I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS. Deporte. (BOE-A-2023-13669)
Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de junio de 2023

Sec. I. Pág. 81993

La Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Illes Balears, ha cumplido de
manera muy satisfactoria sus objetivos, pero las nuevas circunstancias concurrentes y la
evolución que ha experimentado la práctica físico-deportiva en la sociedad han hecho
que esta norma, en muchos aspectos, quedara desfasada. La realidad deportiva actual
dista mucho de la que era cuando se aprobó la ley mencionada.
Al amparo de esta transformación, y con objeto de adaptarla a la nueva realidad, es
necesario llevar a cabo una revisión general y en profundidad de la norma mediante la
elaboración de una nueva ley deportiva autonómica.
Es obligado adaptar la Ley del deporte a la realidad de la existencia del Consejo
Insular de Formentera y reconocer su régimen especial, territorial y jurídicoadministrativo, lo cual también supone pluralidad de repercusiones en materia de deporte
y tiempo libre, dados la propia evidencia de la insularidad extrema de Formentera, que
no padecen las otras islas, y el hecho de tratarse de un consejo insular unimunicipal, que
abarca las competencias municipales, insulares y autonómicas correspondientes.
IV
Los cambios sociales constantes, la movilidad de ámbito mundial de las personas
deportistas, la proliferación de practicantes de la actividad física y el deporte, el aumento
de acontecimientos deportivos internacionales y el turismo activo que se desarrolla en
las Illes Balears, transforman de manera acelerada los modelos de la práctica deportiva y
hacen necesaria esta nueva adaptación y modernización de la Ley del deporte de las
Illes Balears.
El dinamismo constante del sector deportivo ha hecho que, en los últimos años, su
ejercicio se haya extendido de una manera considerable a una gran parte de la población
y, en consecuencia, el aumento tanto de la práctica de la actividad física cómo de la
competición deportiva ha modificado los hábitos de la ciudadanía, lo cual ha redundado
en una mejora de la calidad de vida y de la salud en general.
En la sociedad se han producido cambios importantes que han repercutido en el
mundo del deporte. Esta evolución que ha experimentado la actividad física ha afectado
diferentes ámbitos (la competición federada y no federada, el ocio, la salud y el
bienestar, la economía, el espectáculo de masas, los medios de comunicación, el turismo
activo, los valores, etc.), y esto ha tenido una incidencia en la regulación de esta materia,
dado que presenta nuevas situaciones a las cuales hay que dar respuesta.
Además, también deben tenerse en cuenta las demandas de la ciudadanía por lo que
se refiere a la actividad física y el deporte de ocio y poner énfasis en modalidades o
actividades físicas y deportivas ajenas a federaciones y clubes deportivos.
Los cambios que afectan el ámbito deportivo se han procurado reflejar, de la manera
más completa posible, en esta nueva norma, a fin de que resulte una regulación
moderna, actualizada y adaptada, que permita llevar a cabo las diversas formas de
desarrollo deportivo y se incentive, se arraigue y se popularice todavía más.
V
Conseguir una mejora legislativa es responsabilidad de la administración, y la nueva
regulación ha permitido recoger y dar solución a múltiples y diversos aspectos que se
plantean en la actualidad, y servirá para ordenar y continuar potenciando, de una manera
más eficaz, la actividad física y el deporte en todas sus vertientes. En definitiva, se trata
de ajustar la normativa a la realidad social actual.
Este texto legal significará un impulso importante para la actividad física y el deporte
de las Illes Balears, y dará el apoyo legal necesario para afrontar los nuevos retos que el
deporte requiere para poder progresar en una sociedad que cambia constantemente.

cve: BOE-A-2023-13669
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Núm. 137