. 137